Norma Legal Oficial del día 03 de Octubre del año 2009 (03/10/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

403745

Articulo 11º.- Del nombramiento de profesionales de la salud no medicos cirujanos y del personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial Autorizase el nombramiento de los profesionales de la salud no medicos cirujanos y del personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, en el MORDAZA de las Leyes Nº 28498 y Nº 28560, sus normas modificatorias y complementarias, en los distritos que constituyen la MORDAZA del VRAE, los cuales se realizaran con cargo a los nombramientos a ser realizados en el ano 2010, previo informe favorable de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud. Para efecto de lo senalado en el parrafo precedente el Ministerio de Salud, mediante Resolucion Ministerial, constituira la Comision Revisora que determinara la cantidad de profesionales de la salud no medicos cirujanos y del personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial a ser nombrado. Asimismo, se exceptua a los Gobiernos Regionales comprendidos en la MORDAZA del VRAE, de la prohibicion senalada en el numeral 8.1 del articulo 8º de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto para del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009. Articulo 12º.- Autorizacion para la contratacion de docentes en los Gobiernos Regionales de los Departamentos de MORDAZA y MORDAZA Autorizase al Gobierno Regional de MORDAZA a contratar en el presente ano fiscal, mediante contratos de naturaleza temporal, hasta 185 docentes y al Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA a contratar hasta 35 docentes, ambos para la MORDAZA del VRAE, para lo cual queda exceptuado de lo dispuesto en el articulo 8° numeral 8.1 de la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009. La contratacion se efectuara previo informe favorable de la Unidad de Personal del Ministerio de Educacion, respecto a la necesidad de docentes segun la demanda estudiantil de la MORDAZA del VRAE. Dicho informe debera contener el numero de plazas docentes vacantes en el MORDAZA de lo dispuesto en la Septuagesima Disposicion Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009. El ingreso de docentes que se efectue en las Unidades de Gestion Educativa Local de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de MORDAZA y MORDAZA, en el MORDAZA de la presente MORDAZA, se realizara en estricta observancia a lo establecido en las Normas y Procedimientos para la Contratacion de Docentes en Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Tecnico Productiva en el periodo lectivo 2009, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 0161-2009-ED. Articulo 13º.- Del financiamiento de las becas de estudio, la expansion y entrega de subsidios e incentivos del Programa Nacional de Apoyo a los mas Pobres ­ JUNTOS, el mejoramiento productivo y articulacion comercial y la contratacion de docentes Autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas para que con cargo a la Reserva de Contingencia, transfiera los recursos necesarios a los pliegos Ministerio de Educacion, Presidencia del Consejo de Ministros, MORDAZA Exportadora y los Gobiernos Regionales de los Departamentos de MORDAZA y MORDAZA, para financiar durante el ano 2009, el gasto correspondiente al otorgamiento de becas, la expansion y entrega de subsidios e incentivos del Programa Nacional de Apoyo a los Mas Pobres ­ JUNTOS, el mejoramiento productivo y articulacion comercial de los productores localizados en la MORDAZA del VRAE y la contratacion de docentes en los Gobiernos Regionales de los Departamentos de MORDAZA y MORDAZA, conforme a lo senalado en el articulo 45° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, previo requerimiento del titular de los referidos pliegos. Dicho requerimiento, debe contar con el informe respectivo que detalle las actividades a realizar, los beneficiarios, y el costo y plazo de afectacion de la solicitud de recursos, emitido por la Oficina de Presupuesto del Pliego o la que haga sus veces. En el caso de la contratacion de docentes en los Gobiernos Regionales de los Departamentos de MORDAZA y MORDAZA la solicitud debe realizarse a traves del Ministerio de Educacion. El gasto correspondiente al otorgamiento de becas, la expansion y entrega de subsidios e incentivos

del Programa Nacional de Apoyo a los Mas Pobres ­ JUNTOS, el mejoramiento productivo y la articulacion comercial, nombramiento de personal y contrato de docentes, considerados en la presente MORDAZA, durante los anos fiscales subsiguientes se atiende con cargo al presupuesto de las entidades publicas mencionadas en el parrafo precedente, segun corresponda, en el MORDAZA de las Leyes Anuales de Presupuesto. Articulo 14º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas, la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo, el Ministro de Salud y el Ministro de Educacion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- De la potestad sancionadora del Programa Construyendo Peru Facultase al Programa de Emergencia Social Productiva "Construyendo Peru" para el ejercicio de Potestad Sancionadora, para los casos de incumplimiento por parte de los Organismos Ejecutores y sus representantes legales, los cofinanciantes y sus representantes legales, los responsables tecnicos de los proyectos, los proyectistas y los participantes. La tipificacion de las sanciones e infracciones se efectuara mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo. Las sanciones a ser aplicadas son las siguientes: a) Suspension temporal hasta por quince (15) dias calendario para intervenir como participante en la ejecucion de cualquiera de las modalidades de intervencion del Programa. b) Inhabilitacion temporal no menor de tres (03) meses ni mayor de un (01) ano para participar como Organismo Ejecutor, Cofinanciante, Representante Legal de Organismo Ejecutor o Cofinanciante, Responsable Tecnico o Proyectista, ya sea directa o indirectamente, por si mismos o en representacion de terceros, en cualquiera de las modalidades de intervencion del Programa; inhabilitacion temporal no menor de un (01) ano ni mayor de dos (02) anos en caso de reincidencia consecutiva e inhabilitacion definitiva en caso de reincidencia, no necesariamente consecutiva, por tercera vez. c) Inhabilitacion temporal no menor de tres (03) meses ni mayor de un (01) ano para contratar con el Programa bajo la modalidad de contratacion administrativa de servicios, inhabilitacion temporal no menor de un (01) ano ni mayor de dos (02) anos en caso de reincidencia consecutiva e inhabilitacion definitiva en caso de reincidencia, no necesariamente consecutiva, por tercera vez. d) Retiro definitivo como participante de cualquiera de las modalidades de intervencion del Programa. Segunda.- Del financiamiento con cargo al Decreto de Urgencia N° 040-2009 y modificatorias Dispongase que el Proyecto "Construccion Carretera MORDAZA Progreso ­ Chalhuan" (Codigo SNIP 7825), cuya ejecucion esta a cargo de la Municipalidad Distrital de Santillana, Provincia de Huanta, en el Departamento de MORDAZA, sea financiado hasta por la suma de S/. 3 227 902,00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a los recursos asignados al Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 040-2009 y sus modificatorias, que a la fecha de entrada en vigencia de la presente MORDAZA se encuentren disponibles. A efectos de que se autorice el financiamiento para el acotado Proyecto en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 040-2009 y su modificatoria, la Municipalidad Distrital de Santillana remitira al Ministerio de Economia y Finanzas, la siguiente documentacion: a) Solicitud del MORDAZA, indicando el nombre del Proyecto y su monto. b) Memoria Descriptiva del Expediente Tecnico del Proyecto. c) Informe Tecnico que declara viable el Proyecto emitido por el Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho. d) Resolucion de Alcaldia que aprueba el Expediente Tecnico del Proyecto. e) Cronograma de Ejecucion del Proyecto.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.