Norma Legal Oficial del día 05 de Mayo del año 2009 (05/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 5 de MORDAZA de 2009

que provengan de la aplicacion del Fondo de Inversiones para el Desarrollo de MORDAZA - FIDA, se incorporan en los presupuestos de las entidades encargadas de ejecutar los proyectos y obras priorizados por el Consejo Directivo del FIDA en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro del Sector encargado, a propuesta de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante el Oficio N° 546-2009-DM el Presidente del Consejo de Ministros, con opinion de la Secretaria de Descentralizacion, ha cumplido con presentar el proyecto de dispositivo legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 29291, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; DECRETA: Articulo 1.- Objeto Autorizase un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, hasta por la suma de DIEZ MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 535 613,00), de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS (En Nuevos Soles)

Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

343997-1

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RECURSOS ORDINARIOS 1 1.5 1.5.2 1.5.2 1 1.5.2 1.6 1.5.2 1.6 8 INGRESOS PRESUPUESTARIOS OTROS INGRESOS MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS MULTAS Y SANCIONES NO TRIBUTARIAS OTRAS MULTAS Multas a Empresas Mineras Privatizadas TOTAL INGRESOS EGRESOS PLIEGO

Califican para efecto del Decreto Legislativo Nº 973 al inversionista del Contrato de Inversion del Proyecto contenido en el Contrato de Concesion del Sistema Garantizado de Transmision de la Linea de Transmision Electrica Carhuamayo - Paragsha - Conococha MORDAZA - MORDAZA - Cerro MORDAZA Carhuaquero
RESOLUCION SUPREMA Nº 050-2009-EF
MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 3° del Decreto Legislativo Nº 973 establece que mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y el titular del Sector correspondiente, se aprobara a las personas naturales o juridicas que califiquen para el goce del Regimen, asi como los bienes, servicios y contratos de construccion que otorgaran la Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas, para cada Contrato; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, establece que mediante Resolucion Suprema se precisara, entre otros aspectos, la cobertura del Regimen de Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas; Que, con fecha 15 de diciembre del 2008, ABENGOA TRANSMISION NORTE S.A. celebro, en su calidad de inversionista, un Contrato de Inversion con el Estado para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973, de conformidad con lo establecido por el Articulo 3º del referido Decreto Legislativo; Que, como consecuencia de la aprobacion realizada por el Sector, el Ministerio de Economia y Finanzas ha realizado la evaluacion respectiva de la Lista de bienes, servicios y contratos de construccion; De conformidad con lo establecido en el Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 973 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobacion de empresa calificada Aprobar como empresa calificada, para efecto del Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 973 a ABENGOA TRANSMISION NORTE S.A., por el desarrollo del proyecto contenido en el Contrato de Concesion del Sistema Garantizado de Transmision de la Linea de Transmision Electrica Carhuamayo - Paragsha - Conococha - MORDAZA - MORDAZA - Cerro MORDAZA Carhuaquero, de acuerdo con el Contrato de Inversion suscrito con el Estado el 15 de diciembre del ano 2008. Articulo 2º.- Requisitos y caracteristicas del Contrato de Inversion Establecer, para efecto del Numeral 5.3 del Articulo 5º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, que el monto de la inversion a cargo de ABENGOA TRANSMISION NORTE S.A. asciende a US $ 224 614 801,00 (Doscientos Veinticuatro

10 535 613,00 -------------------10 535 613,00 ===========

(En Nuevos Soles)

532 : UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA UNIDAD EJECUTORA 001 : UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA FUNCION 22 : Educacion y Cultura PROGRAMA FUNCIONAL 048 : Educacion Superior SUB PROGRAMA FUNCIONAL 0010 : Infraestructura y Equipamiento PROYECTO 2 018917 : Construccion y Equipamiento de la MORDAZA Universitaria y Campus Anexos - UNASAM CATEGORIA DE GASTO GENERICA DEL GASTO : Gastos de Capital 6 : Adquisicion de Activos No Financieros 10 535 613,00 ------------------TOTAL PLIEGO 10 535 613,00 =========== TOTAL EGRESOS 10 535 613,00 ============

El financiamiento de los proyectos de inversion materia del presente articulo lo constituyen los recursos del Fondo de Inversiones para el Desarrollo de MORDAZA ­ FIDA, provenientes de la penalidad derivada del contrato celebrado entre la Empresa Minera del Centro del Peru Sociedad Anonima y la Compania Minera Antamina Sociedad Anonima. Articulo 2°.- Procedimiento para la incorporacion institucional 2.1 El Titular de Pliego aprueba mediante Resolucion la desagregacion de los recursos habilitados, dentro de los cinco (5) dias de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion se remite dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los Organismos senalados en el Articulo 23° numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego comprendido en el presente Credito Suplementario solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion

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