Norma Legal Oficial del día 01 de Mayo del año 2009 (01/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395301

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 276-MDB
ORDENANZA Nº 311-MDB
Barranco, 28 de MORDAZA del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO Por cuanto: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru y su modificatoria Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Ordenanza Nº 276-MDB, de fecha 19 de febrero del 2007, y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de marzo del 2007, se dispuso la suspension, hasta el 31 de agosto del 2007, de los procedimientos administrativos tendientes a obtener el otorgamiento de Certificados de Compatibilidad de Uso y de Licencia de Apertura y Funcionamiento Definitivas, Provisionales y Especiales de establecimientos comerciales en toda la jurisdiccion del distrito de Barranco, cuyo giro comercial este destinado a penas, cabarets, boites, nigth club, salones de baile, discotecas, video pub, karaoke, piano bar, licorerias y bares; Que, mediante Ordenanza Nº 307-MDB, se dispuso la prorroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 276-MDB hasta el 30 de MORDAZA del 2009; Que, se requiere que se continuen con las medidas que permitan revertir la situacion del desorden MORDAZA, producido por ruidos molestos, espectaculos que atentan contra la imagen cultural del distrito, consumo de licor por menores de edad, consumo de drogas, entre otros factores; por consiguiente se hace necesario resguardar la integridad moral, psiquica y fisica de los vecinos y el bienestar de la ciudadania en general, asi como establecer medidas que promuevan el desarrollo integral armonico del distrito; Estando a lo dispuesto por el articulo 9º, numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; con el MORDAZA mayoritario de sus miembros y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente:

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Autorizan celebracion de I y II Matrimonio Civil Comunitario para el ano 2009 y reduccion de pago de derecho de tramite
ORDENANZA Nº 0179 - MDI
Independencia, 17 de MORDAZA de 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo Municipal, el Informe Nº 003-2009-RC-GSG/MDI a traves del cual el Area de Registro Civil remite el Proyecto de Ordenanza que Aprueba la Realizacion del I y II Matrimonio Civil Comunitario para el ano 2009 y Reduccion de Pago de Derecho de Tramite, en el distrito de Independencia. CONSIDERANDO Que, de conformidad con el Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales a traves de las Ordenanzas crean, modifican suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley. Que, los derechos de pago de tramite de Matrimonio Civil se encuentran establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Independencia, aprobado mediante Ordenanza Nº 117-MDI de fecha 22 de marzo del 2006. Que, dentro de los Derechos Sociales y Economicos que regula el Capitulo II del Titulo I de la Constitucion Politica del Peru, en su Articulo 4º se establece que la Comunidad y el Estado protegen a la familia y promueven el matrimonio, reconociendolo como institutos naturales y fundamentales de la sociedad. Que, es competencia de los Gobiernos Locales, administrar, organizar y ejecutar los programas locales que coadyuven al desarrollo y bienestar de la poblacion de acuerdo a lo regulado en el articulo 73º numeral 6.2 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, las municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, mediante Informes de vistos el area de Registro Civil, propone la realizacion del "I Matrimonio Civil Comunitario", el cual se llevara a cabo el dia Sabado 20 de junio de 2009, y el "II Matrimonio Comunitario 2009", el cual se llevara a cabo el dia Sabado 21 de noviembre del 2009. Que, la Unidad de Asesoria Legal mediante Informe Nº 044-2009-UAL/MDI de fecha 12 de febrero de 2009, senala que las Municipalidades tiene la potestad de establecer exoneraciones a las tasas aprobadas mediante sus Textos Unicos de Procedimientos Administrativos, conforme a los normas pertinentes de nuestro ordenamiento juridico, por tal razon resulta procedente la aprobacion del presente proyecto de Ordenanza Municipal. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los articulos 9º numeral y 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 el Concejo Municipal con la modificacion senalada en la presente Sesion de Concejo, por Unanimidad con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 276-MDB
Articulo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 276-MDB, hasta el 31 de diciembre del 2009. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Tributaria y Sub Gerencia de Comercializacion, Defensa del Consumidor y Promocion Empresarial; y a la Oficina de Secretaria General, la publicacion de la Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MEZARINA MORDAZA MORDAZA

ORDENANZA REALIZACION DEL I Y II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO PARA EL ANO 2009 Y REDUCCION DE PAGO DE DERECHO DE TRAMITE POR MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO
Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion de "I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL ANO 2009" a

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