Norma Legal Oficial del día 19 de Noviembre del año 2009 (19/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

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por Resoluciones Jefaturales Nos. 126 y 173-2009-J/ ONPE, respectivamente; para desempenar el cargo de confianza de Subgerente de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, mediante Memorando N° 1075-2009-OGPP/ ONPE la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto comunica que existen los recursos presupuestarios necesarios para la cubrir la plaza N° 052, correspondiente al cargo de confianza MORDAZA citado; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 6º de la Ley N° 27594, todas las resoluciones de designacion o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza, surten efecto a partir del dia de su publicacion en el diario Oficial El Peruano, salvo disposicion en contrario de la misma que postergue su vigencia; En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 13° de la Ley N° 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, y los literales q) y bb) del articulo 9° de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado y modificado por Resoluciones Jefaturales Nºs. 073 y 163-2009-J/ONPE; Con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina General de Administracion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA en el cargo de confianza de Subgerente de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, correspondiente a la plaza N° 052 del Cuadro para Asignacion de Personal. Articulo Segundo.- La designacion efectuada a traves del articulo precedente, surtira efecto a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional, www.onpe.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MADGALENA CHU MORDAZA Jefa Oficina Nacional de Procesos Electorales 423970-1

una Oficina de Registro de Estado Civil. Asimismo, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el Articulo 262° del Codigo Civil senala que este se tramita y celebra ante un Comite Especial, el que debe estar constituido por la autoridad educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquia de la respectiva comunidad, el cual sera presidido por el directivo de mayor jerarquia; Que, la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, a traves de los Informes de la referencia senala que las Comunidades Nativas de Puerto MORDAZA, Shahuaya, Diobamba y MORDAZA Paraiso, han presentado Acta de Conformacion de Comite Especial, a que se refiere el considerando precedente, conforme a la legislacion vigente; Que, las Oficinas Registrales que funcionan en las Comunidades Nativas a que se refieren los informes del visto, han formalizado sus respectivos expedientes de regularizacion de Oficina Registral, los mismos que se encuentran debidamente visados por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, por lo que corresponde la aprobacion de la delegacion de funciones, que establezca la vinculacion funcional respectiva; Que, el numeral 4.4 del articulo 4º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, faculta a las entidades de la Administracion Publica a integrar en un solo documento bajo una misma motivacion varios actos de la misma naturaleza, siempre que se individualice a sus destinatarios; Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles y en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497, y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Articulo 44° de la Ley N° 26497, asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en:
COMUNIDAD MORDAZA Puerto MORDAZA Shahuaya Diobamba MORDAZA Paraiso DISTRITO Tahuania Tahuania Tahuania Tahuania PROVINCIA Atalaya Atalaya Atalaya Atalaya DEPARTAMENTO Ucayali Ucayali Ucayali Ucayali

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en Comunidades Nativas y Centro Poblado de los departamentos de Ucayali y Pasco
RESOLUCION JEFATURAL N° 763-2009-JNAC/RENIEC MORDAZA, 17 de noviembre de 2009 VISTOS: los Informes N°s. 337, 338, 339 y 341-2009/ SGIRC/GRC/RENIEC emitidos por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles y el Informe N° 108-2009GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, el cual regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas, y acorde con ello el Articulo 11º de la misma MORDAZA, precisa que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procedimiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, el Articulo 20° del Decreto Ley N° 22175, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber

Articulo 2°.- Los Jefes de las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Comunidades Nativas mencionadas en el articulo precedente, quedan encargados de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proporcionara los libros de nacimiento matrimonio y defuncion, a las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Comunidades Nativas cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; asi como tambien correspondera a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a estas, a fin que los procedimientos registrales que realicen MORDAZA efectuados en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 424490-1 RESOLUCION JEFATURAL N° 764-2009-JNAC/RENIEC MORDAZA, 17 de noviembre de 2009 VISTOS: el Informe N° 000321-2009/SGIRC/GRC/ RENIEC emitido por la Sub Gerencia de Integracion de

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