Norma Legal Oficial del día 10 de Noviembre del año 2009 (10/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, martes 10 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

405881

VISTO: El Expediente Nº 2009030857 presentado por Apoyo Consultoria S.A.C. y el Informe Interno N° 0574-2009EF/94.06.3, del 19 de octubre de 2009, de la Direccion de Emisores. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV N° 027-2007EF/94.10, se establecio que se encuentran facultadas para actuar como entidades estructuradoras, entre otras, aquellas personas juridicas constituidas en el MORDAZA que obtengan autorizacion de CONASEV para realizar dicha actividad; Que, el 02 de octubre de 2009, Apoyo Consultoria S.A.C., solicito autorizacion para actuar como entidad estructuradora en el MORDAZA de valores; Que, del analisis de la documentacion presentada por Apoyo Consultoria S.A.C. para obtener la autorizacion solicitada, se ha determinado que dicha sociedad ha cumplido con los requisitos a que se refiere el articulo 1 de la Resolucion CONASEV N° 027-2007-EF/94.10. Que, el articulo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV establece que las resoluciones administrativas referidas a las autorizaciones emitidas por CONASEV en el ejercicio de las atribuciones previstas en la Ley, normadas dentro de su ambito de supervision y control deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por la Resolucion CONASEV N° 034-2007-EF/94.10; la Resolucion Gerencia General N° 061-2007-EF/94.11; el articulo 2 de la Resolucion CONASEV N° 027-2007-EF/94.10 y el literal q) del articulo 36 del Reglamento de Organizacion y Funciones de CONASEV. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a Apoyo Consultoria S.A.C. para actuar como entidad estructuradora en el MORDAZA de valores. Articulo 2°.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en Internet. Articulo 3°.- Transcribir la presente resolucion a Apoyo Consultoria S.A.C. Registrese, comuniquese y publiquese. YVONKA MORDAZA MORDAZA Directora de Emisores

Visto en sesion de fecha 28 de octubre de 2009 de la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente Nº 854.2009.TC, sobre el procedimiento de aplicacion de sancion a la empresa REPRESENTACIONES PARA EL DESARROLLO PESQUERO S.A.C. por no mantener su oferta hasta el otorgamiento de la buena pro derivado de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0001-2008MPT/CE-SIP-PCA, convocada por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TAYACAJA para la "Adquisicion de Alimentos para el Programa de Complementacion Alimentaria de la Entidad"; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 08 de setiembre de 2008, la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TAYACAJA, en lo sucesivo la Entidad, convoco la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2008MPT/CE-SIP-PCA (derivada de la Adjudicacion Directa Publica por Subasta Inversa Presencial Nº 001-2008-MPT/ CE-SIP-PCA), para la "Adquisicion de Alimentos para el Programa de Complementacion Alimentaria de la Entidad", con un valor referencial total ascendente a la suma de S/. 60, 820.90 (Sesenta mil ochocientos veinte con 90/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas (IGV). 2. Con fecha 18 de setiembre de se realizo el acto publico de puja y otorgamiento de la buena pro, obteniendose el resultado que se indica a continuacion:
Postores INVERSIONES FRANDY E.I.R.L. PRO PERU ASOCIACION DE PROCESADORES Propuesta Inicial S/. 7.00 7.00 Puja Inicial 6.68 Desiste Puntos 100.00 98.00

En consecuencia, se otorgo la buena pro al postor INVERSIONES FRANDY E.I.R.L., cuya propuesta economica ascendio a la suma de S/. 59,604.48 (Cincuenta y nueve mil seiscientos cuatro con 48/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas (IGV). 3. Mediante escritos de fechas 23 y 25 de setiembre de 2008 presentados ante la Oficina Desconcentrada de CONSUCODE ubicada en la MORDAZA de Huancayo, e ingresados en Mesa de Partes del Tribunal el 26 de setiembre de 2008, la empresa REPRESENTACIONES PARA EL DESARROLLO PESQUERO S.A.C., en lo sucesivo el Impugnante, interpuso recurso de apelacion contra la descalificacion de su propuesta tecnica y el otorgamiento de la buena pro a favor del postor INVERSIONES FRANDY E.I.R.L., sustentando su recurso impugnativo con los siguientes argumentos: a) Indebidamente, el Comite Especial lo descalifico aduciendo, al efecto, que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA habia participado en un anterior MORDAZA de seleccion y que se habia desistido. b) Al respecto, preciso que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no es su apoderado ni su accionista, no existiendo vinculacion economica alguna, razon por la que no debio descalificarsele del MORDAZA de seleccion, MORDAZA si se considera que no se encuentra incurso en alguna de las causales de impedimento para ser postor previstas en la Ley. 4. El 29 de setiembre de 2008, el Tribunal admitio a tramite el recurso de apelacion interpuesto por el Impugnante, emplazando a la Entidad para que remita los antecedentes administrativos correspondientes al MORDAZA de seleccion. 5. Mediante Oficio Nº 055-2008-GAF-MPT de fecha 09 de octubre de 2008, la Entidad remitio los antecedentes administrativos. 6. Mediante decreto de fecha 13 de octubre de 2008, se requirio a la Entidad que remita un informe en el que detalle secuencialmente los hechos que se produjeron en el acto publico de lances, pujas y otorgamiento de la buena pro, debiendo pronunciarse sobre los argumentos expuestos en el Informe Nº 019-2008-MPT/CE-SIP-PCA, suscrito por el Presidente del Comite Especial y dirigido al MORDAZA de la Entidad; asimismo, se requirio al Notario Publico de Tayacaja --Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Brena-- comunique si la empresa REPRESENTACIONES PARA EL DESARROLLO PESQUERO SOCIEDAD ANONIMA CERRADA retiro voluntariamente su sobre de habilitacion MORDAZA de la etapa de lances y pujas de la Adjudicacion Directa Selectiva por Subasta Inversa Presencial Nº 0012008-MPT/CE-SIP-PCA (Segunda Convocatoria).

416805-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Sancionan a Representaciones para el Desarrollo Pesquero S.A.C. con inhabilitacion temporal para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 2311-2009-TC-S1
Sumilla: El articulo 20 del Reglamento de Subasta Inversa Presencial senala que el sobre de habilitacion debe contener la Declaracion Jurada a que se refiere el literal d) del articulo 76 del Reglamento de la LCAE, la cual establece que el Postor se compromete a mantener su oferta durante el MORDAZA de seleccion y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la buena pro.

MORDAZA, 29 de octubre de 2009

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