Norma Legal Oficial del día 01 de Mayo del año 2009 (01/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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responsabilidades directivas hayan favorecido la creacion o perfeccionamiento de entidades o programas de alta significacion para el progreso del Sector Trabajo; que sustenten produccion, trabajo o investigacion relacionado con el Sector Trabajo y cuya aplicacion contribuye significativamente al mejor desempeno de este; que se traduzcan en el desempeno eficiente de las funciones encomendadas, de excepcional importancia en beneficio de las relaciones de Trabajo y de la Seguridad Social; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es un reconocido medico oftalmologo egresado de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA y de la Universidad MORDAZA MORDAZA, con una trayectoria profesional de mas de 25 anos, a lo largo de la cual ha asumido importantes responsabilidades como Director de Investigacion y Desarrollo de Essalud, Director de Capacitacion de CENSYP, Medico oftalmologo de la MORDAZA de Beneficios y Seguridad Social del Pescador, Decano del Colegio Medico del Callao, Jefe del Servicio de Oftalmologia del Hospital Sabogal, entre otros; Que, su especializacion en el MORDAZA de la oftalmologia le ha permitido desplegar acciones meritorias de especial significacion para la prevencion de la ceguera, al asumir altas responsabilidades directivas relativas a la Coordinacion del Plan Nacional de Prevencion de la Ceguera por Catarata en la Red Sabogal; Presidente del Comite de Salud Publica y Seguridad Social del Colegio Medico del Callao, Presidente de la Comision de Adquisiciones de equipos biomedicos de Oftalmologia, medico oftalmologo del Servicio de Oftalmologia del Hospital Sabogal, todas ellas desarrolladas con amplio MORDAZA de servicio y abnegacion; Que, su destacada trayectoria profesional es ampliamente reconocida por la comunidad medica nacional tras haber registrado procedimientos quirurgicos en numero sin precedentes asociados a la prevencion de la ceguera por catarata, lo que le ha valido para ser reconocido por la Seguridad Social en merito a su especialidad por haber realizado el mayor numero de operaciones durante el ano 2008; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios, contemplados en el articulo 22º y de conformidad con lo dispuesto por el articulo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el articulo 11º numeral 4, de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Otorgar la Condecoracion de la Orden del Trabajo en el Grado de "Comendador" al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, extendiendose el Diploma correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ELISBAN VILLASANTE ARANIBAR. Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo

Que, constituyen servicios meritorios aquellos que hayan contribuido para enaltecer las instituciones del Sector Trabajo o el progreso del Derecho de Trabajo y la Seguridad Social, en el MORDAZA como en el extranjero; que, bajo el desempeno de responsabilidades directivas hayan favorecido la creacion o perfeccionamiento de entidades o programas de alta significacion para el progreso del Sector Trabajo; que sustenten produccion, trabajo o investigacion relacionado con el Sector Trabajo y cuya aplicacion contribuye significativamente al mejor desempeno de este; que se traduzcan en el desempeno eficiente de las funciones encomendadas, de excepcional importancia en beneficio de las relaciones de Trabajo y de la Seguridad Social; Que, el senor Guilmer MORDAZA MORDAZA MORDAZA es un reconocido trabajador quien ha ejercido notable liderazgo para la promocion de los intereses de los trabajadores en el ambito de la actividad de transporte manual de carga de los mercados mayoristas del pais; Que, su activa y relevante trayectoria en la defensa de los derechos de los trabajadores se da inicio en el ano 1991, en el que se afilia al Sindicato Unico de Trabajadores Transportistas Manuales del MORDAZA Mayorista Nº 2 de MORDAZA, mas tarde asumio la responsabilidad de Fiscal y Secretario General, destacando su esforzado trabajo para el fortalecimiento de dicha organizacion que se tradujo en el establecimiento de mejores niveles de coordinacion intrasindical como, en la relacion con los niveles gerenciales de las empresas usuarias; Que, destacan el MORDAZA solidario, tenaz y transparente en el ejercicio de la representacion sindical, habiendo apelado a amplias consultas y deliberaciones con la representacion Congresal asi como con funcionarios de la Cartera de Trabajo y Promocion del Empleo, a fin de promover la cabal aplicacion de la Ley Nº 25047, Ley que otorga beneficios a trabajadores y estibadores terrestres, transportistas manuales en carretillas y triciclos, a fin de garantizar la vigencia y control de cumplimiento del regimen laboral que esta contempla; mas tarde, las gestiones realizadas por los dirigentes sindicales de esta actividad, entre los cuales se encuentra el senor Guilmer MORDAZA MORDAZA MORDAZA favorecio la dacion de la Ley Nº 29088, Ley de seguridad y salud en el trabajo de los estibadores terrestres y transportistas manuales; Que, su MORDAZA y quehacer comprometido con la problematica social que afecta a la actividad de transporte manual de carga, le llevaron a promover la resolucion de conflictos a traves del dialogo con la representacion empresarial y, al mismo tiempo, su participacion fue decisiva para fortalecer el sistema de asistencia social administrado por el propio Sindicato, a fin de garantizar una adecuada atencion medica a los trabajadores que desarrollan esta actividad frente a los riesgos de enfermedad y accidentes de trabajo; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios, contemplados en el articulo 22º y de conformidad con lo dispuesto por el articulo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR; y el articulo 11º, numeral 4, de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:

343343-19 RESOLUCION SUPREMA Nº 017-2009-TR
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2009 VISTO: Con fecha 20 de MORDAZA de 2009, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ambito empresarial, sindical y academico vinculadas al MORDAZA laboral delibero y aprobo por unanimidad, la postulacion del senor Guilmer MORDAZA MORDAZA MORDAZA para recibir la Condecoracion de la Orden del Trabajo en el grado de Comendador, en merito a las siguientes consideraciones: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los articulos 21º, 22º y 27º del Reglamento del Decreto Ley Nº 20585, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR, la Condecoracion con la Orden del Trabajo se confiere por la realizacion de acciones distinguidas o servicios meritorios; Que, constituyen acciones distinguidas los actos o servicio prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinteres, austeridad, abnegacion y sacrificio superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demas personas;

Articulo Unico.- Otorgar, la Condecoracion de la Orden del Trabajo en el Grado de "Comendador" al senor GUILMER MORDAZA MORDAZA MORDAZA, extendiendose el Diploma correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo

343343-20

Otorgan Condecoracion de la Orden del Trabajo en el Grado de "Oficial" a funcionario publico
RESOLUCION SUPREMA N° 018-2009-TR
MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2009

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