Norma Legal Oficial del día 19 de Noviembre del año 2009 (19/11/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

406205

"Articulo 287º.- La comparecencia restrictiva (...) 4. El juez podra imponer la prohibicion de comunicarse o aproximarse a la victima o a aquellas personas que determine, siempre que ello no afecte el derecho de defensa." DISPOSICIONES FINALES PRIMERA.- Vigencia de los articulos 210º, numeral 4, y 213º del Codigo Procesal Penal aprobado por Decreto Legislativo num. 957 (2004) Los articulos 210º, numeral 4, y 213º del Codigo Procesal Penal aprobado por Decreto Legislativo num. 957 (2004) entraran en vigencia a nivel nacional a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente norma. SEGUNDA.- Adecuacion del Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA, Codigo de MORDAZA Dentro del plazo de treinta (30) dias, contados a partir de la publicacion de la presente Ley, el Poder Ejecutivo adecuara el Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA, Codigo de MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo num. 016-2009-MTC, a los alcances de la presente Ley. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de noviembre de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de noviembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 424851-5

Articulo 2º.- Ambito de aplicacion La presente Ley se aplicara a los Sistemas de Pagos y de Liquidacion de Valores, a las Entidades Administradoras de los Sistemas, a los Participantes en ellos, al Agente Liquidador, a las garantias que se constituyan en el MORDAZA del Sistema, asi como a las entidades que les prestan soporte tecnologico. Asimismo, se aplicara, en los terminos que la Ley precisa, a los Acuerdos de Pagos y Acuerdos de Liquidacion de Valores que no hayan sido reconocidos como Sistemas de Pagos o de Liquidacion de Valores. Articulo 3º.- Definiciones Los terminos que se mencionan a continuacion tendran el significado que en cada caso se indica: a) Acuerdo de Pago: Acuerdos o procedimientos para transferir fondos entre sus participantes, en las que intervengan como minimo tres entidades, siendo al menos una de ellas una empresa del sistema financiero. Esta definicion no esta referida a los servicios bancarios y financieros que las citadas entidades ofrecen a sus clientes. b) Acuerdo de Liquidacion de Valores: Acuerdos y procedimientos que tengan por objeto principal la confirmacion, compensacion y liquidacion de operaciones con valores, en los que intervengan como minimo tres entidades. c) Agente Liquidador: Institucion a traves de la cual se efectua el MORDAZA de liquidacion de fondos en los Sistemas de Pagos y de Liquidacion de Valores. d) Banco Central: Banco Central de Reserva del Peru. e) Circulares: Instrumentos juridicos a traves de los cuales el Banco Central emite regulacion. f) CONASEV: Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores. g) Compensacion o neteo: MORDAZA mediante el cual se sustrae del conjunto de derechos de cada Participante las obligaciones que mantiene con los demas Participantes, que provienen de la ejecucion de Ordenes de Transferencia de Fondos o de Valores, aceptadas por el Sistema para un determinado periodo de Compensacion. Los derechos y obligaciones se sustituyen por un unico derecho o por una unica obligacion (saldo neto resultante). La compensacion se efectua de conformidad con las normas de funcionamiento del Sistema. h) Empresas de Servicios de Canje y Compensacion: Personas juridicas dedicadas exclusivamente a la prestacion de servicios de canje y compensacion de cheques y de otros instrumentos de pago, cursados a traves de las empresas del sistema financiero. El Banco Central puede tambien dar servicio de canje y compensacion. i) Entidad Administradora: Persona juridica que gestiona un Sistema de Pagos o de Liquidacion de Valores con arreglo a la presente Ley y a las normas especiales que la regulan. j) Garantia:Activo realizable, incluido el dinero, afectado juridicamente para asegurar el cumplimiento de las obligaciones de los Participantes en un Sistema de Pagos o de Liquidacion de Valores, derivadas de la ejecucion de Ordenes de Transferencia de Fondos o de Valores y de los saldos netos resultantes de su Compensacion. k) Instrumento de Pago: Instrumento que tiene por objeto efectuar un pago (como las transferencias de creditos) o requerirlo (como los cheques, debitos directos, letras de cambio, cuotas de creditos). l) Liquidacion: MORDAZA mediante el cual se cumple definitivamente con las obligaciones provenientes de las Ordenes de Transferencia Aceptadas o de los saldos netos resultantes de su Compensacion, de acuerdo con las normas de funcionamiento del Sistema. En el Sistema de Pagos, la liquidacion consiste en el traslado de fondos (cargos y abonos) entre las cuentas de los Participantes; en el Sistema de Liquidacion de Valores, la liquidacion consiste en el cargo y abono de valores y de los fondos respectivos en las cuentas de los titulares o Participantes.

LEY Nº 29440
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE LOS SISTEMAS DE PAGOS Y DE LIQUIDACION DE VALORES
Articulo 1º.- Objeto de la Ley El objeto de la presente Ley es: (i) establecer el regimen juridico de los Sistemas de Pagos y de Liquidacion de Valores de importancia sistemica. La finalidad y funcion de los mismos es la ejecucion de Ordenes de Transferencia de Fondos y de Valores; y, (ii) complementar el regimen juridico de los creditos que otorga el Banco Central para fortalecer la liquidez de los Sistemas de Pagos.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.