Norma Legal Oficial del día 15 de Septiembre del año 2009 (15/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, martes 15 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

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Visto, el Expediente N° 174-2009/SBNJAD que contiene los antecedentes del tramite desafectacion de dominio publico a dominio privado del predio de 353.47 m², ubicado en la Manzana J5, Lote (1B5) (1A-1-2-2J5), Sector MORDAZA del Asentamiento Humano Puerto MORDAZA, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29151 se creo el Sistema Nacional de Bienes Estatales como el conjunto de organismos, garantias y normas que regulan, de manera integral y coherente, los bienes estatales, en sus niveles de Gobierno Nacional, regional y local, a fin de lograr una administracion ordenada, simplificada y eficiente de los bienes del Estado; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en merito a la Ley N° 29151- Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 004-2007VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, es el Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion esta a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social; Que, el articulo 43° del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, establece que la desafectacion de un bien de dominio publico, procedera cuando MORDAZA perdido la naturaleza o condicion apropiada para su uso publico o para prestar un servicio publico y debera ser aprobada por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, excepcionalmente, a solicitud de la entidad previo informe sustentatorio, la SBN procedera a aprobar la desafectacion de los predios de dominio publico; Que, el Estado es propietario del predio de 353.47 m², ubicado en la Manzana J5, Lote (1B5) (1A-1-2-2J5), Sector MORDAZA del Asentamiento Humano Puerto MORDAZA, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, el cual se encuentra inscrito en la Partida Nº P52006899 del Registro de Predios del Callao y con Registro SINABIP Nº 2060 del Libro del Callao; Que, el citado predio es un lote destinado para Uso de Servicios Comunales, por lo que de conformidad con el literal a), numeral 2.2 del articulo 2° del Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, constituye un bien de dominio publico; Que, sin embargo, dicho predio viene siendo ocupado por la Capilla de Puerto MORDAZA, perteneciente a la Parroquia San MORDAZA Bosco, cuya administracion se encuentra a cargo del Obispado del Callao, por lo que, al no estar administrado por una entidad publica, no cumple un uso publico o de servicio publico; Que, mediante Memorando N° 387-2004/SBN-GL de fecha 28 de setiembre de 2004, la Gerencia Legal de la Superintendencia de Bienes Nacionales senala que la desafectacion administrativa de los bienes de propiedad estatal, debera realizarla la Jefatura de Adjudicaciones; Que, mediante el literal l) del Articulo 41º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/SBN de fecha 03 de septiembre del 2001, se faculta a la Jefatura de Adjudicaciones a realizar la transferencia patrimonial de la propiedad inmobiliaria estatal asi como emitir en primera instancia las Resoluciones de su competencia; Que, de acuerdo a lo senalado en el Informe Tecnico Legal N° 432-2009/SBN-GO-JAD, de fecha 13 de agosto de 2009, resulta necesario proceder a la desafectacion de su condicion de dominio publico del predio MORDAZA descrito, de conformidad con el MORDAZA parrafo del articulo 43° del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, dado que el predio indicado ha perdido la finalidad de brindar un servicio publico; y De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, asi como la Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/SBN, Resolucion N° 066-2009/SBN ;

SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar la desafectacion de su condicion de bien de dominio publico al dominio privado del Estado, del predio de 353.47 m², ubicado en la Manzana J5, Lote (1B5) (1A-1-2-2J5), Sector MORDAZA del Asentamiento Humano Puerto MORDAZA, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, el cual se encuentra inscrito en la Partida Nº P52006899 del Registro de Predios del Callao. Articulo 2°.- Por el merito de la presente Resolucion, la MORDAZA Registral IX - Sede Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, procedera a inscribir la desafectacion de dominio publico dispuesta en el articulo precedente. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adjudicaciones 396938-1 JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCION Nº 136-2009/SBN-GO-JAD San MORDAZA, 11 de setiembre de 2009. Visto, el Expediente N° 184-2009/SBNJAD, correspondiente al tramite de desafectacion de dominio publico del predio de 864.00 m², constituido por el Lote CEI de la Manzana C1, Parcela 3, Primer Sector, Barrio 2 del Agrupamiento MORDAZA, ubicado en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Registral N° P03041160 del Registro de Predios de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en merito a la Ley N° 29151, Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 004-2007VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, es el Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion esta a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social; Que, el Estado es propietario de un predio de 864.00 m², constituido por el Lote CEI de la Manzana C1, Parcela 3, Primer Sector, Barrio 2 del Agrupamiento MORDAZA, ubicado en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Registral N° P03041160 del Registro de Predios de MORDAZA y con Registro SINABIP Nº 1737 del Libro de Lima; Que, el citado predio es un lote destinado al sector educacion, por lo que de conformidad con el literal a), numeral 2.2 del articulo 2° del Decreto Supremo N° 0072008-VIVIENDA, constituye un bien de dominio publico; Que, mediante Titulo de Afectacion en Uso de fecha 27 de MORDAZA del 2000, la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal (hoy Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI) afecto en uso el predio MORDAZA descrito a favor del Ministerio de Educacion, para que lo destine al desarrollo especifico de sus funciones; Que, mediante Resolucion N° 172-2008/SBN-GOJAR, de fecha 30 de setiembre del 2008, se dispone la inscripcion de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales SBN y se declara la extincion de la afectacion en uso por incumplimiento y/o desnaturalizacion de su finalidad; Que, el articulo 43° del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, establece que la desafectacion de un bien de dominio publico, al dominio privado del Estado procede cuando MORDAZA perdido la naturaleza o condicion apropiada para su uso publico o para prestar un servicio publico, y sera aprobada por la SBN, de acuerdo con sus respectivas competencias; Que, de acuerdo a la inspeccion tecnica de fecha 26 de agosto de 2009, realizada por personal de esta

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