Norma Legal Oficial del día 14 de Mayo del año 2009 (14/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395839

AGRICULTURA
Modifican cuadro anexo de la R.J. Nº 097-2008-INRENA y precisan saldo del cupo nacional de exportacion de MORDAZA de la especie caoba del ano 2008
RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL Nº 01-2009-AG-DGFFS MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2009 VISTOS: Los Informes Nº 002-2009-AG-DGFFS-DGEFFS del 12 de marzo de 2009, Nº 050-2009-AG-DGFFSDGEFFS del 6 de MORDAZA de 2009, y el Nº 0263-2009-AGDGFFS-DGEFFS del 5 de MORDAZA, emitidos por la Direccion de Gestion Forestal y de Fauna MORDAZA, los cuales recomiendan modificar el cuadro anexo a la Resolucion Jefatural Nº 097-2008-INRENA que modifico la Resolucion Jefatural Nº 023-2008-INRENA que aprobo el Cupo Nacional de Exportacion de Caoba 2008 y establecer el saldo actualizado del mencionado cupo de exportacion, y ampliar su ingerencia hasta el 31 de diciembre de 2009; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 21080 del 21 de enero de 1975, el Peru aprobo la suscripcion de la Convencion para el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y MORDAZA MORDAZA ­ CITES, cuyo objetivo principal es la conservacion y utilizacion sostenible de las especies de fauna y MORDAZA MORDAZA incluidas en los Apendices de dicha convencion contra su explotacion excesiva a traves del comercio internacional; Que, el articulo 12º del Reglamento para la Implementacion de la Convencion sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y MORDAZA MORDAZA (CITES) en el Peru aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2005-AG, modificado por el Decreto Supremo Nº 001-2008-MINAM, establece que el Ministerio de Agricultura es la Autoridad Administrativa CITES Peru para los especimenes de las especies de fauna y MORDAZA silvestres incluidos en los Apendices I, II o III de la Convencion, que se reproducen en tierra incluyendo toda la Clase Anfibia y la MORDAZA acuatica emergente; Que, el articulo 23º del mencionado Reglamento dispone que las Autoridades Administrativas y Cientificas CITES-Peru estableceran cupos anuales de exportacion, entendiendose como tales a la cantidad MORDAZA de especimenes de las especies incluidas en los Apendices de la Convencion que pueden exportarse; Que, el literal m) del articulo 58º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, establece que la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA tiene como funcion ejercer la Autoridad Administrativa de la Convencion sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y MORDAZA Silvestres ­ CITES; Que, el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 0102009-AG senala que la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA ejerce las funciones y atribuciones como Autoridad Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA en el MORDAZA de lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1090 y sus modificatorias; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 023-2008INRENA del 18 de enero de 2008, se aprobo el Cupo Nacional de Exportacion de MORDAZA de la especie caoba (Swietenia macrophylla) para el ano 2008, en un numero MORDAZA de setecientos cincuenta y cinco (755) arboles considerando un coeficiente de perdida por defectos de origen natural del arbol en pie a MORDAZA rolliza en trozas igual al veintinueve por ciento (29%) y el coeficiente de rendimiento de MORDAZA rolliza a MORDAZA aserrada para todo uso igual al sesenta y siete por ciento (67%) (cincuenta y dos por ciento (52%) de MORDAZA comercial y quince por ciento (15%) de MORDAZA largo angosta de acuerdo a las series historicas de exportacion); Que, el articulo 3º de la Resolucion Jefatural Nº 075-2008-INRENA del 23 de marzo de 2008 establecio

