Norma Legal Oficial del día 17 de Octubre del año 2009 (17/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

404699

EL MORDAZA MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Nº 016-2009-CAJ-MSS de la Comision de Asuntos Juridicos, la Carta Nº 1694-2009-SG-MSS de la Secretaria General, el Memorandum Nº 1733-2009-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 205-2009-SGBSDCGDHPS-MSS de la Subgerencia de Bienestar Social y Desarrollo de Capacidades, el Informe Nº 063-2009SGPLAE-GPP-MSS de la Subgerencia de Planeamiento y Estadistica, el Informe Nº 981-2009-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Dictamen Nº 0102009-CASPV-MSS de la Comision de Asuntos Sociales y Participacion Vecinal, sobre proyecto de Ordenanza que crea la Oficina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad ­ OMAPED de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, y CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo establece el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, la Constitucion Politica del Estado establece en su Articulo 1º "La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado", Asimismo, en su Articulo 7º senala "Todos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia fisica o mental tiene derecho al respecto de su dignidad y a un regimen legal de proteccion, atencion, readaptacion y seguridad"; Que, la Ley Nº 27050 ­ Ley General de la Persona con Discapacidad, modificada por la Ley Nº 28164, establece el regimen legal de proteccion, de atencion de salud, trabajo, educacion, rehabilitacion, seguridad social y prevencion, para que la persona con discapacidad alcance su desarrollo e integracion social, economica y cultural. Asimismo, el Articulo 10º de la misma Ley, dispone la obligacion de los gobiernos locales de crear oficinas de proteccion, participacion y organizacion de vecinos con discapacidad; Que, el Articulo 84º inciso 2.12 de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, senala que es funcion especifica exclusiva de las Municipalidades Distritales, "Crear la Oficina de Proteccion, Participacion y Organizacion de los vecinos con discapacidad como un programa dependiente de la Direccion de Servicios Sociales"; Que, elArticulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, la administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. (...)". Asimismo el articulo 9º inciso 8) de la referida Ley Organica de Municipalidades, senala que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos"; Que, mediante Informe Nº 205-2009-SGBSDCGDHPS-MSS de fecha 11.08.2009, la Subgerencia de Bienestar Social y Desarrollo de Capacidades con el visto de la Gerencia de Desarrollo Humano y Proyeccion Social senala que, en el MORDAZA de lo establecido en la Ley Nº 27050 modificada por la Ley Nº 28164, se emitio el Acuerdo de Concejo Nº 082-2004-ACSS de fecha 23.06.2009 que aprobo el Convenio de Cooperacion entre la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA y la Asociacion

Educativa para la Capacitacion del Limitado Fisico y Mental A.E.L.F.I.M.E. ­ Piedrecita en el Zapato, Convenio que fuera renovado hasta el 31.12.2006 segun Acuerdo de Concejo Nº 070-2006-ACSS; Que, la Subgerencia de Bienestar Social y Desarrollo de Capacidades agrega que, dicho Convenio permitio a la Municipalidad brindar apoyo a las personas con discapacidad, siendo que vencido el mismo, la Oficina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad ­ OMAPED, no creada formalmente, se traslado a la oficina de la Gerencia de Desarrollo Social (hoy Gerencia de Desarrollo Humano y Proyeccion Social) situacion que duro hasta mediados del 2007, para instalarse definitivamente en su propio local sito en Monte de los MORDAZA Nº 540, el cual cuenta con instalaciones amplias y apropiadas para la atencion de personas con discapacidad. En tal sentido, propone se emita la Ordenanza que crea la Oficina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad ­ OMAPED, a efectos de formalizar la existencia de dicha Oficina en atencion al mandato contenido en la Ley Nº 27050 ­ Ley General de la Persona con Discapacidad y su modificatoria Ley Nº 28164; Que, con Informe Nº 063-2009-SGPLAE-GPP-MSS de fecha 19.08.2009, la Subgerencia de Planeamiento y Estadistica senala que, teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes y que la propuesta de Ordenanza sobre la creacion de la OMAPED, tiene como finalidad regularizar un servicio que la Municipalidad viene brindando a la comunidad desde el ano 2004, concluye por considerar necesario el reconocimiento y formalizacion de la OMAPED a traves del presente proyecto de Ordenanza; Que, con Informe Nº 981-2009-GAJ-MSS de fecha 07.09.2009, la Gerencia de Asesoria Juridica, teniendo en cuenta la normativa vigente, asi como la documentacion generada y de conformidad con lo establecido en el Articulo 14º inciso 3.2) del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS ­ "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general", acorde a lo indicado por la Subgerencia de Bienestar Social y Desarrollo de Capacidades mediante Informe Nº 227-2009-SGBSDCGDHPS-MSS de fecha 02.09.2009, senala que el presente proyecto de Ordenanza, al efectuarse en cumplimiento de la Ley Nº 27050 ­ Ley General de la Persona con Discapacidad y su modificatoria Ley Nº 28164, la prepublicacion del mismo resulta innecesario toda vez que la propuesta normativa presentada no implica la creacion de tributos u obligaciones para los contribuyentes que necesariamente deban ser prepublicados; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica concluye emitiendo opinion favorable respecto a la procedencia del proyecto de Ordenanza que formaliza la creacion de la Oficina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad ­ "OMAPED" de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, elaborada por la Subgerencia de Bienestar Social y Desarrollo de Capacidades, recomendando elevar el mismo ante el Concejo Municipal para que conforme a sus atribuciones establecidas en el Articulo 9º numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, proceda a su aprobacion; Que, mediante Resolucion Nº 495-2009-RASS se encargo el Despacho de Alcaldia de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, al MORDAZA MORDAZA senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA GAMBIRAZIO MORDAZA, a partir del 01 al 09 de octubre del 2009; Estando al Dictamen Nº 016-2009-CAJ-MSS de la Comision de Asuntos Juridicos, al Dictamen Nº 0102009-CASPV-MSS de la Comision de Asuntos Sociales y Participacion Vecinal, al Informe Nº 881-2009-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y de conformidad con los Articulos 9º, numeral 8) 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE FORMALIZA LA CREACION DE LA OFICINA MUNICIPAL DE ATENCION A LA PERSONA CON DISCAPACIDAD- "OMAPED" DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA Articulo 1°.- FORMALIZAR la creacion de la Oficina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad en la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA - OMAPED. Siendo su funcion establecer vinculos entre la Municipalidad de

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