Norma Legal Oficial del día 11 de Septiembre del año 2009 (11/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de setiembre de 2009

Articulo 5°.- COSMOS Agencia Maritima S.A.C, presentante legal en el Peru de la SECRETARIA GENERAL DE PESCA MARITIMA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION DE ESPANA, debera cumplir con las siguientes obligaciones: · Reservar acomodacion a bordo para el numero de cientificos de investigacion de la Direccion de Hidrografia y Navegacion del Peru. · Presentar a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion el informe final y al Instituto MORDAZA del Peru ademas del informe final la informacion oceanografica y atmosferica recolectada en su paso frente al Peru, en un plazo de seis (06) meses contados a partir de la culminacion de la expedicion que se autoriza, y · Remitir al Ministerio de la Produccion el Permiso de Navegacion otorgado por la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Articulo 6°.- Las operaciones de investigacion estan sujetas a lo dispuesto en el ordenamiento pesquero vigente. Articulo 7°.- Transcribas la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 396114-1

Publican relaciones de embarcaciones pesqueras que participaran en pesca exploratoria del recurso merluza
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 701-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 9 de septiembre de 2009 VISTOS: los Oficios Nº DE-100-227-2009-PRODUCE/ IMP y Nº DE-100-232-2009-PRODUCE/IMP del 9 de setiembre de 2009, del Instituto MORDAZA del Peru- IMARPE, sobre la relacion de embarcaciones que participaran en la Pesca Exploratoria del Recurso Merluza y el Informe Nº 497-2009-PRODUCE/DGEPP-Dch de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del 9 de setiembre de 2009. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 8742008-PRODUCE publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de diciembre de 2008, se establecio el Regimen Provisional de Pesca del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) correspondiente al ano 2009, en el MORDAZA del cual se autorizo la actividad extractiva del citado recurso desde el 01 de enero al 31 de diciembre de 2009 en el area maritima comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru y el paralelo 06º 00' Latitud Sur; ademas se fijo la cuota total de pesca del recurso merluza en 45,000 toneladas metricas; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 1962009-PRODUCE, se publica la relacion de indices de participacion y cuotas individuales de pesca por armador o empresa pesquera, que cuentan con embarcaciones arrastreras con permiso de pesca vigente y se encuentren en estado operativo, de acuerdo al articulo 2° y 8° de la Resolucion Ministerial N° 874-2008-PRODUCE; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 338-2009PRODUCE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de agosto 2009, se establecio la MORDAZA reproductiva del

recurso merluza y se suspendio la actividad extractiva a partir de las 00:00 del dia 22 de agosto, en el area maritima comprendida desde el extremo norte del dominio maritimo del Peru y el Paralelo 6°00' LS; Que, el Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE mediante el Oficio Nº DE-100-220-2009-PRODUCE/IMP del 3 de setiembre de 2009, alcanzo el Plan de Pesca Exploratoria de Merluza-Setiembre 2009, a realizarse en el area maritima comprendida entre 03º 30' LS (Puerto Pizarro) y 07º 00' LS (Pimentel), durante los dias 10 y 11 de setiembre de 2009, con el objetivo de evaluar el avance del MORDAZA reproductivo del stock parental de merluza en la senalada area maritima con la participacion de cinco (05) embarcaciones arrastreras de Paita, con permiso de pesca vigente y que participan en el Regimen Provisional de Pesca autorizado por la Resolucion Ministerial Nº 8742008-PRODUCE; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 3772009-PRODUCE, del 9 de setiembre 2009, se autorizo al Instituto MORDAZA del Peru-IMARPE la ejecucion de la Pesca Exploratoria de Merluza (Merluccius gayi peruanus) en la MORDAZA maritima comprendida entre los 03°30' (Puerto Pizarro) y 07°00' LS (Pimentel) entre el 10 y 11 de setiembre 2009, con la participacion de cinco (05) embarcaciones arrastreras, con permiso de pesca vigente y que participan del Regimen Provisional de Pesca autorizado por la Resolucion Ministerial N° 8742008-PRODUCE; Que, por su parte a traves del Oficio N° DE-100-2272009-PRODUCE/IMP, del 9 de setiembre 2009, el Instituto MORDAZA del Peru alcanza la relacion de embarcaciones arrastreras que participaran en la Pesca Exploratoria del Recurso Merluza, con sus respectivas areas. Asimismo, con oficio N° DE-100-232-2009-PRODUCE/ IMP, el IMARPE indica la embarcacion arrastrera que participara en calidad de suplente, conforme lo establece la Resolucion Ministerial N° 377-2009-PRODUCE; Que, estando a lo informado por la Direccion de Consumo de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante el Informe N° 4972009-PRODUCE/DGEPPDch y con la opinion favorable del Area Legal correspondiente; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0122001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la merluza, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0162003-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Publicar MORDAZA Anexo I, la relacion de embarcaciones arrastreras costeras y de mediana escala, con permiso de pesca vigente y que participan en el Regimen Provisional de Pesca de Merluza, autorizado por la Resolucion Ministerial Nº 874-2008-PRODUCE, y se encuentran en el anexo de la Resolucion Ministerial N° 196-2009-PRODUCE, indicando las embarcaciones seleccionadas para participar en la Pesca Exploratoria del Recurso Merluza. Articulo 2º.- Publicar como Anexo II, la embarcacion de mediana escala con permiso de pesca vigente y que participara en el Regimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza, autorizado por la Resolucion Ministerial Nº 874-2008-PRODUCE, en calidad de suplente, por lo que su actuacion esta sujeta a lo dispuesto en el articulo 3° de la presente Resolucion Directoral. Articulo 3º.- Cuando por causa de problemas tecnicos, la embarcacion pesquera no pueda participar en la Pesca Exploratoria del Recurso Merluza, el IMARPE dispondra la sustitucion de la misma conforme a la relacion publicada como Anexo II de la presente Resolucion Directoral. Articulo 4º.- El area de ejecucion de la Pesca Exploratoria esta comprendida entre los paralelos 03°30' LS (Puerto Pizarro) y 07°00' LS (Pimentel) y las operaciones pesca de las embarcaciones pesqueras deberan desarrollarse de conformidad a las disposiciones establecidas en la Resolucion Ministerial N° 377-2009PRODUCE.

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