Norma Legal Oficial del día 16 de Noviembre del año 2009 (16/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, lunes 16 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES
FLOTA OPERATIVA :

406097
Cuatro (04) omnibus de placa de rodaje VI-2691 (2008), VI-2692 (2008), VI-2909 (2008), VI-2910 (2008) Un (01) omnibus de placa de rodaje VI-2993 (2008) Dos (02) diarias Salida de MORDAZA, a las 15:00 y 16:00 horas. Salida de Puerto MORDAZA, a las 15:00 y 16:00 horas.

publico"; en consecuencia, levanta la observacion en este extremo. d) Por otro lado, La Empresa presento el medio probatorio indicado en el literal b) del tercer considerando de la presente Resolucion a efectos de levantar la observacion senalada en el literal e) del primer considerando de la presente. Al respecto, debemos de senalar que, de la lectura del citado documento se advierte la voluntad por parte del Terminal Terrestre de la Municipalidad Provincial de MORDAZA de ceder sus instalaciones a efectos de que La Empresa lo utilice para la venta de pasajes, embarque y desembarque; asimismo, la Resolucion Viceministerial Nº 105-2009MTC/02 de fecha 20 de febrero de 2009 senala que: "(...) el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en su literal f) del Procedimiento Nº 21 ­ Otorgamiento de Concesion de Ruta para Transporte Interprovincial de pasajeros de Ambito Nacional correspondiente a la Direccion General de Transporte Terrestre (...) dicho cuerpo normativo, no senala un documento o documentos especificos que deban de presentar los administrados para acreditar el uso futuro de un terminal terrestre habilitado por la autoridad competente (...)";. Por otro lado, de la revision del Registro Nacional de Transporte Terrestre de Personas se advierte que el Terminal Terrestre de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, se encuentra habilitado por la Direccion General de Transporte Terrestre, el mismo que se encuentra ubicado en Via Evitamiento Nº 429 ­ MORDAZA ­ Cusco. En consecuencia, en atencion a lo MORDAZA expuesto y en aplicacion al MORDAZA de Informalismo establecido en el numeral 1.6 del Articulo IV de la Ley de Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, La Empresa ha levantado la presente observacion. Que, el mencionado informe concluye que La Empresa ha subsanado todas las observaciones contenidas en la Resolucion Directoral Nº 2652-2009-MTC/15 de fecha 10 de agosto de 2009; Que, son aplicables al presente caso los Principios de Informalismo, Eficacia, Presuncion de Veracidad y Privilegio de Controles Posteriores, establecidos en el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444; Que, por lo expuesto procede declarar fundado el presente recurso de reconsideracion; en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 208º de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 0092004-MTC y sus modificatorias, la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ­ Ley Nº 29370, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC y la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la empresa EXPRESO MACHUPICCHU S.A. - EXPRESO MAPI S.A., contra la Resolucion Directoral Nº 2652-2009-MTC/15 de fecha 10 de agosto de 2009; en consecuencia, otorgar a favor de la citada empresa la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: MORDAZA ­ Puerto MORDAZA y viceversa por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: ORIGEN DESTINO ITINERARIO : : : MORDAZA PUERTO MORDAZA Urcos ­ Ocongate Marcapata - Quince Mil Mazuco Cinco (05) omnibus

FLOTA DE RESERVA : FRECUENCIA HORARIOS : :

Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre el registro de la presente autorizacion en el Registro Nacional de Transporte de Personas, y la expedicion de las Tarjetas Unicas de Circulacion de las unidades de placas de rodaje Nºs. VI-2691 (2008), VI-2692 (2008), VI-2909 (2008), VI-2910 (2008) y VI-2993 (2008). Articulo Tercero.- La presente Resolucion debera ser publicada por la empresa EXPRESO MACHUPICCHU S.A. - EXPRESO MAPI S.A., en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha en que la autoridad competente expidio la orden de publicacion. Articulo Cuarto.La empresa EXPRESO MACHUPICCHU S.A. - EXPRESO MAPI S.A., iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo mencionado en este articulo o de no cumplir con efectuar la publicacion de la presente autorizacion conforme al plazo senalado en el articulo anterior, se declarara la caducidad de la concesion interprovincial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 421918-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural de OSINERGMIN
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 215-2009-OS/CD MORDAZA, 10 de noviembre de 2009 VISTO: El Memorando N° GFGN/ALGN-1038-2009, de la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural de OSINERGMIN. CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido en el inciso c) del articulo 3° de la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios

FLOTA VEHICULAR

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