Norma Legal Oficial del día 31 de Marzo del año 2009 (31/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, martes 31 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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dos (02) inmuebles en la MORDAZA del MORDAZA, cuyas fichas registrales son: Nº 02040621 y Nº 11029168, los que declara y acredita haber sido adquiridos MORDAZA de ingresar al Ministerio Publico, asi mismo, indica ser propietario de dos (02) automoviles. No registra antecedentes negativos en el Registro Nacional de Protestos y Moras a cargo de la Camara de Comercio de Lima; tampoco registra antecedentes negativos en INFOCORP, asi como no se encuentra inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios - REDAM. Por Oficio Nº 1670-2008-ZR. Nº II-ORC del 4 de diciembre de 2008, de la MORDAZA Registral Nº II, Sede Chiclayo, informa que no es miembro de Personas Juridicas. Declara que es socio del Club MORDAZA desde 1990. De todo ello se puede concluir que el doctor MORDAZA Tupayachi MORDAZA, no evidencia signos de desbalance patrimonial y su patrimonio es compatible con sus ingresos y obligaciones. Octavo: Que, la evaluacion del factor idoneidad del magistrado esta dirigida a verificar si cuenta con niveles optimos de calidad y eficiencia en el ejercicio de la funcion judicial o fiscal, segun corresponda, asi como una capacitacion permanente y una debida actualizacion, de manera que evidencie capacidad para realizar adecuadamente su labor de Fiscal acorde con su trascendente intervencion en la imparticion de justicia. De tal modo, en lo que respecta a su produccion fiscal, se ha recibido informacion emitida mediante Oficio Nº 2236-2008-MP-FSD-CUSCO de fecha 25 de noviembre de 2008, del periodo de evaluacion, cuyo resultado de causas dictaminadas o resueltas es al 100%. Ademas de ello, el evaluado ha desempenado el cargo de Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial del MORDAZA, de acuerdo a la certificacion emitida por la Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control Interno-IX-Sede MORDAZA y por Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 079-2000-MP-FN, desempenando tal cargo desde el 6 de diciembre del 2000 a diciembre del 2008. En cumplimiento de la Ley Nº 29286 publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 4 de diciembre de 2008, fue elegido por los Fiscales Superiores del distrito judicial en el que labora como Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del MORDAZA, para el periodo 20092010, juramentando el cargo el 5 de enero del presente ano. Tambien se desempeno como Presidente de la Comision Distrital Descentralizada de Control Interno del Distrito Judicial del MORDAZA y Cotabambas, desde el 7 de marzo de 2001 al haber sido nombrado mediante Resolucion del Consejo Transitorio del Ministerio Publico Nº 062-2001-CT-MP, hasta el 10 de febrero de 2005. Que, por la informacion glosada se advierte, que la produccion fiscal del evaluado que va desde el ano 2001 a la fecha de conclusion del presente MORDAZA, evidencia resultados favorables, pues todos los anos de evaluacion tuvo una produccion al 100%, situacion esta que es considerada como un factor positivo en su desempeno; abundando en ello el trabajo de gestion y administracion desempenado como Fiscal Superior Decano, Presidente de la Comision Distrital de Control Interno y actual Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial del MORDAZA para el periodo 2009-2010 y que al absolver las preguntas al respecto, demostro sus conocimientos sobre la organizacion y disciplina en el manejo de la carga funcional. Noveno: Que, respecto a la calidad de los dictamenes emitidos, el evaluado presento catorce (14) documentos que corresponden a su periodo de evaluacion y en merito al analisis e informe emitido por el especialista y que este Colegiado asume con ponderacion, se advierte que once (11) fueron calificadas como buenas, dos (02) como aceptable y una (01) como deficiente. Al respecto, preguntado en su entrevista sobre cuestiones de derecho, el Fiscal evaluado, absolvio las preguntas con versacion juridica corroborandose de este modo el resultado de su actualizacion academica MORDAZA y del trabajo efectuado. Decimo: Que, respecto a su capacitacion se ha podido establecer que el doctor Tupayachi MORDAZA, durante el periodo de evaluacion, ha realizado estudios de Maestria en la especialidad de Derecho de la Empresa en la Universidad Catolica de MORDAZA MORDAZA y se encuentra estudiando el MORDAZA semestre del Doctorado en Derecho e Investigacion, en la Universidad Nacional San MORDAZA de MORDAZA ­ Sede MORDAZA, no obteniendo aun el grado de maestro exhortandole para que concluya con la obtencion de dicho grado. Registra haber participado como ponente en tres (03) eventos, asi como tambien en calidad de

