Norma Legal Oficial del día 14 de Mayo del año 2009 (14/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2009

se paga S/. 13.76 (trece con 76/100 nuevos soles), monto que resulta elevado teniendo en consideracion el poder economico promedio de los habitantes del Distrito de El Agustino; es por ello que el Concejo, a fin de brindar comodidades a los administrados que asi lo requieran, debe acordar una rebaja sustancial sobre dicho concepto por un tiempo estimado de 60 dias; Que, de acuerdo al articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen, o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; y de conformidad con el articulo 9º numeral 9) de la citada MORDAZA, corresponde al concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, y con dispensa del tramite de Comisiones, lectura y de aprobacion del Acta, con el MORDAZA mayoritario de los Regidores aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE REBAJA EL COSTO DEL CARNE DE SANIDAD Articulo Primero.- REBAJAR por el termino de sesenta (60) dias contados a partir de la fecha, el costo por Carne de Sanidad, de S/. 13.76 (trece con 76/100 nuevos soles) a S/. 5.00 (cinco con 00/100 nuevos soles). Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; y a la Unidad de Participacion Vecinal, Prensa, Relaciones Publicas y Protocolo su correspondiente difusion masiva. POR TANTO Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 346854-1

y asimismo ofrecer un espectaculo artistico de danzas tipicas a la comunidad Agustiniana; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Art. 9 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con el MORDAZA MAYORITARIO de los regidores, aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE INSTITUCIONALIZA EL FESTIVAL "AGUSTIDANZA" EN EL DISTRITO DE EL MORDAZA Articulo Primero.INSTITUCIONALIZAR EL FESTIVAL "AGUSTIDANZA" EN EL DISTRITO DE EL MORDAZA, a realizarse todos los anos, en la modalidad de Danzas Tipicas de Nuestro Peru. Articulo Segundo.- Podran participar talleres, Asociaciones Culturales, Agrupaciones folcloricas en general, Organizaciones Sociales de Base, Organizaciones Juveniles del Distrito, ninos y/o jovenes que no formen ningun grupo cultural ni juvenil. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Desarrollo Humano y a la Unidad de Participacion Vecinal, Prensa, Relaciones Publicas y Protocolo, el debido cumplimiento y Difusion de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" y poner en conocimiento a las demas oficinas de esta Municipalidad para su debido cumplimiento; y a la Unidad de Participacion Vecinal, Prensa, Relaciones Publicas y Protocolo su correspondiente difusion masiva. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 346857-1

Institucionalizan el "Agustidanza" en el distrito
ORDENANZA Nº 415-MDEA El MORDAZA, 5 de marzo de 2009

Festival

Aprueban amnistia para la licencia de construccion para las construcciones mediante el Programa de Techo Propio, terreno o aires independizados y mejoramiento de viviendas
ORDENANZA Nº 416-MDEA El MORDAZA, 19 de marzo de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO, en sesion ordinaria de la fecha, el Pedido Nº 01-CDU-2009-MDEA, presentado por la Comision Permanente de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 054-2002VIVIENDA, se declaro de utilidad publica la creacion y desarrollo del Proyecto "Techo Propio" el cual estara bajo el ambito del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento disponiendo que la administracion de sus fondos este a cargo del Fondo Hipotecario de Promocion de Vivienda ­ Fondo MI VIVIENDA; Que, mediante Ley Nº 28210, Ley que modifica la creacion del MORDAZA Familiar Habitacional (BFH) de la Ley Nº 27829, como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda y Saneamiento que se otorga una sola vez a los beneficiarios con criterio de utilidad publica, sin cargo a restitucion por parte de estos, y que constituye

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO, en sesion ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 01-2008-CPSC-MDEA, presentado por la Comision Permanente de Desarrollo Humano; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, el articulo 73º numeral 2.4 de la Ley Organica de Municipalidades, MORDAZA que en servicios publicos locales, las municipalidades tienen competencia en "programas sociales, defensa y promocion de derechos ciudadanos; Asimismo, la Municipalidad aprobo en el Presupuesto Participativo 2009 el Proyecto "Promover y Fomentar Valores Artisticos en los Jovenes Agustinianos", que desarrollara cuatro (4) FESTIVALES durante todo el ano 2009; Asimismo la Municipalidad Distrital de El MORDAZA, de acuerdo a sus politicas culturales, se propone reforzar la identidad nacional mediante la practica del arte tradicional,

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