Norma Legal Oficial del día 17 de Octubre del año 2009 (17/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

404663

Modifican la "Directiva que regula el procedimiento para la toma de los examenes de aptitud psicosomatica para licencias de conducir"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3008-2009-MTC/15 MORDAZA, 17 de septiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2008MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, que regula entre otros, las condiciones, requisitos y procedimientos para acceder a una licencia para conducir vehiculos automotores y no motorizados por las vias publicas terrestres a nivel nacional y su clasificacion; Que, los establecimientos de salud autorizados por la autoridad competente emiten el certificado medico de aptitud psicosomatica, previa realizacion del examen medico correspondiente, el cual constituye uno de los requisitos para obtener una licencia de conducir o revalidarla, de conformidad con lo establecido por los articulos 13º y 25º del referido Reglamento; Que, el articulo 105º del citado Reglamento establece que el procedimiento del examen de aptitud psicosomatica se tomara siguiendo lo previsto en la Directiva Nº 0062007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 13674-2007-MTC/15, modificada por Resolucion Directoral Nº 6694-2008-MTC/15; Que, con fecha 19 de MORDAZA de 2009, se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 29389, Ley que amplia la informacion personal que debe contener la Licencia de Conducir, la cual dispone que las licencias de conducir contengan el grupo y factor sanguineo del titular y la autorizacion expresa o la denegacion de la donacion de organos en caso de muerte; Que, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada ley, en lo relacionado a la informacion del grupo y factor sanguineo, es pertinente que esa informacion sea determinada por el establecimiento de salud, como parte del examen medico de aptitud psicosomatica al postulante que requiere obtener o revalidar su licencia de conducir, pudiendo ademas ser proporcionada por este ultimo, resultando en consecuencia pertinente incorporar una disposicion en ese sentido a la Directiva Nº 006-2007-MTC/15; Que, de conformidad con la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; la Ley Nº 29389, Ley que amplia la informacion personal que debe contener la Licencia de Conducir; el Decreto Supremo Nº 0212007-MTC, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y la Directiva Nº 006-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 13674-2007-MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar el numeral 6.5 a la "Directiva que regula el procedimiento para la toma de los examenes de aptitud psicosomatica para licencias de conducir". Incorporese el numeral 6.5 a la Directiva Nº 0062007-MTC/15 "Directiva que regula el procedimiento para la toma de los examenes de aptitud psicosomatica para licencias de conducir", aprobada por Resolucion Directoral Nº 13674-2007-MTC/15, en los terminos siguientes: "6.5. PARA EL EXAMEN DE GRUPO SANGUINEO Y FACTOR RH El grupo y factor sanguineo sera determinado empleando el equipamiento previsto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, el cual sera realizado por el profesional de la salud en tecnologia de laboratorio o por un Biologo, Microbiologo, Quimico Farmaceutico o por medico especialista en Patologia o Hematologia, debiendo ademas dicho resultado ser consignado en el informe y el certificado medico de evaluacion psicosomatica. Alternativamente, el postulante que requiere obtener o revalidar su licencia de conducir podra acreditar su grupo

y factor sanguineo con documento que contenga esa informacion, el cual debera ser presentado en original y MORDAZA, expedido por establecimiento de salud, laboratorio u otro servicio medico de apoyo, correspondiendo describir esta situacion en el informe medico de evaluacion psicosomatica." Articulo 2º.- Modifiquese los Anexos de la "Directiva que regula el procedimiento para la toma de los examenes de aptitud psicosomatica para licencias de conducir". Modifiquese los Anexos A y B de la Directiva Nº 0062007-MTC/15 "Directiva que regula el procedimiento para la toma de los examenes de aptitud psicosomatica para licencias de conducir", aprobada por Resolucion Directoral Nº 13674-2007-MTC/15, en los terminos siguientes:
"ANEXO A NOMBRE DEL CENTRO MEDICO: LOCAL: INFORME MEDICO DE EVALUACION PSICOSOMATICA (...) 6. EXAMEN DE GRUPO SANGUINEO Y FACTOR RH DIAGNOSTICO DEL RESPONSABLE OBSERVACIONES: RESULTADO EXAMEN: (...)" "ANEXO B NOMBRE DEL CENTRO MEDICO: LOCAL: CERTIFICADO MEDICO DE EVALUACION PSICOSOMATICA (...) INFORMACION DEL EVALUADO: (...) Grupo sanguineo y factor RH: CLASE, CATEGORIA Y CONDICION DEL POSTULANTE: (...)"

Articulo 3º.- Publicacion en la pagina Web. Dispongase la publicacion de la presente Resolucion Directoral, en la pagina Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (http://www.mtc.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009JUS. Articulo 4º.- Vigencia. La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 410431-1

VIVIENDA
Aprueban transferencia de propiedad de stock de accesorios para maquinas a favor del Colegio Tecnico Experimental "Jesus Obrero"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 277-2009-VIVIENDA MORDAZA, 15 de octubre de 2009. Vistos, el Informe Nº 090-2009/VIVIENDA-OGA, de la Direccion General de Administracion; el Informe Tecnico Legal

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