Norma Legal Oficial del día 14 de Septiembre del año 2009 (14/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 14 de setiembre de 2009

Que, en el articulo 22º del Reglamento, se establece que: "Con los dictamenes favorables, la Secretaria General solicitara a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluacion del Proyecto, programando una entrevista de los promotores y miembros de la Comision Organizadora propuesta con una comision de Consejeros del Pleno, con la finalidad de conocer sobre su hoja de MORDAZA documentada, su vinculacion con la actividad academica, su identificacion y compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional. Luego el expediente sera puesto en consideracion del Pleno del Consejo para su admision a tramite"; Que, con Oficio Nº 1188-2009-CONAFU-P de fecha 22 de MORDAZA de 2009 el Presidente del CONAFU cita a los promotores y miembros de la Comision Organizadora propuesta del Proyecto de Universidad "Maria Auxiliadora", de conformidad con el articulo 22º del Reglamento del CONAFU; Que, con fecha 10 de agosto de 2009 se llevo a cabo la entrevista de los Promotores y Comision Organizadora propuesta del Proyecto de Universidad MORDAZA Auxiliadora, con los miembros del Pleno del CONAFU, en cumplimiento con la MORDAZA descrita en el parrafo anterior; Que, en sesion de fecha 10 de agosto de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 345-2009-CONAFU aprobo por UNANIMIDAD: Admitir a tramite la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad MORDAZA Auxiliadora, presentado por el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Representante Legal de LATINUM GROUP S.A.C; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Enfermeria, 2) Administracion de Negocios Internacionales y 3) Marketing Empresarial, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ADMITIR A TRAMITE la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad MORDAZA Auxiliadora, presentado por el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Representante Legal de LATINUM GROUP S.A.C; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Enfermeria, 2) Administracion de Negocios Internacionales y 3) Marketing Empresarial. Articulo Segundo.- PROSIGASE con el tramite de la solicitud de Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad MORDAZA Auxiliadora, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882, y de conformidad con toda la normatividad vigente del CONAFU. Articulo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCUNA Presidente MORDAZA MORDAZA TIO MORDAZA Secretaria General 396253-1

autorizacion de funcionamiento provisional o definitivo de las nuevas universidades a nivel nacional; Que, de conformidad con el articulo 2º de la Ley Nº 26439: "son atribuciones del CONAFU:... g) Elaborar la reglamentacion que senale los requisitos, procedimientos y plazos, para la autorizacion provisional o definitiva de funcionamiento y para la evaluacion de las universidades con autorizacion provisional"; en concordancia con el articulo 3º del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, que expresamente senala: "Son atribuciones del CONAFU: k) Elaborar y aprobar el Reglamento General y los Reglamentos especificos que senalen los procedimientos, requisitos y plazos de todos los procesos administrativos necesarios para el cumplimiento"; Que, en el articulo 4º del referido Estatuto, se establece que: "Son fines del CONAFU: a) Promover una educacion universitaria de calidad, en concordancia con los fines de la Universidad, establecidos en la Ley Universitaria vigente. b) Desarrollar en el MORDAZA una cultura de evaluacion institucional orientada a la acreditacion universitaria. c) Certificar el cumplimiento de las condiciones establecidas por el articulo 7º de la Ley Nº 26439 - Ley de Creacion del CONAFU, para otorgar la autorizacion de funcionamiento provisional de una Universidad o de una Escuela de Posgrado"; Que, por Resolucion Nº 536-2008-CONAFU de fecha 19 de diciembre de 2009, se resuelve establecer que los participantes de Concursos de Plazas Docentes Ordinarios y/o Contratados que no obtengan Nota Aprobatoria en la Clase Modelo de dichos Concursos, no pueden ser contratados ni propuestos por Invitacion por la Universidad Organizadora del Concurso Publico; Que, analizando la gran demanda de solicitudes presentadas por los Proyectos de Universidades, Universidades y Escuelas de Posgrado que se encuentran bajo la competencia del CONAFU con relacion a contratar docentes por invitacion despues de haber llevado a cabo sus respectivos procesos de concursos de docentes y habiendo quedado plazas desiertas, es necesario definir el porcentaje de plazas declaradas desiertas, a fin de permitir realizar el mencionado contrato por invitacion; Que, en sesion de fecha 24 de MORDAZA de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 347-2009-CONAFU aprobo por UNANIMIDAD: Autorizar a los Proyectos de Universidades, Universidades y Escuelas de Posgrado que se encuentran bajo la competencia del CONAFU a contratar docentes por invitacion para cubrir las plazas declaradas desiertas, siempre y cuando hayan cubierto el 60% de sus plazas, dando fiel cumplimiento a la Resolucion Nº 536-2008CONAFU, pudiendo contratar por invitacion preferentemente a los docentes que participaron y obtuvieron nota aprobatoria en la clase modelo del ultimo Concurso Publico, asi como aquellos que han ejercido la docencia en dicha Universidad; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del articulo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a los Proyectos de Universidades, Universidades y Escuelas de Posgrado que se encuentran bajo la competencia del CONAFU a contratar docentes por invitacion para cubrir las plazas declaradas desiertas, siempre y cuando hayan cubierto el 60% de sus plazas, dando fiel cumplimiento a la Resolucion Nº 536-2008-CONAFU, pudiendo contratar por invitacion preferentemente a los docentes que participaron y obtuvieron nota aprobatoria en la clase modelo del ultimo Concurso Publico, asi como aquellos que han ejercido la docencia en dicha Universidad. Articulo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCUNA Presidente MORDAZA MORDAZA TIO MORDAZA Secretaria General 396251-1

Autorizan a los Proyectos de Universidades, Universidades y Escuelas de Posgrado bajo competencia del CONAFU a contratar docentes por invitacion
RESOLUCION Nº 404-2009-CONAFU MORDAZA, 6 de agosto de 2009 VISTO: La Resolucion Nº 536-2008-CONAFU de fecha 19 de diciembre de 2009 y el Acuerdo Nº 347-2009CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU de fecha 24 de MORDAZA de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de

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