Norma Legal Oficial del día 08 de Octubre del año 2009 (08/10/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

404160

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de octubre de 2009

nivel institucional, el mismo que no se realizo sobre la base de las indagaciones o estudios de MORDAZA, sino habiendose tomado la informacion de la cotizacion presentada por la empresa PROSEGURIDAD S.A., mediante Carta COT-GC465-2005 del 09 de noviembre de 2005 a la Coordinadora de Programacion del MINSA, cuya Propuesta Economica era por los servicios de seguridad y vigilancia por un periodo de tres meses, incumpliendose lo previsto en el articulo 32º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, asimismo, segun la Observacion Nº 8 se determino que le asistiria responsabilidad administrativa al senor MORDAZA MORDAZA Yamasaki Kcamt, en vista que de la revision y evaluacion a la documentacion que sustenta el servicio de seguridad y vigilancia correspondiente a la Exoneracion Nº 003-2005MINSA "Contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia" se determino que, con fecha 31 de octubre de 2005, la Directora Ejecutiva de la Oficina de Logistica y el Experto en Sistema Administrativo I, de la Oficina de Programacion y Adquisiciones, emitieron y aprobaron la Orden de Servicio Nº 001784 con dieciocho (18) dias de antelacion al otorgamiento de la Buena Pro, la misma que se formalizo a traves de la suscripcion del Contrato Nº 143-2005-MINSA del 18 de noviembre de 2005 por la contratacion del referido servicio por el periodo del 19 al 30 de noviembre de 2005 a favor de la empresa PROSEGURIDAD S.A. por el importe de S/. 56,686.55, haciendo referencia entre otros, al Contrato Nº 143-2005-MINSA Exoneracion Nº 0032005-MINSA; siendo que dicho requerimiento de la Orden de Compra no se encontraba sustentada con ningun servicio a ejecutar por la empresa de PROSEGURIDAD S.A., toda vez que recien al 18 de noviembre de 2005 con la Resolucion Ministerial Nº 896-2005MINSA se exonero del MORDAZA de Seleccion la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para la sede central del MINSA por el periodo de tres meses a partir del 19 de noviembre de 2005 y por S/. 425,149.08, contraviniendo lo establecido en el articulo 203º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, de acuerdo a lo expuesto en la Observacion Nº 11, se determino que le asistiria responsabilidad administrativa al senor MORDAZA MORDAZA Yamasaki Kcamt, por cuanto de la revision efectuada a la documentacion relacionada con el valor referencial del estudio de MORDAZA senalado en las Bases del MORDAZA de Exoneracion Nº 002-2005-MINSA para la adquisicion de plaguicidas, elaborada y suscrita por la Directora Ejecutiva de la Oficina de Logistica y por el Experto en Sistema Administrativo I, se ha evidenciado omision de efectuar el estudio de MORDAZA para determinar el valor referencial senalado en las Bases, al no haberse obtenido otras cotizaciones para evaluar y comparar los precios de MORDAZA de los plaguicidas requeridos, habiendose tomado como referencia solo las propuestas economicas presentadas por los proveedores PROAMB E.I.R.L. y FARMEX S.A., con Cartas s/n de 06 y 08 de setiembre de 2005, respectivamente, que han ofertado distintos items; asimismo, el documento denominado Estudio de MORDAZA Nº 390-2005-DPA-JCR/MINSA del 19 de setiembre de 2005 no refleja que se MORDAZA efectuado el estudio de MORDAZA MORDAZA mencionado, al no haberse analizado otras ofertas economicas, habiendose tomado como referencia unicamente las cotizaciones presentadas por las mencionadas empresas, las cuales no son unicos proveedores en el mercado; siendo que en dicho documento no se evidencia como se obtuvo el valor referencial con relacion a la cantidad y precio del MORDAZA, con lo cual el mencionado ex servidor no observo lo establecido en el articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2003-PCM; Que, segun los hechos relacionados con la Observacion Nº 12, se considera que le asistiria responsabilidad administrativa al senor MORDAZA MORDAZA Yamasaki Kcamt, por cuanto de la revision a la documentacion sustentatoria para la adquisicion de plaguicidas para la Direccion General de Salud Ambiental - DIGESA mediante Licitacion Publica Nº 008-2005MINSA, programada para el mes de MORDAZA segun el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC del Ministerio de Salud para el ano 2005, aprobado con Resolucion Ministerial Nº 062-2005/MINSA del 26 de enero de 2005, por un Valor Referencial de S/ 2'538.566.00 Nuevos Soles, se advierte que cuatro (4) meses despues de la fecha prevista, con Oficio Nº 1115-2005-OGA-OEL-MINSA el Director General de la Oficina General de Administracion solicito al Viceministro de Salud la aprobacion del MORDAZA de seleccion de la Licitacion Publica, la misma que se aprobo mediante Resolucion Viceministerial Nº 169-2005/MINSA del 22 de setiembre de 2005 por un Valor Referencial de S/. 7'688,290.96, lo que genero la Exoneracion

