Norma Legal Oficial del día 14 de Mayo del año 2009 (14/05/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

395890

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2009

con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, para que atienda los gastos por concepto de inscripcion (S/. 441.00), de viaticos (siete dias: S/. 1 470.00) y pasajes terrestres Tumbes­Caracas (Venezuela)­Tumbes (S/. 1 134.00). La Oficina General de Personal y Capacitacion y la Oficina General de Administracion quedan encargadas del cumplimiento de lo aqui dispuesto. Dada en la MORDAZA de Tumbes, a los dieciseis dias de MORDAZA de dos mil nueve. Registrase y comunicase. MORDAZA MORDAZA LECARNAQUE Rector 347190-1

5º.- Transcribir la presente Resolucion Rectoral a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica y a la Contraloria General de la Republica, de acuerdo con la Directiva Nº 009-98-CG/INF aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 112-98-CG. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 346695-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Convocan al MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2010 en el ambito del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2009-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO MORDAZA REGIONAL DE LA REGION

Aceptan donacion dineraria que se destinara a la adquisicion de bienes muebles de la Oficina de Archivo Central de la Secretaria General de la UNMSM
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MORDAZA RESOLUCION RECTORAL Nº 01244-R-09 MORDAZA, 24 de marzo del 2009 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 01479-SG-09 de la Oficina de Archivo Central de la Secretaria General de la Universidad, sobre aceptacion de donacion de deposito. CONSIDERANDO:

Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Que el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA en sus articulos 277°, 278° y 279° MORDAZA las donaciones a favor de la Universidad; Que con Oficio Nº 043-SG-OAC-2009 del 02 de febrero del 2009, el Jefe de la Oficina de Archivo Central de la Secretaria General de la Universidad informa sobre la donacion en forma de deposito en el Banco Continental, Nº de cheque 22295, consistente en S/. 1,000.00 nuevos soles, efectuado por el Colegio Medico del Peru a traves de la Tesorera MORDAZA Otayza MORDAZA, que sera destinada a la Oficina de Archivo Central; Que la Direccion General de Administracion con Proveido s/n del 20 de febrero del 2009, emite opinion favorable; Que con Proveido s/n del 19 de febrero el Despacho Rectoral dispone que el dinero donado sera destinado para la compra de muebles o vitrinas que necesite la Oficina de Archivo Central de la Secretaria General de la Universidad; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al senor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA y sus modificatorias; SE RESUELVE: 1º.- Aceptar la donacion efectuada por el Colegio Medico del Peru, a traves de la Tesorera MORDAZA Otayza MORDAZA, consistente en el importe en deposito de S/. 1,000.00 (Un mil y 00/100 nuevos soles), mediante cheque Nº 22295 a la cuenta de ahorros Nº 000270019860 del Banco Continental, que sera destinada para la compra de muebles o vitrinas que necesite la Oficina de Archivo Central de la Secretaria General de la Universidad. 2º.- Expresar el agradecimiento de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA al Colegio Medico del Peru, por tan importante donativo. 3º.- Autorizar a la Tesoreria General de la Universidad para que expida el Certificado de Donacion correspondiente, a nombre del Colegio Medico del Peru. 4º.- Encargar a la Secretaria General de la Universidad, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. CONSIDERANDO: - Que, mediante Ley Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902, "Ley Organica de Gobiernos Regionales", articulo 45º, literal b), numerales 1. y 2. prescribe que las funciones de los Gobiernos Regionales se ejerceran con sujecion al ordenamiento juridico establecido por la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de Descentralizacion y demas leyes de la Republica; tal es asi que en el numeral 1, senala que es funcion normativa y reguladora del Gobierno Regional la elaboracion y aprobacion de normas de alcance regional regulando los servicios de su competencia. Y en el numeral 2, senala que es funcion de planeamiento disenar politicas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de la Descentralizacion; - Que, la Ley Nº 27783, "Ley de Bases de la Descentralizacion", senala en el articulo 17º, numeral 17.1) que: "Los gobiernos regionales y locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica. Para este efecto deberan garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la informacion publica, con las excepciones que senala la ley, asi como la conformacion y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertacion, control, evaluacion y rendicion de cuentas". Y en el articulo 20º, numeral 20.1) establece que: "Los gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados"; - Que, mediante Ley Nº 29289, "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2009", articulo 13º (Implementacion del Presupuesto Multianual de la Inversion Publica), numeral 13.1. prescribe: "El Presupuesto Multianual de la Inversion Publica regira a partir de la ejecucion del Presupuesto del Ano Fiscal 2009 y es de alcance, en una primera etapa, a las entidades del Gobierno Nacional y los

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.