Norma Legal Oficial del día 09 de Mayo del año 2009 (09/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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Que, conforme con el literal k) del articulo 6º de su Estatuto Social, el Fondo MIVIVIENDA S.A. tiene como funcion, entre otras, organizar y realizar concursos y subastas de inmuebles de su propiedad o de propiedad de personas naturales o juridicas, privadas o publicas, para el desarrollo de proyectos inmobiliarios; Que, el Fondo MIVIVIENDA S.A. convoco al Concurso Publico Nº 02-FMV/GC-2008, para la ejecucion del "Megaproyecto de Construccion de Viviendas Sociales en el terreno denominado "El Imperial" - Canete/Lima", el mismo que tiene una extension de 157,305.50 m2, se ubica frente a la carretera Quilmana s/n, distrito de Imperial, provincia de Canete y departamento de MORDAZA, y esta inscrito en la Partida Electronica Nº 21103388 del Registro de Predios de Canete, MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, de propiedad del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Que, mediante acuerdo adoptado en el acto realizado el 23 de MORDAZA de 2008, el Comite Especial otorgo la Buena Pro del Concurso Publico citado a la empresa denominada "C.G. & M. Proyectos y Construcciones S.A.C."; Que, el numeral 8.2.6 de las Bases indica que los postores que deseen reservarse el derecho de impugnar el resultado del Concurso Publico, deberan consignarlo en el Acta que levantara el Notario Publico; de los antecedentes recibidos se observa que en la referida Acta no se ha consignado la reserva del derecho de impugnacion por lo que el resultado quedo consentido, habiendose realizado la publicacion respectiva en el Diario Oficial El Peruano el dia 30 de MORDAZA del 2008, conforme con el numeral 8.2.7 de las Bases; Que, de acuerdo a lo solicitado por el Fondo MIVIVIENDA S.A., mediante Carta Nº 022-2009-FMV/GC y al MORDAZA de lo establecido en la Tercera Disposicion Final del Reglamento del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2002-EF, precisado por el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 006-2002-VIVIENDA, el Estado por Resolucion Suprema aprobara la transferencia a titulo oneroso del terreno objeto del Concurso Publico; debiendo consignar expresamente las condiciones de pago del postor ganador, el plazo para la ejecucion del proyecto, el nombre del postor que quedo en MORDAZA lugar y su respectivo plazo de ejecucion del proyecto; Que, la adjudicataria de la Buena Pro, "C.G. & M. Proyectos y Construcciones S.A.C.", oferto la construccion de 800 (ochocientas) viviendas a un precio unitario de S/. 689.00 (Seiscientos Ochenta y Nueve y 00/100 Nuevos Soles) por metro MORDAZA, a ejecutarse en un plazo de tres (3) anos, habiendo elegido efectuar el pago total del terreno, ascendente a la suma de S/. 1 422 670.94 (Un Millon Cuatrocientos Veintidos Mil Seiscientos Setenta y 94/100 Nuevos Soles), bajo la modalidad de pago a plazos segun cronograma senalado en el numeral 4.4 del Anexo A-3 de las Bases; Que, la empresa que ocupo el MORDAZA lugar en el Concurso, "Constructora Capon S.A.C.", oferto la construccion de ochocientas (800) viviendas a un precio unitario de S/. 840.00 (Ochocientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles) con un plazo de ejecucion de tres (3) anos; De conformidad con la facultad prevista en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, asi como lo dispuesto en el numeral 4) del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia a titulo oneroso del terreno denominado "El Imperial" Canete/Lima, de propiedad del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, ubicado frente a la carretera Quilmana s/n, distrito de Imperial, provincia de Canete y departamento de MORDAZA, con un area de 157,305.50 m2, e inscrito en la Partida Electronica Nº 21103388 del Registro de Predios de Canete - MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA, a favor de la empresa "C.G. & M. Proyectos y Construcciones S.A.C.", en la suma de S/. 1 422 670.94 (Un Millon Cuatrocientos Veintidos Mil Seiscientos Setenta y 94/100 Nuevos Soles). Articulo 2º.- La transferencia de propiedad a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, se aprueba a efectos que la empresa "C.G. & M. Proyectos y Construcciones S.A.C.", ejecute sobre el terreno un Proyecto de Construccion de Viviendas Sociales, en el plazo de tres (3) anos contados a partir de la suscripcion

del Contrato de Compraventa y Desarrollo Inmobiliario correspondiente, debiendo cancelar el precio de venta bajo la modalidad de pago a plazos segun cronograma contenido en el numeral 4.4 del Anexo A-3 de las Bases del Concurso Publico Nº 02-FMV/GC-2008. Articulo 3º.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en nombre y representacion del Estado, con intervencion del Fondo MIVIVIENDA S.A., otorgara la Escritura Publica de transferencia a favor de "C.G. & M. Proyectos y Construcciones S.A.C.", que se inscribira en el Registro de Predios. Dicho documento de transferencia debera contener expresamente el plazo para la ejecucion del proyecto, el precio del terreno valorizado por la Direccion Nacional de Construccion del Viceministerio de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, asi como el otorgamiento de las garantias, a fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en la propuesta de la empresa adjudicataria, de lo contrario se aplicaran las penalidades y sanciones, conforme a lo previsto en las bases del Concurso Publico Nº 02-FMV/GC-2008. Articulo 4º.- El Fondo MIVIVIENDA S.A. se encargara de verificar el cumplimiento de ejecucion del Proyecto de Construccion de Viviendas Sociales, a cargo de la empresa adjudicataria, segun los plazos, obligaciones y condiciones establecidas en el contrato de transferencia y en su propuesta tecnica. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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ORGANISMOS EJECUTORES ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
Aprueban Manual para el Registro Nacional de Colecciones Documentales y Archivos Historicos Publicos o de Particulares
RESOLUCION JEFATURAL Nº 169-2009-AGN/J
MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2009 Visto, el proyecto denominado "Manual para el Registro Nacional de Colecciones Documentales y Archivos Historicos Publicos o de Particulares" propuesto por la Direccion Nacional de Archivo Historico; CONSIDERANDO: Que, el articulo V del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nacion, establece que corresponde al Estado ejercer la proteccion de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion, independientemente de su condicion privada o publica, y conforme a lo dispuesto en el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, el Instituto Nacional de Cultura (INC), la Biblioteca Nacional (BNP) y el Archivo General de la Nacion (AGN), estan encargados de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion dentro de los ambitos de sus respectivas competencias; Que, el articulo 16º de la Ley Nº 28296 dispone que el Registro Nacional de Bienes Integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion esta conformado por, entre otros, el Registro Nacional de Colecciones Documentales y Archivos

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