del MORDAZA, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 731-2005/ MINSA del 23 de setiembre de 2005, por un valor referencial de S/. 2'627,579.55 Nuevos Soles, solo por los plaguicidas; es decir, debido a la situacion expuesta no se cumplio con lo programado en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para el ano 2005, aprobado por el Titular del MINSA, incumpliendo con ello el servidor lo dispuesto en la Directiva Nº 005-2003/CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE del 29 de diciembre de 2003, y la Directiva Nº 002-2002-SG, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 374-2002-SA/DM del 12 de agosto de 2002; Que, de acuerdo a lo senalado en la Observacion Nº 13 se determino que le asistiria responsabilidad administrativa al senor MORDAZA MORDAZA Yamasaki Kcamt, pues, de la revision efectuada a los documentos que forman parte de las Bases del MORDAZA de Exoneracion Nº 002-2005-MINSA, para adquisicion de los plaguicidas, se aprecia que la Oficina de Logistica y la Oficina de Programacion y Adquisiciones de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud, encargados de elaborar las Bases, no actuaron diligentemente para efectuar la adquisicion en forma directa e inmediata como lo senalaba la Resolucion Ministerial Nº 731-2005/MINSA del 23 de setiembre de 2005, toda vez que en la Clausula 2.3 ­ Plazo de Entrega - de las Bases del MORDAZA de Exoneracion, senalaba un plazo MORDAZA de treinta (30) y sesenta (60) dias calendario para la entrega de los productos adquiridos, los cuales fueron entregados por las empresas FARMEX S.A. y PROAMB E.I.R.L a los treinta y ocho (38) y hasta noventa y seis (96) dias; no obstante, dichos productos debieron ser adquiridos en forma inmediata acorde con lo dispuesto en la referida resolucion de exoneracion, lo cual contraviene lo dispuesto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, segun lo expresado en la Observacion Nº 15, se estima que le asistiria responsabilidad administrativa al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Burela, Asistente Administrativo II, Nivel SPF, de la Oficina General de Estadistica e Informatica y miembro titular del Comite Especial de la Licitacion Publica Internacional Nº 008-2004/MINSA, por cuanto dicha licitacion, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 482-2004-SA/DM del 18 de octubre de 2004, para la adquisicion de Licencias de Software, no fue ejecutada y dio origen a la Exoneracion Nº 001-2005/MINSA, careciendo de la respectiva resolucion autoritativa que oficialice la cancelacion del MORDAZA de seleccion y los respectivos informes que la sustenten; ademas, debe considerarse que el citado Comite Especial tuvo el expediente y la informacion tecnica y economica para cumplir sus funciones, siendo que no se cumplio con elaborar las Bases para su respectiva aprobacion y proceder a la convocatoria del MORDAZA, incumpliendose lo establecido en el articulo 50º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, en relacion a los hechos expuestos en la Observacion Nº 17, se determino que le asistiria responsabilidad administrativa al senor MORDAZA MORDAZA Yamasaki Kcamt, por cuanto se ha evidenciado la indebida intervencion de la empresa Microsoft del Peru SRL (proveedor unico) en la formulacion de la Bases de la Exoneracion Nº 001-2005-MINSA: "Adquisicion de Licencias de Software" por el importe de US$ 887,273.91 dolares americanos, aprobada con Resolucion Ministerial Nº 456-2005-MINSA del 23 de agosto de 2005, funciones propias de la Oficina de Programacion y Adquisiciones de la Oficina de Logistica, de los correos electronicos de fechas 05 y 06 de setiembre de 2005 emitidos por el proveedor y recibidos por la Oficina de Programacion y Adquisiciones, se advierten las sugerencias que realizo el proveedor, para modificar y/o eliminar algunas clausulas de las Bases y Anexos (proyecto del Contrato); de este modo se solicito y permitio la intervencion del proveedor y acepto sus sugerencias de modificar y/o eliminar clausulas, MORDAZA de ser entregadas al postor para las respectivas consultas y observaciones, habiendo obviado la participacion del personal profesional especialista de la Oficina de Logistica de nuestra Institucion para el apoyo y asesoramiento respectivo, con lo cual se habria incumplido con lo dispuesto en el primer y tercer parrafos del acapite 9.3.29 del numeral 9.3 del Manual de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0115-83-SA/DM del 16 de MORDAZA de 1983, vigente a la fecha, y en el inciso 5) del articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, segun los hechos expuestos en la Observacion Nº 22, se estimo que habria incurrido en responsabilidad administrativa

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.