Norma Legal Oficial del día 01 de Mayo del año 2009 (01/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395289

Administrativas Nros. 090-2007-CE-PJ, 098-2007-CEPJ, 157-2007-CE-PJ, 228-2007-CE-PJ, 286-2007-CE-PJ, 092-2008-CE-PJ, 183-2008-CE-PJ, 258-2008-CE-PJ, 3172008-CE-PJ, y 096-2009-CE-PJ; Cuarto: Que, en esa direccion, la Comision de Coordinacion y Revision del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, ha venido evaluando y analizando las propuestas presentadas, asi como la labor realizada con relacion al tema por la Secretaria Tecnica, habiendose dispuesto incluso la publicacion del proyecto materia de propuesta en la pagina WEB de este Poder del Estado, conforme a lo establecido en la Resolucion Administrativa N° 317-2008-CE-PJ, de fecha 17 de diciembre de 2008; todo ello siempre en aras de lograr que tan significativo proyecto sea de conocimiento general, y en tal sentido, pueda contar a su vez con los oportunos aportes tanto de magistrados, personal auxiliar, comunidad juridica y ciudadania en general, que coadyuven al enriquecimiento de su texto definitivo, tal como ha acontecido; Quinto: En tal sentido, la Presidenta (e) de la Comision de Coordinacion y Revision del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial ha sometido a consideracion de este Organo de Gobierno el proyecto conteniendo la propuesta del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; Sexto: Que, analizado el proyecto presentado, y luego del debate correspondiente en el pleno de este Organo de Gobierno sobre su contenido, se han incorporado precisiones y modificaciones para su perfeccionamiento y adecuada comprension; con estricto respeto a las garantias del debido procedimiento administrativo; de todo lo cual se evidencia encontrarse convenientemente estructurado, respondiendo de esta manera a las reales necesidades y objetivos de las funciones contraloras; Por tales consideraciones, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones, en sesion extraordinaria de la fecha, con el MORDAZA en discordia del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por mayoria; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial", el cual consta de 117 articulos, divididos en 4 Titulos de la Parte General, 2 Titulos de la Parte Especial, 1 Disposicion Complementaria, 1 Disposicion Transitoria, y 7 Disposiciones Finales, que en anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolucion Administrativa N° 124-2006-CE-PJ, expedida con fecha 04 de octubre de 2006. Articulo Tercero.- El pago de los ingresos correspondientes a los representantes de la sociedad ante las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura (ODECMAS), estara sujeto a la asignacion presupuestaria por parte del Ministerio de Economia y Finanzas. El personal de apoyo que requieran las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura (ODECMAS), sera asignado por las Cortes Superiores de Justicia mediante acciones de racionalizacion, hasta que se cuente con la disponibilidad presupuestaria correspondiente. Los magistrados que integran las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura (ODECMAS), mantendran su plaza de origen. Las disposiciones sobre el personal, a que se refiere el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial" materia de la presente aprobacion, no generaran creacion de plazas; debiendo adecuarse a las ya existentes. Articulo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial elabore el proyecto de Cuadro de Asignacion de Personal de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, para su posterior evaluacion y aprobacion por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Articulo Quinto.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscalia de la Nacion, Ministerio de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la Republica, Gerencia General del Poder Judicial, y a las

instancias correspondientes, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA El MORDAZA del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, es como sigue:

MORDAZA SINGULAR DEL SENOR CONSEJERO MORDAZA MORDAZA MORDAZA
De conformidad con la potestad que me brinda el articulo 97° numeral 2 de la Ley 27444 del Procedimiento Administrativo General dejo MORDAZA de mi MORDAZA singular, que disiente del expresado por la mayoria de los miembros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, quienes en la fecha han optado por dejar sin efecto La Resolucion Administrativa N° 191-2006-CE-PJ y aprobar un MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, entrando en vigencia el 01 de MORDAZA del 2009, decision del colegiado que no comparto, por lo que el reglamento del OCMA que debe ponerse en vigencia es el aprobado en la Resolucion Administrativa MORDAZA referida, en merito a las consideraciones siguientes: PRIMERO: Que, las Resoluciones Administrativas Nros.G 098-2007-CE-PJ, 157-2007-CE-PJ, 228-2007-CE-PJ, 286-2007-CE-PJ, 092-2008-CE-PJ, 183-2008-CE-PJ y 258-2008-CEPJ, 317-2008-CE-PJ y 096-2009-CE-PJ acordaron prorrogar sucesivamente la entrada en vigencia del MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial aprobado por Resolucion Administrativa Nº 191-2006-CE-PJ y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 05 de MORDAZA del 2007, En esta oportunidad con el MORDAZA mayoritario de los miembros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, acordaron ya no un MORDAZA periodo de vacatio legis, sino dejarlo sin efecto, aprobando un sustitutorio, con el que no estoy de acuerdo, por cuanto su aprobacion y debate no ha sido articulo por articulo, sino en forma integral, ante ello mi MORDAZA es porque no se deje sin efecto el reglamento aprobado en la resolucion MORDAZA aludida, y entre en vigencia inmediatamente; SEGUNDO: Que, el reglamento aprobado no recoge lo que dispone la Ley N° 28149 en vigencia desde el 07 de enero del ano 2004, MORDAZA que modifico las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, referidas a la funcion de control disciplinario judicial, permitiendo la inclusion de los miembros de la Sociedad Civil en la Oficina de Control de la Magistratura. El MORDAZA de esta Ley no fue que los integrantes de la Sociedad Civil en dicho Organo cumplan funciones de apoyo a las que ya detenta el Jefe de dicho organo como pueden ser la tarea de veeduria o el papel de dictaminador, sino con la finalidad de cumplir labores importantes coincidentes con el papel fundamental que justifica la existencia del mismo organo disciplinario, tal como lo es la imposicion o la propuesta de imposicion de medidas disciplinarias a los Magistrados y Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, asi como el dictado de medidas cautelares contra ellos; esto demuestra que existe un abierto desacato a la MORDAZA y una furiosa renuncia a que la sociedad participe activamente en este MORDAZA organo de control. TERCERO: Que, la ley de MORDAZA judicial esta ad-portas de entrar en vigencia, MORDAZA exige que la sociedad civil sea gestor de su implementacion y aplicacion por medio del control, ante ello considero que este objetivo a lograr solo es posible con el Reglamento ya aprobado en la Resolucion Administrativa N° 191-2006-CE-PJ., negar este derecho es renunciar a la propia naturaleza y fin de la ley N° 28149. CUARTO.- Que, la democracia constitucional tiene como una de sus principales caracteristicas el fomento de la participacion de la sociedad civil en los asuntos publicos y es dicho MORDAZA el que inspira la nueva estructura de control disciplinario en el Poder Judicial que traduce la Ley N° 28149 y que sigue el Reglamento aprobado por Resolucion Administrativa Nº 191-2006-

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