Norma Legal Oficial del día 15 de Mayo del año 2009 (15/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395963

Regionales, y con su complementaria Resolucion Nº 3632008.GR.LAMB/PR, de fecha 09 de octubre del 2008, en la que se resuelve delegar con eficacia anticipada a partir del 17 de enero del 2008, a la Direccion Regional de Energia, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional de MORDAZA, las competencias establecidas en los incisos a), c), d), f), g) y h) del articulo 59° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 278667, Ley Organica de los Gobiernos Regionales; y, De conformidad con el Articulo 124º del D.S Nº 01492-EM­TUO de la Ley General de Mineria, el Articulo 24º del D.S. Nº 018-92-EM ­ Reglamento de Procedimientos Mineros y el inciso n) del Articulo 10º del D.S. Nº 0842007-EM; Con la Visacion de la Oficina de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Lambayeque; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano las Concesiones Mineras cuyos titulos fueron aprobados en los meses de agosto, noviembre y diciembre del 2008, A) NOMBRE DE LA CONCESION;B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION JEFATURAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS y COORDENADAS UTM DE AREAS A RESPETAR; siendo estos los siguientes: 1.- A) MORDAZA I; B) 01-05726-07; C) MORDAZA MORDAZA FIGUEROA; D) RDRS Nº 133-2008GR.LAMB/DREMH 22/08/2008; E) 17; F) V1: N9279 E649 V2: N9277 E649 V3: N9277 E647 V4: N9281 E647 V5: N9281 E645 V6: N9282 E645 V7: N9282 E648 V8: N9279 E648 2.- A) RETOS III; B) 64-0000908; C) CONSTRUCTORA OLFRA S.A.C; D) RDRS Nº 220-2008-GR.LAMB/DREMH 28/11/2008; E) 17; F) V1: N9246 E673 V2: N9246 E675 V3: N9245 E675 V4: N9245 E673 3.- A) RETOS IV; B) 64-00011-08; C) CONSTRUCTORA OLFRA S.A.C; D) RDRS Nº 221-2008GR.LAMB/DREMH 28/11/2008; E) 17; F) V1: N9340 E642 V2: N9340 E643 V3: N9339 E642 V4: N9339 E643 4.- A) LUFRAO II; B) 64-00007-08; C) NEGOCIOS SERVICIOS Y TRANSPORTES JVC E.I.R.L.; D) RDRS Nº 222-2008GR.LAMB/DREMH 28/11/2008; E) 17; F) V1: N9257 E664 V2: N9257 E666 V3: N9256 E666 V4: N9256 E664 5.A) MORDAZA MORDAZA MORDAZA IV; B) 64-00018-08; CONSTRUCTORA OLFRA S.A.C; D) RDRS Nº 227-2008GR.LAMB/DREMH 09/12/2008; E) 17; F) V1: N9328 E659 V2: N9328 E658 V3: N9324 E658 V4: N9324 E659 6.- A) LUFRAO VI; B) 64-00016-08; C) NEGOCIOS SERVICIOS Y TRANSPORTES JVC E.I.R.L.; D) RDRS Nº 228-2008GR.LAMB/DREMH 09/12/2008; E) 17; F) V1: N9324 E657 V2: N9324 E658 V3: N9323 E658 V4: N9323 E660 V5:9322 E657 V6: N9322 E660 7.- A) LUFRAO VII; B) 6400019-08; C) NEGOCIOS SERVICIOS Y TRANSPORTES JVC E.I.R.L.; D) RDRS Nº 230-2008-GR.LAMB/DREMH 11/12/2008; E) 17; F) V1: N9328 E660 V2: N9327 E660 V3: N9327 E661 V4: N9326 E661 V5: N9326 E659 V6: N9328 E659 8.- A) MORDAZA TRES; B) 64-00020-08; C) MORDAZA MORDAZA PELLA RIVADENEYRA; D) RDRS Nº 241-2008-GR.LAMB/DREMH 16/12/2008; E) 17; F) V1: N9246 E692 V2: N9246 E694 V3: N9244 E694 V4: N9244 E692 9.- A) MORDAZA CUATRO; B) 64-0002108; C) MORDAZA MORDAZA PELLA RIVADENEYRA; D) RDRS Nº 242-2008-GR.LAMB/DREMH 16/12/2008; E) 17; F) V1: N9243 E693 V2: N9243 E695 V3: N9241 E695 V4: N9241 E693 10.- A) RETOS IX; B) 64-0002308; C) CONSTRUCTORA OLFRA S.A.C.; D) RDRS Nº 243-2008-GR.LAMB/DREMH 16/12/2008; E) 17; F) V1: N9338 E645 V2: N9336 E645 V3: N9336 E644 V4: N9338 E644. Registrese y publiquese. NORBIL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional Direccion Regional de Energia, Minas e Hidrocarburos 347792-1

GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Aprueban Plan Regional de Operaciones de Emergencia (PROE)
ORDENANZA REGIONAL Nº 210-2009-G.R.PASCO/CR Cerro de Pasco, 25 de marzo de 2009 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, la Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, Ley Organica de los Gobiernos Regionales Ley, 27867 modificado por las Leyes Nº 27902, 27867, 28968, 28961, 2905; en Sesion Ordinaria del Consejo Regional de fecha veinticinco de marzo de dos mil nueve, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 191º de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 en concordancia con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de los Gobiernos Regionales, estos emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, es mision de los Gobiernos Regionales "organizar y conducir la Gestion Publica Regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo sostenible de la Region"; en merito a lo dispuesto en el articulo 5º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Que, dentro de las funciones en materia de defensa civil es la de: "organizar y ejecutar acciones de prevencion de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitacion de las poblaciones afectadas"; en merito al inciso c) articulo 61º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ademas, en materia de poblacion senala: "Formular, coordinar y supervisar estrategias que permitan controlar el deterioro ambiental y salud en las ciudades y a evitar el poblamiento en zonas de riesgo para la MORDAZA y la salud, en coordinacion con los Gobiernos Locales, garantizando el pleno respeto de los derechos constitucionales de las personas", en merito a lo dispuesto en el inciso f) del articulo 50º de la ley en mencion; Que, mediante del Decreto Ley Nº 19338 Ley del Sistema de Defensa Civil y sus normas modificatorias Decretos Legislativos Nos. 442, 735 y 905, se crea el Sistema de Defensa Civil, como parte integrante de la Defensa Nacional, con la finalidad de proteger a la poblacion, previniendo danos, proporcionando ayuda oportuna y adecuada, y asegurando su rehabilitacion en caso de desastres o calamidades de toda indole, cualquiera que sea su origen; y mediante la Ley Nº 25414 y el Decreto de Urgencia Nº 049-200 se crea el Sistema Nacional de Defensa Civil (SINADECI) como parte integrante de la Defensa Nacional con los mismos objetivos de la Ley del Sistema de Defensa Civil; Que, por Decreto Supremo Nº 001-A-2004-DESG, se aprueba el Plan Nacional de Prevencion y Atencion de Desastres el mismo que tiene como fin establecer Objetivos, Estrategias y Programas

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