como coeficientes de rendimiento de la especie caoba los siguientes: i) Coeficiente de perdida por defectos de origen natural del arbol en pie a MORDAZA rolliza en trozas igual al veintinueve por ciento (29%), y ii) Coeficiente de rendimiento de MORDAZA rolliza a MORDAZA aserrada para todo uso igual al cincuenta y dos por ciento (52%); Que, la Resolucion Jefatural Nº 097-2008-INRENA del 14 de MORDAZA de 2008 modifico la Resolucion Jefatural Nº 0232008-INRENA, variando el numero de arboles de setecientos cincuenta y cinco (755) a setecientos quince (715) y el coeficiente de rendimiento de MORDAZA rolliza a MORDAZA aserrada para todo uso de sesenta y siete por ciento (67%) a cincuenta y dos por ciento (52%), segun lo dispuesto por la Resolucion Jefatural Nº 0075-2008-INRENA; Que, mediante Memorandum Nº 663-2008-INRENAOAJ, de fecha 8 de MORDAZA de 2008, la Oficina de Asesoria Juridica del INRENA senala que MORDAZA de la vigencia de la Resolucion Jefatural Nº 097-2008-INRENA correspondia aplicar un rendimiento del sesenta y siete por ciento (67%) de MORDAZA rolliza a MORDAZA aserrada, por lo que la implementacion del rendimiento de cincuenta y dos por ciento (52%) debe de efectuarse al saldo exportable de cada POA resultante de las exportaciones realizadas durante el periodo de vigencia de la Resolucion Jefatural Nº 023-2008-INRENA; Que, el Informe Nº 002-2009-AG/DGFFS(DGEFFS) senala que durante el periodo de vigencia de la Resolucion Jefatural Nº 023-2008-INRENA, del 18 de enero al 14 de MORDAZA de 2008, se presentaron solicitudes de expedientes para el otorgamiento de permiso de exportacion CITES conteniendo guias de transporte forestal de cinco (05) planes operativos anuales, emitiendose hasta el 27 de marzo de 2008, nueve (9) permisos de exportacion CITES por un volumen total de mil cuatrocientos quince y 9073/10000 metros cubicos (1.415,9073 m3) aserrados de MORDAZA de la especie caoba; Que, asimismo senala que los volumenes de los mencionados planes operativos que estaban incluidos dentro del cupo nacional de exportacion de MORDAZA de la especie caoba (Swietenia macrophylla) para el ano 2008, habrian sido afectados debido a la aplicacion retroactiva de los coeficientes aprobados por la Resolucion Jefatural Nº 075-2008-INRENA; Que, en ese sentido, el antedicho Informe recomienda modificar el cuadro anexo a la Resolucion Jefatural Nº 097-2008-INRENA, con la finalidad de rectificar los saldos exportables; Que, el Informe Nº 050-2009-AG/DGFFS(DGEFFS), da cuenta del saldo del cupo nacional de exportacion de MORDAZA de la especie caoba (Swietenia macrophylla) del ano 2008, tomando en consideracion las modificaciones recomendadas en el Informe Nº 002-2009-AG/DGFFS(DGEFFS), luego de lo cual se advierte que existe un total de mil trescientos cincuenta y cinco y 6761/10000 metros cubicos (1.355,6761 m3) aserrados de MORDAZA de la especie caoba (Swietenia macrophylla) que aun no han sido exportadas; Que, asimismo, el referido informe indica que existe un total de setecientos quince y 4169/10000 metros cubicos (715,4169 m3) aserrados de MORDAZA de la especie caoba que no fueron incluidos dentro del cupo nacional de exportacion 2008 debido a una erronea interpretacion de la vigencia y aplicacion de la septima disposicion complementaria transitoria de la Ley Nº 27308; Que, el mencionado informe concluye que es procedente autorizar la incorporacion de los volumenes de MORDAZA senalados en el considerando precedente, asi como la ampliacion del plazo para la exportacion de los volumenes aprobados como parte del cupo nacional de exportacion de MORDAZA de la especie caoba del ano 2008; Que, el Informe Nº 263-2009-AG/DGFFS(DGEFFS) concluye que debe incorporarse un total MORDAZA de ciento treinta y seis (136) arboles de la especie caoba al mencionado cupo nacional, con lo cual el numero de individuos no sera mayor de ochocientos cincuenta y uno (851); Que, de acuerdo a la Resolucion Conf. 14.7 emitida en el MORDAZA de la Decimo Cuarta Reunion de la Conferencia de las Partes de la Convencion CITES realizada en La MORDAZA entre el 3 al 15 de junio de 2007, cualquier parte puede decidir excepcionalmente autorizar la exportacion en un ano de especimenes obtenidos en un ano anterior con arreglo al cupo correspondiente, siempre que el cupo para el ano en curso no aumente para incluir los especimenes del ano precedente; Que, ante la existencia de saldos del cupo nacional de exportacion de MORDAZA de la especie caoba (Swietenia

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