Norma Legal Oficial del día 31 de Marzo del año 2009 (31/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, martes 31 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

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deberan solicitar la licencia correspondiente sin goce de remuneraciones por motivos particulares a que se contrae el literal a) del articulo 17º de la Ley Nº 24029 - Ley del Profesorado, en concordancia y aplicacion supletoria al D.S. Nº 023-2007-ED. Que, el MORDAZA parrafo del articulo 2º del Reglamento de la Ley del Profesorado - Ley Nº 24029 y su modificatoria Ley Nº 25212, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-90-ED, establece que el personal que labora en el nivel superior del Sistema Educativo se rige por el Reglamento Especial que determina su jornada de labor, titulacion profesional, remuneraciones y demas obligaciones y derechos. Que, de acuerdo con el articulo 22º del Reglamento Especial para los Docentes de Educacion Superior, el personal docente que labora en Educacion Superior, goza de los derechos establecidos en la Ley del Profesorado y en su Reglamento, en cuyo caso tambien deberan solicitar la licencia sin goce de remuneraciones por motivos particulares. Que, el articulo 122º del Reglamento de la Ley del Profesorado establece que el profesor en uso de licencia, con o sin goce de remuneraciones, esta impedido de prestar servicios remunerados en otra entidad publica o privada durante la jornada laboral correspondiente a la licencia, quienes contravengan esta disposicion seran sancionados conforme a los incisos d) y e) del articulo 120º del presente Reglamento. Que, siendo el motivo contratar los servicios remunerados de docentes en servicio activo de las Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y de Educacion Superior no Universitaria para desempenarse como capacitadores en el "Proyecto de Fortaleciendo las Capacidades de los Docentes de la Region Moquegua" y constituyendo la capacitacion de los docentes del magisterio en la Region MORDAZA una accion prioritaria en el MORDAZA de la politica social de alcance regional; se hace necesario excepcionalmente emitir una Ordenanza Regional y se exceptue de los alcances del articulo 122º del Reglamento de la Ley del profesorado a los docentes de las Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Educacion Superior no Universitaria que soliciten la licencia sin goce de remuneraciones para el objetivo senalado en los parrafos precedentes. Que, en uso de las facultades conferidas por los Arts. 16º y 37º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902, Ley Nº 28968; y del Art. 5º del Reglamento Interno del Consejo Regional MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 009-2006-CR/GRM, con prescindencia del tramite de lectura y aprobacion del Acta de Sesion, el Consejo Regional de MORDAZA, por acuerdo unanime de sus miembros, ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- DECLARESE como primera prioridad la EDUCACION para el Gobierno Regional de MORDAZA, durante el ano 2009-2010, con el fin de garantizar los fines y objetivos del Proyecto Educativo "Fortaleciendo las Capacidades de los Docentes de la Region Moquegua" con el firme proposito de contar con una Educacion de calidad, sostenible, integral y mas humana. Articulo Segundo.- AUTORICESE, exceptuar como una accion prioritaria de la Educacion la aplicacion del articulo 122º del Reglamento de la Ley del Profesorado, aprobado por D.S. Nº 019-90-ED, a los docentes de las Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y de Educacion Superior no Universitaria, que en el MORDAZA Regional de Capacitacion a los Docentes de la Region MORDAZA, soliciten Licencia sin Goce de remuneraciones para que la Institucion Capacitadora contrate sus servicios remunerados, a fin de que puedan desempenarse como capacitadotes. Articulo Tercero.- ESTABLECERSE, que la Capacitacion de los Docentes de las Instituciones Educativas Publicas en el Proyecto Educativo "Fortaleciendo las Capacidades de los Docentes en la Region Moquegua" tiene caracter imperativo siendo de fiel cumplimiento, al contarse con el financiamiento correspondiente por parte

del Gobierno Regional de MORDAZA y la Asociacion Civil "Ayuda del Cobre". Articulo Cuarto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente, con arreglo a ley. Comuniquese al Senor Presidente Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los dieciseis de marzo del dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA ASCUNA CHAVERA Consejero Delegado Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los dieciseis de marzo del dos mil nueve MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban modificacion del Cronograma del MORDAZA de Presupuesto Participativo correspondiente al ano 2010
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2009-ALC-MDL
Lince, 12 de marzo del 2009 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE LINCE VISTOS: El Informe Nº 045-2009-MDL-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 231-MDL se regula el MORDAZA de Programacion, Participacion y Concertacion del Presupuesto Participativo en el distrito de Lince, el mismo que se desarrolla segun cronograma establecido en su articulo 11º. Que, mediante Informe de Vistos, el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de Jefe del Equipo Tecnico encargado de dar soporte operativo al MORDAZA Participativo en mencion, manifiesta que de las charlas de capacitacion que se vienen desarrollando, se percibe la necesidad de otorgar un plazo mayor para las inscripciones de los agentes participantes. Que, es politica de la actual gestion promover mecanismos y estrategias de participacion, con la finalidad de que las organizaciones de la sociedad civil puedan intervenir sin discriminacion de cualquier naturaleza, asi como otorgar facilidades para su participacion ordenada. Que la MORDAZA Disposicion Transitoria y Complementaria de la Ordenanza Nº 231-MDL, faculta al MORDAZA a dictar mediante Resoluciones y/o Decretos, las normas complementarias y reglamentarias de la referida Ordenanza. . Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por el Articulo 20º numeral 6. de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar la modificacion del Cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo correspondiente al ano fiscal 2010, conforme al siguiente detalle:

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