panelista u organizador en once (11) certamenes. Tambien acredita haber participado en cuarenta y dos (42) eventos academicos. Tambien asistio a once (11) diplomados desde el ano 2004. De igual modo asistio a ocho (08) cursos dictados por la Academia de la Magistratura. Preguntado en su entrevista respecto a los diplomados, indico que estos son a distancia lo que le permite el estudio fuera del horario de trabajo. Esta capacitacion que se observa sostenida es coherente con las respuestas a las preguntas efectuadas respecto a cuestiones de derecho referidas a los documentos evaluados por el especialista. Decimo Primero: Que, de lo actuado en el MORDAZA de evaluacion y ratificacion ha quedado establecido que el Fiscal MORDAZA Tupayachi MORDAZA, reune los parametros esperados en su conducta, puesto que carece de antecedentes policiales, judiciales y penales, registrando solo una medida disciplinaria en su contra que a la fecha se encuentra rehabilitada, que si bien registra treinta (30) denuncias ante la Fiscalia Suprema de Control Interno, solo cinco (05) se encuentran en tramite, habiendo concluido las otras, por lo que prevalece a este respecto el MORDAZA de presuncion de licitud. Asi mismo, con respecto a las denuncias de participacion ciudadana, se advierte que se cuestionan temas de caracter funcional debidamente explicadas y a satisfaccion del Colegiado. En cuanto a su evaluacion patrimonial no se evidencia ningun desbalance. Se verifico que el evaluado ha mantenido una buena asistencia y puntualidad a su centro de labores. Que, pese a la obtencion de resultados regulares en las consultas efectuadas por el Colegio de Abogados del MORDAZA sobre su conducta funcional, es importante resaltar su eleccion reciente como Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del MORDAZA para un MORDAZA periodo y el haberse mantenido en el cargo de Fiscal Superior Decano por los anos materia de evaluacion, evidenciando aceptacion y respaldo de sus companeros de trabajo. Con relacion a su idoneidad, ha demostrado una buena produccion fiscal, resolviendo el 100% las causas que le fueran asignadas. En cuanto a su capacitacion profesional, se advierte tambien que ha mantenido una capacitacion y actualizacion sostenida durante el tiempo de evaluacion habiendo realizado estudios de maestria y encontrarse estudiando el doctorado, lo que se materializa en las calificaciones efectuadas por el especialista con respecto a sus dictamenes y resoluciones analizadas y la forma acertada que respondio las diversas preguntas formuladas en la entrevista publica, por todo lo cual debe continuar en el cargo. Decimo Segundo: Que, este Consejo tambien tiene presente el examen psicologico y psicometrico practicado al Fiscal MORDAZA Tupayachi MORDAZA, cuyas conclusiones le son favorables y no revelan nada negativo; sin embargo, por la naturaleza de la informacion, se guarda reserva de la misma. Decimo Tercero: Que, por todo lo expuesto, tomando en cuenta unicamente aquellos elementos objetivos ya glosados para el MORDAZA de evaluacion y ratificacion que nos ocupa, se ha determinado por unanimidad de los senores Consejeros votantes del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, el renovar la confianza al fiscal evaluado. En consecuencia, el Consejo Nacional de la Magistratura en cumplimiento de sus funciones constitucionales, de conformidad con el inciso 2 del articulo 154º de la Constitucion Politica del Peru, articulo 21º inciso b) y articulo 37º inciso b) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, y articulo 29º del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, aprobado por Resolucion Nº 1019-2005-CNM, y al acuerdo adoptado por el Pleno en sesion de fecha 12 de febrero del 2009. SE RESUELVE: Primero.- Renovar la confianza al Fiscal MORDAZA Tupayachi MORDAZA y, en consecuencia, ratificarlo en el cargo de Fiscal Superior en lo Penal ante la Corte Superior de Justicia del Cuzco y MORDAZA de Dios. Segundo.- Notifiquese personalmente al Fiscal ratificado y remitase MORDAZA certificada a la senora Fiscal de la Nacion, de conformidad con el articulo trigesimo MORDAZA del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de jueces del Poder Judicial y fiscales del Ministerio Publico, y remitase MORDAZA de la presente resolucion a la Oficina de

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