Norma Legal Oficial del día 08 de Octubre del año 2009 (08/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

404141

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 096-2009 AUTORIZAN AL PLIEGO 007: MINISTERIO DEL INTERIOR A UTILIZAR LOS RECURSOS DE LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS ORDINARIOS TRANSFERIDOS A UNOPS, QUE NO HAYAN SIDO UTILIZADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Sexta Disposicion Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, establece que los recursos de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios que no hayan sido utilizados al 31 de diciembre de 2008, son depositados en el Tesoro Publico por las entidades publicas conforme a lo que disponga la Direccion Nacional del Tesoro Publico; Que, el Gobierno del Peru y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo ­ PNUD, con fecha 28 de noviembre de 2002, suscribieron un Acuerdo de Servicios de Gestion y otros Servicios de Apoyo a ser ejecutados por la Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas - UNOPS con respecto al proyecto "Apoyo a la Gestion del Ministerio del Interior financiado con recursos propios del Gobierno", el cual se encuentra en plena ejecucion y cuya vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2009, en cuyo contexto estan comprendidos los Proyectos PER 02/ R33, PER 07/R38.I y PER 07/R38.II; Que, el mencionado Acuerdo establece en los numerales 9 y 10 que una vez finalizada la prestacion de los servicios se presentara al gobierno un estado final de gastos y que cualquier saldo de fondos no comprometidos a la finalizacion de los servicios, seran reintegrados al gobierno, esto es, al 31 de diciembre de 2009; Que, en este sentido la Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas ­ UNOPS, mediante carta UNOPS/ PER/73000-C, de fecha 20 de MORDAZA de 2009, manifesto que tal como se establece en los numerales 8, 9 y 10 del Acuerdo de Servicios de Gestion, de fecha 28 de noviembre de 2002, UNOPS, al finalizar las actividades del Acuerdo, presentara los reportes correspondientes para la conciliacion de saldos, momento en el cual estarian en posibilidades de realizar la devolucion de los fondos no utilizados; Que, a fin de compatibilizar las disposiciones contenidas en la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009 y las obligaciones asumidas por el Gobierno del Peru en el MORDAZA del Acuerdo de Servicios de Gestion descrito en los considerandos precedentes, resulta necesario emitir un dispositivo con rango de ley que permita la utilizacion de los saldos de la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios de las transferencias efectuadas por el Ministerio del Interior a UNOPS en el ano 2008 en el MORDAZA de los Proyectos PER 02/R33, PER 07/R38.I y PER 07/R38.II, hasta por el equivalente en moneda nacional de la suma de US$ 4 757 972,95, los cuales deberan comprometerse hasta el 31 de diciembre de 2009; Que, en los ultimos meses la situacion del MORDAZA se viene presentando convulsionada debido a las protestas y manifestaciones publicas que se vienen dando a nivel nacional, con actos violentos que generan graves alteraciones del orden publico, por lo que la participacion de la Policia Nacional del Peru, en cumplimiento de sus funciones asignadas por la Constitucion y las leyes, requiere de la mas adecuada provision de bienes y servicios, siendo indispensable tomar las acciones inmediatas necesarias para la dotacion de los implementos necesarios que el personal policial y la institucion en su conjunto necesitan, tales como: uniformes, equipos informaticos, entre otros, los cuales estan previstos para ser adquiridos en el MORDAZA de los Proyectos PER 02/R33, PER 07/R38.I y PER 07/R38.II; Que, lo descrito en el considerando precedente constituye una situacion extraordinaria e imprevisible,

siendo necesario dictar medidas economicas - financieras de caracter extraordinario y temporal, que permitan al Ministerio del Interior ­ Policia Nacional del Peru utilizar los recursos de la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios que no hayan sido utilizados al 31 de diciembre de 2008 y que se encuentren como saldos existentes en el MORDAZA de los Convenios de Administracion de Recursos senalados precedentemente, a fin de contratar los bienes y servicios que requiera la Policia Nacional del Peru para el adecuado cumplimiento de sus funciones; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19 del Articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto La presente disposicion tiene por objeto dictar medidas extraordinarias que permitan al Pliego 007: Ministerio del Interior disponer de los recursos de la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios que no hayan sido utilizados al 31 de diciembre de 2008 y que se encuentren como saldos existentes en el MORDAZA de los Proyectos PER 02/R33, PER 07/R38.I y PER 07/R38.II, suscritos al MORDAZA del Acuerdo entre el Gobierno del Peru y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo ­ PNUD de fecha 28 de noviembre de 2002. Dicha disposicion de recursos se realiza a traves de los citados Proyectos PER. Articulo 2º.- Monto a utilizarse La autorizacion a que se refiere el articulo precedente es hasta por el equivalente en moneda nacional de la suma de US$ 4 757 972,95, los cuales podran comprometerse hasta el 31 de diciembre de 2009 para la contratacion de bienes y servicios que requiera el Ministerio del Interior para el cumplimiento de sus funciones, en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo precedente. Articulo 3º.- Devolucion de Recursos al Tesoro Publico Los saldos de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios que al 31 de diciembre de 2009 no se hayan comprometido, incluidos los intereses generados, en el MORDAZA de los convenios a que se contrae el presente Decreto de Urgencia, seran devueltos al Tesoro Publico a la liquidacion del convenio. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de octubre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion Encargado del Despacho del Ministerio de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 407791-1

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que amplia el plazo para la transferencia de la funcion prevista en el literal n) del articulo 51 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales
DECRETO SUPREMO Nº 064-2009-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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