Norma Legal Oficial del día 14 de Octubre del año 2009 (14/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

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obligacion pendiente frente al Ministerio de la Produccion, derivada de las obligaciones de pesca autorizada por la presente resolucion. Articulo 10°.- La autorizacion que se otorga por la presente resolucion no exime al recurrente de los procedimientos administrativos cuya competencia corresponda al Ministerio de Defensa y demas dependencias de la Administracion Publica. Articulo 11°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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Declaran improcedente solicitud de autorizacion de incremento de flota, presentada por Los Halcones S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 763-2009-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 24 de septiembre del 2009 Visto: El escrito con Registro Nº 00034632-2009 y Adjunto 1 de fechas 05 de MORDAZA y 07 de MORDAZA de 2009 respectivamente, presentados por la empresa LOS HALCONES S.A. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 371-94-PE de fecha 14 de setiembre de 1994, modificada en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 039-2003-PRODUCE/DNEPP de fecha 07 de febrero de 2003, se otorgo permiso de pesca a la empresa LOS HALCONES S.A, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional HALCON 4 (ex MORDAZA 1) con matricula Nº CE-0830-PM y con 200.55 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, con los escritos del visto, la empresa LOS HALCONES S.A., solicita autorizacion de incremento de flota para la modificacion de la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada HALCON 4 de matricula CE0830-PM, a fin de que tambien sea de arrastre de media agua, conformandose en una embarcacion pesquera multiproposito (cerco / arrastre de media agua) para dedicarse a la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo, adicionalmente al acceso con el que cuenta dicha embarcacion para la extraccion de los recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto. Que, el articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, establece que la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con la autorizacion de incremento de flota otorgada por el Ministerio de la Produccion, en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que, el articulo 5º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE, que regula el acceso a la actividad extractiva de los recursos jurel y caballa, establece en su numeral 5.2, en otras, que la autorizacion de incremento de flota solo podra otorgarse para embarcaciones pesqueras nacionales multiproposito (cerco/arrastre de media agua); Que, el numeral 11.1 del articulo 1º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-2003-PRODUCE, establece que el regimen de acceso a la actividad pesquera extractiva esta constituido por las autorizaciones de incremento de MORDAZA

y los permisos de pesca, los mismos que se otorgan de acuerdo a lo dispuesto en los Capitulos II y III del Titulo III y en el parrafo 121.1 del citado Reglamento, asi como de acuerdo al grado de explotacion de los recursos hidrobiologicos existente al momento de expedirse la resolucion administrativa constitutiva del derecho; Que, asimismo, en el numeral 11.2 del articulo 11º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-2003-PRODUCE, establece que el Ministerio de la Produccion modificara el regimen de acceso a la actividad pesquera en funcion al esfuerzo de pesca desplegado en los recursos hidrobiologicos y a factores socioeconomicos; debiendo contar previamente con el informe tecnico-cientifico del Instituto MORDAZA de Peru; Que, mediante el Oficio Nº DE-100-024-2008PRODUCE/IMP, precisado con el Oficio Nº DE-100053-2009-PRODUCE/IMP, el Instituto MORDAZA del Peru IMARPE emite el informe tecnico-cientifico, en el cual, entre otros, recomienda que el tamano actual de la flota para los recursos jurel y caballa es suficiente y se debe evitar el ingreso de mas embarcaciones de cerco, mientras no existan evidencias consistentes de que estos recursos han retornado a un regimen con mayor abundancia como aquel observado en la decada de los anos 80. Precautoriamente, la capacidad de bodega total de la flota para la pesca en altamar (multiproposito y arrastrera) no deberia exceder el volumen total de la capacidad de flota de los derechos de pesca otorgados para jurel y caballa; Que, con la emision de la Resolucion Directoral Nº 294-2009-PRODUCE/DGEPP de fecha 21 de marzo de 2009, se ha cubierto el saldo de capacidad de bodega para autorizacion de incremento de flota en virtud al articulo 5º del Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE, en observancia a lo recomendado por el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE; asimismo, cabe senalar que, la empresa solicitante no ha cumplido satisfactoriamente con los requisitos 2 y 3 del Procedimiento Nº 13 del Texto Unico de Procedimiento Administrativo del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE; por lo que, la solicitud presentada por la empresa LOS HALCONES S.A. deviene en improcedente; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 295-2009PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Procedimiento Nº 13 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de flota presentada por la empresa LOS HALCONES S.A., para la modificacion de la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada HALCON 4 de matricula CE-0830-PM de cerco a multiproposito (cerco/ arrastre de media agua), para dedicarse a la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo, por las consideraciones expuestas en la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectorial de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www. Produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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