Norma Legal Oficial del día 17 de Octubre del año 2009 (17/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

404693

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban el Plan Regional de Derechos Humanos - MORDAZA, 2009-2015
ORDENANZA REGIONAL N° 096-2009-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL MORDAZA, POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Extraordinaria celebrada a los 24 dias del mes de agosto de 2009, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru; Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y demas Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º y 192° de la Constitucion Politica del Estado, en concordancia con el articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, senalan que los Gobiernos Regionales son personas juridicas de Derecho Publico Interno que gozan de autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales prescribe que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, al suscribir la Declaracion y Programa de Accion de la Cumbre Mundial de Derechos Humanos celebrada en MORDAZA, en 1993, los Estados miembros de la ONU, y el Estado peruano adoptaron el compromiso de "considerar la posibilidad de elaborar un plan de accion nacional en el que se determinen las medidas necesarias para que el Estado mejore la promocion y proteccion de los derechos humanos"; Que, conforme lo establece el articulo 44º de la Constitucion Politica del Peru, constituye obligacion del Estado peruano garantizar la plena vigencia de los Derechos Humanos; Que, la Cuarta Disposicion Final y Transitoria de la Constitucion dispone que las normas relativas a los derechos y libertades que la Constitucion reconoce se interpretan de conformidad con la Declaracion Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Peru; Que, el Consejo Nacional de Derechos Humanos es el organo multisectorial creado en el Poder Ejecutivo y encargado de promover y coordinar la vigencia de los Derechos Humanos en el Peru, de conformidad con las obligaciones internacionales formalmente asumidas en este MORDAZA, asi como de asesorar al Gobierno en este campo; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 015-2001JUS, Reglamento del Consejo Nacional de Derechos Humanos, prescribe que el objetivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos es coadyuvar al fortalecimiento de las instituciones democraticas del MORDAZA, a fin de consolidar el Estado de derecho, como garantia para la vigencia plena y efectiva de los derechos humanos; contribuir a crear una solida conciencia de respeto a los derechos fundamentales de la persona, consagrados en la Constitucion Politica del Peru y demas normas pertinentes; y proporcionar al Poder Ejecutivo los elementos necesarios para ejercer una funcion preventiva en la proteccion de los Derechos Humanos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2005-JUS, se aprueba el Plan Nacional de Derechos Humanos 2006-2010 elaborado por el Consejo Nacional de Derechos Humanos; Que, en el ambito internacional, los derechos inherentes a la persona toman la denominacion de derechos humanos, ambito en el cual, el Estado es quien resulta responsable por cualquier violacion de los mismos; mientras que en el ambito interno de los Estados, se los identifica como derechos fundamentales o derechos constitucionales de la persona humana, los que deben ser respetados y garantizados por el propio Estado, pudiendo caer en

responsabilidad internacional en cuanto no sea capaz de adoptar las acciones necesarias para atender, sancionar y reparar adecuadamente las violaciones a estos derechos fundamentales dentro de la jurisdiccion nacional; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 2322008-GR-JUNIN/PR, de 24 de MORDAZA de 2008, reconoce a la Mesa de Trabajo de Derechos Humanos de la Region MORDAZA y Secretaria Tecnica, como instancia para proponer, propiciar, asesorar y garantizar la sostenibilidad de las propuestas en la formulacion de politicas publicas, con un enfoque de equidad e interculturalidad, basandose a los acuerdos internaciones vinculantes y la legislacion nacional; Que, la Mesa de Trabajo de Derechos Humanos de la Region MORDAZA ha aprobado el Plan Regional de derechos Humanos ­ MORDAZA 2009-2015, y presentado en tres foros publicos descentralizados (Tarma, Satipo y Huancayo) con el objetivo de recoger sugerencias y recomendaciones para enriquecer el mismo donde participaron 175 personas entre representantes de organizaciones sociales y politicas, autoridades locales y regionales, organizaciones de bases, organizaciones religiosas, y otras. El mismo que se encuentra en concordancia con los planes de desarrollo existentes (Plan Regional de Accion de las Mujeres, Plan Regional Concertado para las Personas con Discapacidad, Plan Integral Regional de Reparaciones y Plan Regional de Seguridad Alimentaria Nutricional); Que, el literal a) del articulo 60º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley 27867, prescribe que es funcion del Gobierno Regional formular, aprobar y evaluar las politicas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la politica general del gobierno nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los Gobiernos Locales; Que, el articulo 119º del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF, del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 095-2009GRJ/CR, estipula que es funcion de la Gerencia Regional de Desarrollo establecer los planes y programas de desarrollo transversal del gobierno regional, basado en un enfoque de resultados para promover el incremento de la competitividad de la region y de su poblacion, asegurando el desarrollo humano e igualdad de oportunidades, en concordancia con las politicas regionales; Que, "El Plan Regional de Derechos Humanos ­ MORDAZA 2009-2015", cuenta con los Dictamenes favorables de las Comisiones Permanentes de Desarrollo Social, y de Derechos Humanos, La Mujer y La Familia del Consejo Regional, de conformidad con las atribuciones conferidas por los articulos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: "ORDENANZA QUE APRUEBA "EL PLAN REGIONAL DE DERECHOS HUMANOS ­ MORDAZA, 2009 - 2015" Articulo Primero.- APROBAR "El Plan Regional de Derechos Humanos ­ MORDAZA, 2009 - 2015", el cual consta de setenta y cuatro (74) folios que se anexa y forma parte de la presente MORDAZA Regional. Articulo Segundo.- La Gerencia Regional de Desarrollo del Gobierno Regional MORDAZA, implementara "El Plan Regional de Derechos Humanos ­ MORDAZA 2009-2015", en 120 dias siguientes a la publicacion de la presente MORDAZA Regional. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los 24 dias del mes de agosto de 2009. MORDAZA V. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando registrese, publiquese y cumplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional MORDAZA, a los 11 dias del mes setiembre de 2009. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional MORDAZA 409817-1

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