Norma Legal Oficial del día 01 de Mayo del año 2009 (01/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

395276
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de MORDAZA de 2009

Articulo Unico.- Ratificar el Acta Final de la Tercera Reunion de Consulta entre las Autoridades Aeronauticas Civiles de la Republica del Peru y la Republica Bolivariana de Venezuela, suscrita el 3 de marzo de 2009, por el Director General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, documento que forma parte integrante de la presente resolucion; conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

quebrada se extendera hasta 5 m. mas alla del borde de los cortes, del pie de los terraplenes o, del borde mas alejado de las obras de drenaje; Que, con Memorandum N° 0416-2009-MTC/14, el Director General de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, solicita se expida la Resolucion Ministerial que precise el derecho de via MORDAZA descrito; Que, en consecuencia, considerando el MORDAZA legal MORDAZA citado resulta necesario precisar el derecho de via de las carreteras mencionadas; De conformidad por lo dispuesto en el Decreto Ley N° 20081, Decreto Supremo N° 034-2008-MTC y Decreto Supremo N° 017-2007-MTC, modificado por Decreto Supremo N° 006-2009-MTC; SE RESUELVE:

342655-1

Precisan Derecho de Via de diversas Carreteras
RESOLUCION MINISTERIAL N° 311-2009-MTC/02
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Memorandum N° 0416-2009-MTC/14, de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Glosario de Terminos de Uso Frecuencia en Proyectos de Infraestructura Vial, aprobado por Resolucion Ministerial N° 660-2008-MTC/02, el Derecho de Via es la faja de terreno de ancho variable dentro del cual se encuentra comprendida la carretera, sus obras complementarias, servicios, areas previstas para futuras obras de ensanche o mejoramiento, y zonas de seguridad para el usuario; precisandose ademas que su ancho se establecera mediante resolucion del Titular de la autoridad competente respectiva; Que, el numeral 4.1 del Articulo 4º del Reglamento Nacional de Gestion de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo N° 034-2008-MTC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de organo rector a nivel nacional en materia de transporte y MORDAZA terrestre, a traves de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, es la autoridad competente para dictar las normas correspondientes a la gestion de la infraestructura vial, fiscalizar su cumplimiento e interpretar las normas tecnicas contenidas en el citado Reglamento; Que, el articulo 4° del Decreto Ley N° 20081 indica que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones fijara el derecho de via en atencion a la categoria y clasificacion de las carreteras, asi como a las caracteristicas topograficas de las regiones en las que se ejecuten los proyectos viales; Que, mediante Memorandum N° 0416-2009-MTC/14, el Director General de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles hace MORDAZA el Informe N° 069-2009MTC/14.07, de la Direccion de Caminos que senala que de acuerdo al Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carretera, aprobado por Decreto Supremo N° 0442008-MTC, las carreteras: Chongoyape-CochabambaCajamarca: Emp. PE-1N (Laran) Pomalca-Chongoyape -Pte. Cumbil ­ Llama -Emp.3N (Cochabamba); MORDAZA ­ Pucara - J. D. MORDAZA -Asillo; MORDAZA - San MORDAZA - Rio Canchis; Emp.3S(Pacaycas) La QuinuaTambo-San Francisco; Emp. PE-1S (I.V.Mala) ­ Calango ­ La Capilla ­ Viscas -San MORDAZA de Quinti - San MORDAZA de Tantarache; Calemar ­ Bambamarca - MORDAZA El Naranjillo; Emp. PE 26(Huancavelica)-Pampachacra - Cunyac - Lircay Dv. Jochatay - MORDAZA Pampamili Secclla ­ Julcamarca - Pte. Laramate - Emp.3S (Lagunilla) y Emp.3S (Dv. Pampas) ­Pampas - Mariscal Caceres-Carpapata - MORDAZA Independencia ­ Milpo ­Callqui ­ Churcasja ­Churcampa - La MORDAZA - Emp. PE - 3S (Mayoc), forman parte de la Red Vial Nacional debiendose determinar el Derecho de Via de acuerdo a lo dispuesto en la Resolucion Suprema N° 333, del 8 de octubre de 1947, que aprueba las Normas Tecnicas para Estudios y Construccion de Caminos, asi como en el Manual de Diseno Geometrico de Carreteras del ano 2001, aprobado por Resolucion Directoral N° 1432001-MTC/15.17; el mismo que en terrenos de topografia

Articulo 1º.- Precisar el Derecho de Via de las Carreteras de acuerdo al siguiente detalle:
Carretera Tramo Ruta Longitud KM Dpto. MORDAZA Derecho de Via 20 m (10m. c/l del eje)

Chota Chongoyape­ Bambamarca PE-3N 60+800 Cochabamba-Cajamarca ­ Hualgayoc Emp. PE-1N (Laran) Pomalca-Chongoyape -Pte. Cumbil ­ Llama Toda la Ruta PE-06A 190+930 -Emp.3N (Cochabamba) MORDAZA ­ Pucara - J. D. Tramo III J.D. MORDAZA -Asillo Choquehuanca- PE-34B 34+300 Asillo MORDAZA - San MORDAZA San MORDAZA - Rio Canchis PE-5N 47+000 Pte. Integracion Emp.3S(Pacaycas) La Quinua-Tambo-San MORDAZA Emp.PE-1S (I.V.Mala) ­ Calango ­ La Capilla ­ Viscas -San MORDAZA de Quinti - San MORDAZA de Tantaranche Calemar ­ Bambamarca - MORDAZA El Naranjillo Emp.PE 26(Huancavelica)Pampachacra-Cunyac Lircay Dv. Jochatay - MORDAZA Pampamili Secclla ­ Julcamarca - Pte. Laramate - Emp.3S (Lagunilla) Emp.3S(Dv.Pampas) ­Pampas - Mariscal Caceres-Carpapata - MORDAZA Independencia ­ Milpo ­Callqui ­ Churcasja ­Churcampa - La MORDAZA - Emp. PE - 3S(Mayoc) Km. 26+000 PE-28B 146+420 -Km. 172+420

MORDAZA

20 m (10m. c/l del eje)

MORDAZA

20 m (10m. c/l del eje) 50 m (25 m.c/l del eje) 20 m (10m. c/l del eje)

MORDAZA

MORDAZA

Toda la Ruta

PE-1SA 116+900

MORDAZA

20 m (10m. c/l del eje)

Toda la Ruta

PE-10B

73+50

La MORDAZA

20 m (10m. c/l del eje)

Toda la Ruta

PE-26B 147+700 Huancavelica

20 m (10m. c/l del eje)

Toda la Ruta

PE-3SD 182+400 Huancavelica

20 m (10m. c/l del eje)

Articulo 2°.- El Derecho de Via a que se contrae el articulo precedente cuando la amplitud de los cortes y rellenos exceda los anchos senalados, sera MORDAZA en una faja que comprende hasta 5 m. mas alla del borde de los cortes o del pie de los terraplenes Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

342656-1

Declaran infundado recurso de reconsideracion interpuesto por Telefonica del Peru S.A.A. contra la R.M. N° 1402009-MTC/03
RESOLUCION MINISTERIAL N° 325- 2009- MTC/03
MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2009

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