Norma Legal Oficial del día 06 de Octubre del año 2009 (06/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 6 de octubre de 2009

Que, con Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 0242009-ANSC-PE se aprobo la Directiva Nº 005-2009-ANSC/ GDCGP que regula el MORDAZA abreviado aplicable a Gerentes Publicos en situacion de disponibilidad; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 041-2009-ANSC-PE se aprobo como cargo de destino para la asignacion de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Publicos, el de Director de Gestion Estrategica para la Administracion de Bienes Inmuebles y Valores Fiduciarios; Que, el Gerente de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Publicos, mediante Informe Nº 030-2009/ANSC-GDCGP ha indicado el cargo requerido por la MORDAZA de MORDAZA del Peru, el puesto MORDAZA al que corresponde y los Gerentes Publicos disponibles catalogados para dicho puesto tipo; Que, el Comite de Gerentes, mediante Acta del 1º de octubre de 2009, propuso al Consejo Directivo la profesional a ser asignada a la MORDAZA de MORDAZA del Peru para ocupar el cargo MORDAZA referido; Que, el Consejo Directivo de SERVIR, en su sesion del 1º de octubre de 2009, aprobo asignar a la senora MORDAZA Mia MORDAZA Yanez al cargo de destino requerido por la MORDAZA de MORDAZA del Peru, encargando a la Presidenta Ejecutiva adoptar las medidas necesarias para la implementacion de dicho acuerdo y emitir el acto de administracion respectivo; De conformidad al Decreto Legislativo Nº 1024, el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM, el Decreto Supremo Nº 1082009-EF y las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nº 007, 009, 010, 013, 014, 015 y 024 -2009-ANSC-PE; En uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0622008-PCM; Con la visacion de la Gerencia General, la Gerencia de Desarrollo de Gerentes Publicos y la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Asignar al Gerente Publico que se senala a continuacion a la entidad de destino y cargo, segun el detalle siguiente:
CODIGO APELLIDOS Y NOMBRES ENTIDAD DE DESTINO CARGO

Visto, en sesion de fecha 29 de septiembre de 2009 de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Expediente Nº 733/2009. TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra TCHIM CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. por su supuesta responsabilidad en la resolucion del contrato por causa imputable a su parte; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. Mediante escrito de fecha 20 de febrero de 2009, la Alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Sechura, en adelante la Entidad comunico a este Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en lo sucesivo el Tribunal, el incumplimiento injustificado de las obligaciones contractuales por parte de la empresa TCHIM CONTRATISTAS GENERALES S.R.L., en adelante el Contratista, y la Resolucion del Contrato de Alquiler de Maquinaria Nº 0637-2008-MPS-GM-GAyF/SGL suscrito el 05 de diciembre de 2008, para el Servicios de alquiler de maquinaria y equipos para la obra Mejoramiento de Calles de Sechura Cercado ­ II Etapa ­ Meta MORDAZA MORDAZA Pinglo ­ MORDAZA San MORDAZA, MORDAZA 22, MORDAZA 26, MORDAZA 6, MORDAZA 4, MORDAZA S/N Barrio el Porvenir, que deriva de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 037-2008-MPS/CE. Para dicho efecto, manifesto que mediante carta notarial notificada el 12 de enero de 2009, efectuo el requerimiento del cumplimiento de sus obligaciones al Contratista, otorgandole un plazo de cinco (5) dias calendario, a lo cual respondio con carta de 15 de enero de 2009 que en esa fecha puso a disposicion de la Entidad la maquinaria objeto del contrato; sin embargo, la Sub Gerencia de Logistica informo que el Residente de Obra les comunico el incumplimiento del contratista. Por ello, con fecha 22 de enero de 2009, le remitio una carta notarial comunicandole la resolucion del contrato. 2. Mediante decreto de fecha 23 de febrero de 2009, previamente al inicio del procedimiento administrativo sancionador, el Tribunal requirio a la Entidad que remita el Informe Tecnico Legal sobre la procedencia y presunta responsabilidad del Contratista en la resolucion del contrato por causa imputable a su parte, ademas de acreditar haber dado cumplimiento al procedimiento de requerimiento notarial previo al Contratista para el cumplimiento de sus obligaciones, asi como haber comunicado notarialmente la resolucion del contrato, conforme al articulo 226 del Reglamento. Asimismo, se le solicito que informe si la controversia habia sido sometida a MORDAZA arbitral u otro mecanismo de solucion de conflictos. 3. Mediante escrito de fecha 27 de marzo de 2009, la Entidad comunico que resolvio el contrato por via notarial y remitio MORDAZA de la carta notarial del 09 de enero de 2009 y notificada el 12 de enero de 2009, mediante la cual requirio el cumplimiento de obligaciones otorgandole cinco dias. Asimismo, remitio MORDAZA de la carta notarial del 20 de enero de 2009 y notificada el 23 de enero de 2009, mediante la cual comunico al contratista la resolucion total del contrato. 4. Mediante decreto de fecha 30 de marzo de 2009, previamente al inicio del procedimiento administrativo sancionador, el Tribunal requirio a la Entidad que senale si la controversia habia sido sometida a MORDAZA arbitral u otro mecanismo de solucion de conflictos. 5. Mediante escrito de fecha 30 de junio de 2009, la Entidad comunico a este Tribunal que la controversia no ha sido objeto de MORDAZA arbitral u otro mecanismo de solucion de conflictos. 6. Mediante decreto de fecha 02 de MORDAZA de 2009, el Tribunal inicio el procedimiento administrativo sancionador al Contratista por su supuesta responsabilidad en la resolucion del Contrato de Alquiler de Maquinaria Nº 06372008-MPS-GM-GAyF/SGL suscrito el 05 de diciembre de 2008. Cabe precisar que en la direccion consignada del contratista se negaron a recibir la notificacion del mencionado decreto que inicia el procedimiento administrativo sancionador; razon por la que, mediante decreto de fecha 21 de MORDAZA de 2009 se ordeno la notificacion via publicacion en el Boletin Oficial del Diario Oficial El Peruano, la que se realizo con fecha 05 de agosto de 2009, requiriendose al contratista que en el plazo de diez (10) dias habiles cumpla con presentar su escrito de descargos. 7. Atendiendo a que mediante Resolucion Nº 1022009-OSCE/PRE del 01 de MORDAZA de 2009, ampliada por

CGP045 MORDAZA Mia MORDAZA MORDAZA de MORDAZA del Director de Gestion Yanez Peru Estrategica para la Administracion de Bienes Inmuebles y Valores Fiduciarios

Articulo Segundo.- La asignacion efectiva a la entidad de destino se realizara una vez suscrito el respectivo Convenio de Asignacion y cumplidas las formalidades requeridas a cargo de la entidad de destino. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ESPARCH MORDAZA Presidenta Ejecutiva

406400-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Sancionan a TCHIM Contratistas Generales S.R.L. con inhabilitacion temporal en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
RESOLUCION Nº 2083-2009-TC-S4
Sumilla: Es pasible de sancion el contratista que incumple injustificadamente el contrato, pese a haber sido requerido previamente para que ejecute las prestaciones a su cargo. MORDAZA, 29 de Setiembre de 2009

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