Norma Legal Oficial del día 18 de Octubre del año 2009 (18/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

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1. Requisitos para la obtencion de la Licencia de funcionamiento por el cesionario.- Debera cumplirse con los requisitos establecidos en el Articulo 3 de la presente ordenanza, incluyendose a la solicitud un documento con caracter de declaracion jurada donde el titular de la Licencia de Funcionamiento expresa su conformidad con la expedicion de la nueva autorizacion. 2. Responsabilidad solidaria.- El titular de la Licencia de Funcionamiento respondera de manera solidaria por las infracciones que incurrida el titular de la Licencia de Funcionamiento para Cesionarios. 3. Validez de la licencia de funcionamiento para cesionario.- La licencia del cesionario tiene vigencia indeterminada, en caso de perdida de vigencia de la Licencia de Funcionamiento por parte del titular determina de manera automatica la perdida de vigencia de la otorgada a favor del cesionario. En caso, que la Licencia de Funcionamiento MORDAZA sido emitida con vigencia temporal, la Licencia para Cesionarios no podra otorgarse con un plazo de vigencia mayor al otorgado." Articulo 3º.- Incorporese la Sexta, Septima y Octava Disposiciones Finales y Transitorias a la Ordenanza Nº 019-2007-MDP/A, de la siguiente manera: Sexta.- Los organos municipales comprendidos en la presente Ordenanza, deberan de realizar acciones de difusion sobre su contenido y alcances a favor del publico usuario, de manera continua. Septima.- Los formularios de solicitudes exigidos para la tramitacion de los procedimientos regulados en la presente Ordenanza, son de libre reproduccion y distribucion gratuita. Toda informacion a favor de los administrados, estara de manera permanente a disposicion en el Local de la Municipalidad y a traves del MORDAZA electronico http://www. munipachacamac.gob.pe. Octava.- Incorporese al Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, los procedimientos senalados en la presente norma. Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 410582-1

politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, que otorga facultades exclusivas a las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo el normar, regular y otorgar autorizaciones derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de la apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificacion y en materia de abastecimiento y comercializacion de productos y servicios, el otorgar licencia para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales. Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido por los articulos 9º numerales 8) y 9) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo Nº 049-09 aprobo por mayoria lo siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO EN PUCUSANA TITULO PRELIMINAR Articulo 1º.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto establecer el MORDAZA juridico normativo para la obtencion, modificacion y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento que otorga la Municipalidad de Pucusana, para los establecimientos comerciales, industriales, servicios y/o institucionales, y el funcionamiento de los mismos, de acuerdo con las facultades establecidas en el numeral 3.6.4 del inciso 3) del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, Ley Nº 28976. Articulo 2º.- Licencia de Funcionamiento La Licencia de Funcionamiento es la autorizacion, de caracter personal e intransferible, que otorga la Municipalidad de Pucusana para el desarrollo de actividades comerciales, industriales, de servicios o institucionales en un establecimiento determinado, la misma que debera solicitarse MORDAZA de la apertura de las mismas. La Licencia de Funcionamiento puede otorgase en las siguientes modalidades: a) Licencia de Funcionamiento b) Licencia de Funcionamiento Temporal c) Licencia de Funcionamiento para Mercados de Abastos y Galerias Comerciales d) Licencia de Funcionamiento para Concesionarios Articulo 3º.- De los exonerados de la Licencia de Funcionamiento Se encuentran exceptuados de solicitar Licencia de Funcionamiento: a) Las instituciones o dependencias del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, incluyendo a las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru, por los establecimientos destinados al desarrollo de las actividades propias de la funcion. No se incluyen dentro de esta exoneracion, las entidades que forman parte de la actividad empresarial del Estado. b) El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, respecto de establecimientos destinados al cumplimiento de las funciones reconocidas en la Ley respectiva. c) Las instituciones de cualquier credo religioso respecto de establecimientos destinados exclusivamente a templos, monasterios, conventos o similares. d) Hospitales, Centros de Salud y Postas Medicas Estatales. e) Comedores Populares y locales comunales autorizados por la Municipalidad. f) Las personas discapacitadas que acrediten esta condicion con la MORDAZA del Certificado de discapacidad que otorga la Comision Nacional de Personas Discapacitadas ­ CONADIS. Las personas naturales o juridicas que gocen del beneficio senalado en este articulo se encuentran obligadas a respetar la normatividad vigente en materia de zonificacion y usos, debiendo comunicar

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
Aprueban Ordenanza que regula el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento en Pucusana
ORDENANZA Nº 066-09-MDP Pucusana, 16 de setiembre del 2009. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pucusana, en sesion ordinaria de la fecha y vista de los informes de la Oficina de Asuntos Juridicos Nº 366-2009-OAJ/MDP y de la Oficina de Administracion Tributaria Nº 546-09/DAT/ MDP, conteniendo el proyecto de Ordenanza que regula el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento en la jurisdiccion del distrito de Pucusana. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680 y la Ley de Reforma, Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales tienen autonomia

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