Norma Legal Oficial del día 14 de Octubre del año 2009 (14/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de octubre de 2009

de Gobierno Nacional, regional y local, a fin de lograr una administracion ordenada, simplificada y eficiente de los bienes del Estado; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en merito a la Ley Nº 29151- Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, es el Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion esta a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social; Que, el articulo 43º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establece que la desafectacion de un bien de dominio publico, procedera cuando MORDAZA perdido la naturaleza o condicion apropiada para su uso publico o para prestar un servicio publico y debera ser aprobada por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, excepcionalmente, a solicitud de la entidad previo informe sustentatorio, la SBN procedera a aprobar la desafectacion de los predios de dominio publico; Que, el Estado es propietario del predio de 452,40 m², ubicado en la MORDAZA 1, hoy Jr. MORDAZA MORDAZA, Mz. G, Lote 23A, Urb. MORDAZA Sol, MORDAZA Etapa, distrito de Los MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, el cual se encuentra inscrito en la Partida Registral Nº 49058175 del Registro de Predios de MORDAZA y en el Registro SINABIP Nº 1554 correspondiente al departamento de Lima; Que, el citado predio es un lote que constituye un aporte reglamentario destinado a "Otros Fines", segun se desprende de la Resolucion de Alcaldia Nº 875-79-DGSTCPL, del 27 de agosto de 1979, por lo que, de conformidad con el literal a), numeral 2.2 del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, constituye un bien de dominio publico; Que, sin embargo, de acuerdo a la inspeccion tecnica de fecha 02 de febrero del 2009, realizada por personal de esta Superintendencia, se ha verificado que el predio materia de la presente, se encuentra desocupado, sin edificaciones y sin uso alguno, por lo que, no cumple un uso publico o de servicio publico. Que, mediante Memorando Nº 387-2004/SBN-GL de fecha 28 de setiembre de 2004, la Gerencia Legal de la Superintendencia de Bienes Nacionales senala que la desafectacion administrativa de los bienes de propiedad estatal, debera realizarla la Jefatura de Adjudicaciones; Que, mediante el literal l) del Articulo 41º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN de fecha 03 de setiembre de 2001, se faculta a la Jefatura de Adjudicaciones a emitir en primera instancia las Resoluciones de su competencia; Que, estando a lo senalado en el Informe Tecnico Legal Nº 390-2009/SBN-GO-JAD, de fecha 17 de MORDAZA de 2009, resulta necesario proceder a la desafectacion de su condicion de dominio publico del predio MORDAZA descrito, de conformidad con el MORDAZA parrafo del articulo 43º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, dado que el predio indicado ha perdido su finalidad de uso publico o de brindar un servicio publico y a fin de dar un mejor aprovechamiento economico y social, de los bienes del Estado; y De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, asi como la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, Resolucion Nº 066-2009/SBN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la desafectacion de su condicion de bien de dominio publico al dominio privado del Estado, del predio de 452,40 m², ubicado en la MORDAZA 1, hoy Jr. MORDAZA MORDAZA, Mz. G, Lote 23-A, Urb. MORDAZA Sol, MORDAZA Etapa, distrito de Los MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, el cual se encuentra inscrito en la Partida Registral Nº 49058175 del Registro de Predios de Lima. Articulo 2º.- Por el merito de la presente Resolucion, la MORDAZA Registral IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, procedera a inscribir la

desafectacion de dominio publico dispuesta en el articulo precedente. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adjudicaciones

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ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion que seran de aplicacion por EMSAPA YAULI - LA OROYA SRL. para el proximo quinquenio
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 037-2009-SUNASS-CD
MORDAZA, 12 de octubre de 2009 VISTOS: La Resolucion Nº 009-2008-SUNASS-GRT del 03 de noviembre de 2008, mediante la cual la Gerencia de Regulacion Tarifaria inicia el procedimiento de aprobacion de la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion para los proximos cinco anos de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Yauli ­ La Oroya Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, EMSAPA YAULI ­ LA OROYA SRL. El Memorandum Nº 244-2009-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulacion Tarifaria que presenta el Estudio Tarifario Final, que contiene la propuesta de Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion que seran de aplicacion por EMSAPA YAULI ­ LA OROYA SRL. para el quinquenio correspondiente; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 009-2008-SUNASS-GRT del 03 de noviembre de 2008, la Gerencia de Regulacion Tarifaria inicio el procedimiento de aprobacion de la Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion para el quinquenio, conforme a lo establecido en el articulo 20º del Reglamento General de Tarifas, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD; Que, mediante Memorandum Nº 080-2009-SUNASS110, la Gerencia de Regulacion Tarifaria presento el Estudio Tarifario con la propuesta de Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion que seran de aplicacion por EMSAPA YAULI ­ LA OROYA SRL. para el proximo quinquenio; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 0152009-SUNASS-CD, se aprobo (i) la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la SUNASS, del Proyecto de Resolucion que aprueba la Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias, Metas de Gestion, asi como de su exposicion de motivos y la relacion de informes que constituyen el sustento de la referida Resolucion, y (ii) la convocatoria a audiencia publica para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario; Que, con fecha 11 de junio de 2009 se realizo la audiencia publica en la cual SUNASS sustento la Propuesta de Formula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestion de EMSAPA YAULI ­ LA OROYA SRL; Que, mediante Memorandum Nº 244-2009-SUNASS110, la Gerencia de Regulacion Tarifaria ha presentado el Estudio Tarifario Final, que contiene la evaluacion de los comentarios realizados al proyecto publicado y los expresados con ocasion de la audiencia publica; asi como la

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