Norma Legal Oficial del día 19 de Noviembre del año 2009 (19/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

406277

dicta las normas referidas al comercio informal en la via publica del distrito de San MORDAZA de Miraflores, prescribiendose en su articulo 3º literal a) que el Comercio Informal es la actividad economica que se desarrolla en MORDAZA Feriales o en areas reguladas y autorizadas por la Municipalidad Distrital en la via publica de su jurisdiccion, ya que todo comercio informal como son las ferias (Campo Ferial) se realizan en la via publica, no se puede categorizar el termino "ambulante" como una figura o supuesto irregular o no distinto del comercio informal previsto en la ley, si en el Reglamento sobre la materia dictado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA se puede colegir que el Comercio Ambulatorio es sinonimo del Comercio Informal en la via Publica; Que, la Constitucion Politica del Estado consagra el derecho de toda persona al trabajo, siendo prioridad del Estado brindar oportunidades a los sectores de la poblacion que no tienen las mismas condiciones para constituir una empresa, por lo que constitucionalmente es valido restringir hasta el derecho al libre MORDAZA sobre una via publica cuando exista un derecho o un bien juridico cuya atencion es prioritaria atender, como resulta ser el derecho al trabajo; Que, habiendose determinado que puede otorgarse, dentro del MORDAZA constitucional y legal, autorizaciones para la instalacion del comercio informal (ambulatorio) en la via publica, cabe precisar que la instalacion de los MORDAZA Feriales, no tiene que vulnerar los derechos de libre MORDAZA, exposicion a peligro y seguridad, por lo que la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, a traves de la SubGerencia de Obras Privadas Defensa Civil y Catastro, debera evaluar tecnicamente previo al otorgamiento de la autorizacion; Que, de conformidad con lo prescrito en los articulos 9º numerales 8) y 9) y 40º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA por MAYORITARIO de los Senores Regidores, y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente Ordenanza: FACILIDADES PARA EL DESARROLLO DEL COMERCIO INFORMAL EN LAS ZONAS LIMITROFES DE NUESTRO DISTRITO, SIENDO FRONTERAS MORDAZA EN DEFENSA DE NUESTROS LIMITES TERRITORIALES Articulo 1º.- MODIFICAR E INCLUIR AL Articulo 8º DE LA ORDENANZA Nº 002-97-MDSJM, el cual quedara redactado de la siguiente manera: Articulo 8º.- El comercio en la via publica solo podra ser ejercido en el lugar o ubicacion que autoriza la Municipalidad, a traves de la Gerencia de Desarrollo Economico Local, incluyendo como MORDAZA permitida para el comercio informal la MORDAZA de los limites territoriales de San MORDAZA de Miraflores, creado por la Ley No. 15382, siendo los Comerciantes informales organizados y reconocidos como tales por esta Corporacion Municipal, quienes obtendran sus autorizaciones siempre que se encuentren dentro de la jurisdiccion de San MORDAZA de Miraflores, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el MORDAZA y el pago de las tasas correspondientes. Articulo 2º.- DE LA VIGENCIA: La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encarguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Economico y la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, sub Gerencia de Obras Privadas, Defensa Civil y Catastro el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Deroguense todas las disposiciones administrativas que contravengan la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 424305-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Amplian alcances de la Ordenanza Nº 229-MDSMP en favor de asentamientos humanos del distrito
ORDENANZA Nº 282-MDSMP San MORDAZA de Porres, 12 de noviembre del 2009 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 12.NOVIEMBRE.2009, bajo la presidencia del senor MORDAZA Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con el quorum reglamentario de los senores Regidores, se trato sobre el Dictamen Nº 112009-CPUT/MDSMP de la Comision de Planificacion MORDAZA y Transporte que recomienda la ampliacion de los alcances de la Ordenanza Nº 229-MDSMP; y CONSIDERANDO: Que, en Sesion Ordinaria de la fecha se trato y debatio el Dictamen Nº 11-2009-CPUT/MDSMP de la Comision de Planificacion MORDAZA y Transporte que recomienda la aprobacion del proyecto de Ordenanza que amplia los alcances de la Ordenanza Nº 229-MDSMP que establece el procedimiento de visacion de planos para obtencion de los servicios basicos de agua y desague en la jurisdiccion; Que, la referida Comision de Regidores recomienda al Pleno ampliar los alcances de la Ordenanza Nº 229MDSMP incluyendo a los asentamientos humanos que aun no han culminado sus procesos de saneamiento fisico legal de los terrenos que mantienen en posesion y no cuentan con planos de lotizacion aprobados; ya que es politica de la actual gestion municipal brindar todo el apoyo necesario en favor de nuestros vecinos para que accedan a los servicios basicos de agua y desague, a fin de mejorar su calidad de MORDAZA, senalandose para tal caso requisitos minimos que deberan cumplirse; alcanzando este beneficio a los asentamientos humanos que seran incorporados al Programa AGUA PARA TODOS y los que se encuentran presupuestados por SEDAPAL; Que, en ese sentido se cuenta con los informes favorables de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas (Informe Nº 947-2009-SGCHU-GDU-MDSMP), Gerencia de Desarrollo MORDAZA (Memorando Nº 12362009-GDU-MDSMP) y la Gerencia de Asesoria Juridica (Informe Nº 928-2009-GAJ/MDSMP); De conformidad con los articulos 9, inciso 8) y 40 de la Ley 27972 ­ Organica de Municipalidades; con el Dictamen Nº 11-2009-CPUT/MDSMP de la Comision de Planificacion MORDAZA y Transporte; con el MORDAZA Unanime de los senores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal de San MORDAZA de Porres ha aprobado la siguiente, ORDENANZA QUE AMPLIA LOS ALCANCES DE LA ORDENANZA Nº 229-MDSMP EN FAVOR DE LOS ASENTAMIENTO HUMANOS DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES Articulo Primero.- AMPLIAR los alcances de la Ordenanza Nº 229-MDSMP (20.SETIEMBRE.2007), publicada en el diario oficial "El Peruano" con fecha 01.OCTUBRE.2007, en favor de los asentamientos humanos en general que van a ser incorporados en el Programa AGUA PARA TODOS y los que se encuentren presupuestados por SEDAPAL, en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres. Articulo Segundo.- ESTABLECER que los asentamientos humanos que se acojan a la presente Ordenanza deberan presentar solo los requisitos senalados en los incisos a), b), d), f) e i) del articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 229-MDSMP. Debiendo adicionalmente presentar: a) Informe original de Riesgo emitido por INDECI

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