Norma Legal Oficial del día 03 de Septiembre del año 2009 (03/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de setiembre de 2009

Articulo 2º.- Precisar que la encargatura de las funciones senalada en el articulo precedente se mantendra vigente en tanto dure el permiso sin goce de haber otorgado mediante Resolucion Jefatural Nº 0428-2009-ANA, a favor del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Solorzano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua 392463-1

y el Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM; y de acuerdo a lo dispuesto por el Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la actualizacion del Plan Director de las Areas Naturales Protegidas, el mismo que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Encarguese al Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, cautelar por la aplicacion del Plan Director de las Areas Naturales Protegidas. Articulo 3º.- Dispongase que el citado Plan Director de las Areas Naturales Protegidas sea publicado en la pagina web oficial del Ministerio del Ambiente y del SERNANP. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Ambiente y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de setiembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente 392482-6

AMBIENTE
Aprueban actualizacion del Plan Director de las Areas Naturales Protegidas
DECRETO SUPREMO Nº 016-2009-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 68º estipula que el Estado esta obligado a promover la conservacion de la diversidad biologica y de las areas naturales protegidas; Que, la Ley de Areas Naturales Protegidas - Ley Nº 26834, establece que dichas areas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorias y zonificaciones, para conservar la diversidad biologica y demas valores asociados de interes cultural, paisajistico y cientifico, asi como por contribucion al desarrollo sostenible del pais; Que, la misma MORDAZA senala al Plan Director de las Areas Naturales Protegidas como el documento que contiene los lineamientos de politica y planeacion estrategica de las Areas Naturales Protegidas en su conjunto, el mismo que sera elaborado y revisado bajo un amplio MORDAZA participativo y que debera contener el MORDAZA conceptual para la constitucion y operacion a largo plazo de las Areas Naturales Protegidas del SINANPE, Areas de Conservacion Regionales y Areas de Conservacion Privadas; asi como analizar los tipos de habitat del Sistema y las medidas para conservar y completar la cobertura ecologica requerida. Que, adicionalmente el articulo 35º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, precisa que el Plan Director define los lineamientos de politicas y planeamiento estrategico, asi como el MORDAZA conceptual para un gerenciamiento eficaz y la constitucion y operacion a largo plazo (10 anos) de las Areas Naturales Protegidas y del SINANPE, formulando las medidas para conservar y complementar la cobertura ecologica requerida, constituyendo el instrumento MORDAZA de planificacion y orientacion del desarrollo de las Areas Naturales Protegidas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 010-99-AG se aprobo la Estrategia Nacional de las Areas Naturales Protegidas o Plan Director, proyecto que pierde vigencia en el presente ano; Que, entre los anos 2005 al 2008, se desarrollo la actualizacion del Plan Director en el MORDAZA de un amplio MORDAZA participativo a traves de talleres, grupos tematicos de trabajo, foros virtuales, que congregaron a diferentes actores involucrados con la gestion de las areas naturales protegidas en el Peru; Que, la citada propuesta de actualizacion del Plan Director cuenta con la opinion favorable del Consejo de Coordinacion del SINANPE; De conformidad con la Ley de Areas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 038-2001-AG

DEFENSA
Disponen que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno durante Estado de Emergencia en diversas provincias y distritos de los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 367-2009-DE/SG MORDAZA, 2 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 055-2009-PCM de fecha 2 de septiembre de 2009, se prorrogo por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 11 de septiembre de 2009, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin; Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, las Fuerzas Armadas en Estado de Emergencia, asumen el control del orden interno si asi lo dispone el Presidente de la Republica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno por el tiempo que dure el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin.

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