Norma Legal Oficial del día 19 de Noviembre del año 2009 (19/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de noviembre de 2009

Que, el articulo 2° del Reglamento de la Ley N° 29163 establece, entre otros aspectos, que para la instalacion y operacion de las Plantas Petroquimicas, los interesados deberan cumplir con obtener las autorizaciones correspondientes de las autoridades competentes, previo cumplimiento de las normas de seguridad, ambientales y de operacion, y supletoriamente las normas internacionales debidamente reconocidas, por lo que las declaraciones contenidas en la Resolucion Ministerial N° 443-2009-MEM/DM no aprueban la instalacion ni las operaciones de Plantas Petroquimicas; De conformidad con lo establecido en el literal b) del articulo 6° del Decreto Ley N° 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas; y el literal h) del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa de la ciudadana austriaca MARIEM LABIDI, formulado por la Primera Sala Penal con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito contra la Salud Publica ­ Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado Peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica Checa, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 1°.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la Municipalidad Distrital de Alto MORDAZA, de la Provincia y Region MORDAZA, asi como por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el acto administrativo contenido en la Resolucion Ministerial N° 443-2009-MEM/ DM por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- CONFIRMAR en todos sus extremos la Resolucion Ministerial N° 443-2009-MEM/DM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 424848-1

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VALDIVIESO Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 424851-34 RESOLUCION SUPREMA Nº 260-2009-JUS MORDAZA, 18 de noviembre de 2009

JUSTICIA
Acceden a pedidos de extradicion activa de presuntas responsables de la comision de delito de trafico ilicito de drogas y disponen su MORDAZA a la Republica Checa y al Reino de Espana
RESOLUCION SUPREMA Nº 259-2009-JUS MORDAZA, 18 de noviembre de 2009 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 110-2009/COE-TC del 26 de octubre de 2009, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica Checa, de la ciudadana austriaca MARIEM LABIDI, formulada por la Primera Sala Penal con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 6 de octubre de 2009, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, declaro procedente la solicitud de extradicion activa de la ciudadana austriaca MARIEM LABIDI, por la presunta comision del Delito contra la Salud Publica ­ Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado Peruano (Expediente Nº 79-2009); Que, mediante el Informe Nº 110-2009/COE-TC del 26 de octubre de 2009, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, la Convencion de las Naciones Unidas contra el Trafico Ilicito de Estupefacientes y Sustancias Sicotropicas suscrita en MORDAZA el 20 de diciembre de 1988 y lo dispuesto en el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 0162006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros;

VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 111-2009/ COE-TC del 27 de octubre de 2009, sobre la solicitud de extradicion activa al Reino de Espana, de la ciudadana peruana MORDAZA MORDAZA MORDAZA GROSSO, formulada por la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 21 de octubre de 2009, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, declaro procedente la solicitud de extradicion activa de la ciudadana peruana MORDAZA MORDAZA MORDAZA GROSSO, por la presunta comision del Delito contra la Salud Publica­Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado Peruano (Expediente Nº 83-2009); Que, mediante el Informe Nº 111-2009/COE-TC del 27 de octubre de 2009, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y el Reino de Espana suscrito en MORDAZA el 28 de junio de 1989 y lo dispuesto en el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa de la ciudadana peruana MORDAZA MORDAZA MORDAZA GROSSO, formulado por la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito contra la Salud Publica­ Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado Peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Reino de Espana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso.

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