Norma Legal Oficial del día 17 de Octubre del año 2009 (17/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES
POR CUANTO

404701

se MORDAZA efectivo establecidas.

de conformidad a las disposiciones

Articulo 2º.- VIGENCIA DE LA PRESENTE ORDENANZA.La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial, siendo su plazo de duracion hasta el 31 de diciembre del 2009. Articulo 3º.- DEL BENEFICIO OTORGADO.Durante la vigencia de la presente Ordenanza el Beneficio para el pago de multas derivadas de la comision de infracciones administrativas, sera el siguiente: 3.1) El infractor que cancele la multa impuesta dentro del plazo de quince (15) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de notificado con la Resolucion de Sancion Administrativa abonara el 25% del monto total, siempre que no MORDAZA interpuesto recurso administrativo o se MORDAZA desistido del mismo. 3.2) En los casos en que MORDAZA transcurrido el plazo citado en el parrafo precedente y el infractor MORDAZA interpuesto recurso administrativo que se encuentre pendiente de resolver o sin haber interpuesto este, y siempre que no se MORDAZA procedido a la derivacion para la ejecucion en la via coactiva, el infractor podra abonar el 50% del monto total de la multa impuesta, debiendo desistirse del respectivo recurso de haberlo interpuesto. Articulo 4º.- DE LAS MEDIDAS COMPLEMENTARIAS.En los supuestos senalados en el articulo precedente, de producirse la cancelacion de la (s) multa (s) administrativa (s), ello no constituira causal para dejar sin efecto las medidas complementarias que pudiera contener la resolucion de sancion emitida, en caso no se MORDAZA producido su adopcion voluntaria por parte del infractor. Articulo 5º.- DE LOS PAGOS EFECTUADOS CON ANTERIORIDAD.Los pagos efectuados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza no seran objeto de devolucion, compensacion, ni seran considerados como pagos en exceso. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Subgerencia de Fiscalizacion brindara a los interesados la informacion necesaria para que se acojan adecuadamente a los alcances de la presente Ordenanza. Segunda.- Suspender, durante la vigencia de la presente Ordenanza, el Beneficio establecido en el Articulo 35º numeral 35.2) de la Ordenanza Nº 212-MSS, que aprueba el Regimen de Fiscalizacion y Control de la Municipalidad. Tercera.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalizacion, la Gerencia de Finanzas, Subgerencia de Tesoreria y Gerencia de Desarrollo de Sistemas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA GAMBIRAZIO MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado de Alcaldia 409867-2

El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTO: Dictamen Nº 015-2009-CAJ-MSS de la Comision de Asuntos Juridicos, la Carta Nº 1714-2009SG-MSS de la Secretaria General, el Informe Nº 9692009-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 168-2009-A-MSS de la Alcaldia, el Oficio Nº 263-2009-OCI-MSS de fecha 03.07.2009 el Informe Especial Nº 004-2009-02-2168 ­ Irregularidades en la documentacion e informacion presentada por Locador de Servicios en las Adjudicaciones de Menor Cuantia Nº 1018-2008-MSS y 1231-2008-MSS (Modificado) del Organo de Control Institucional, sobre autorizacion a la Procuraduria Publica Municipal para formular acciones de responsabilidad penal correspondientes contra el ex - Locador de Servicios; y CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 88-2009-ACSS del 24.08.2009, se autorizo al Procurador Publico Municipal para que en defensa de los derechos e intereses de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, inicie las acciones legales que correspondan contra un ex - Locador de Servicios, por las irregularidades en la documentacion e informacion presentada en las Adjudicaciones de Menor Cuantia Nº 1018-2008-MSS y 1231-2008-MSS, en virtud al Informe Especial Nº 004-2009-02-2168, elaborado por el Organo de Control Institucional de la Municipalidad de MORDAZA de Surco. Asimismo, se encargo a la Gerencia Municipal la implementacion de lo senalado en el punto 7 del Analisis del Informe Nº 800-2009-GAJ-MSS del 21.07.2009 de la Gerencia de Asesoria Juridica, debiendo dar cuenta al Concejo Municipal los resultados del mismo; Que, con Oficio Nº 263-2009-OCI-MSS del 13.08.2009, el Organo de Control Institucional remite el Informe Especial Nº 04-2009-02-2168 - Irregularidades en la documentacion e informacion presentada por Locador de Servicios en las Adjudicaciones de Menor Cuantia Nº 1018-2008-MSS y 1231-2008 (Modificado), en reemplazo del Informe Especial remitido mediante Oficio Nº 213-2009-OCI-MSS del 03.07.2009, en atencion al MORDAZA de reserva, contenido en el numeral 7.4.2 de la Directiva Nº 003-2004-CG/SGE "Normas sobre difusion y acceso a los informes de Control Gubernamental" aprobada mediante Resolucion de Contraloria Nº 0612004-CG del 17.02.2004; Que, mediante Memorandum Nº 2293-2009-SGMSS del 31.08.2009, la Secretaria General solicita a la Gerencia de Asesoria Juridica emita opinion legal, a efectos de determinar si la variacion del Informe Especial implica dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 882009-ACSS del 24.08.2009, teniendo en cuenta que el mencionado Acuerdo, ha sido notificado con fecha 27.08.2009 a las areas organicas competentes, sin embargo, al haberse modificado el Informe del Organo de Control Institucional, aun no se ha efectuado la publicacion respectiva; Que, con Informe Nº 969-2009-GAJ-MSS del 03.09.2009 la Gerencia de Asesoria Juridica senala, que mediante Informe Especial Nº 004-2009-02-2168 (Modificado), efectuado por el Organo de Control Institucional, se precisa que se refiere a "Irregularidades en la documentacion e informacion presentada por Locador de Servicios en las Adjudicaciones de Menor Cuantia Nº 1018-2008MSS y 1231-2008-MSS", cuidando el MORDAZA de reserva contenido en el numeral 7.4.2 de la Directiva Nº 003-2004CG/SGE "Normas sobre difusion y acceso a los informes de Control Gubernamental" aprobada mediante Resolucion de Contraloria Nº 061-2004-CG del 17.02.2004 que senala "En los Informes Especiales que identifiquen responsabilidad de MORDAZA penal, cuando el Ministerio Publico resuelva declarar improcedente, mediante resolucion definitiva, la denuncia interpuesta o cuando se inicie el MORDAZA penal respectivo (Auto apertorio de instruccion)", no variandose el sustento del Informe original; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica, amplia su Informe Nº 800-2009-GAJ-MSS del 21.07.2009, la Gerencia de Asesoria Juridica opina por considerar que la Procuraduria Publica Municipal debera proceder a formular las acciones de responsabilidad

Autorizan a procurador publico municipal iniciar acciones legales contra ex locador de servicios por presuntas irregularidades
ACUERDO DE CONCEJO Nº 104-2009-ACSS MORDAZA de MORDAZA, 07 de octubre de 2009 EL MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA

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