Norma Legal Oficial del día 15 de Septiembre del año 2009 (15/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 15 de setiembre de 2009

Desconcentrada de Control de la Magistratura, Oficina de Administracion Distrital. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PUERTAS Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte 396997-2

Crean la "Escuela de Justicia de Paz de MORDAZA Norte" en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 512-2009-P-CSJLN/PJ Independencia, nueve de setiembre del dos mil nueve. VISTO: El Proyecto "Creacion de la Escuela de Justicia de Paz de MORDAZA Norte" elaborado por este Despacho con el apoyo de la Oficina Distrital de Justicia de Paz ODAJUP- de MORDAZA Norte; y, CONSIDERANDO: Que, la Justicia de Paz es una institucion que soluciona conflictos y controversias en el ambito local y vecinal mediante la conciliacion y tambien a traves de decisiones de caracter jurisdiccional o sentencias que se dictan en equidad, conforme a los criterios de justicia propios de la comunidad y en el MORDAZA de la Constitucion Politica; Que, la Justicia de Paz contribuye a la paz social y a lograr que la justicia no sea un factor de exclusion porque permite superar las barreras geograficas, economicas, linguisticas y culturales que la afectan; Que, la Justicia de Paz, que cuenta actualmente con casi 5,500 operadores distribuidos en todos los Distritos Judiciales del MORDAZA, se ha desarrollado mayormente en las zonas rurales e incursionado con exito en zonas perifericas a las urbes del interior del MORDAZA en vista que en ellas radican pobladores que han migrado de las zonas rurales aledanas y tienen arraigadas similares tradiciones comunitarias y costumbres, entre las que se identifica su deseo de vivir en MORDAZA y equilibrio con su entorno y su allanamiento a la solucion de una controversia o conflicto via la conciliacion ante una autoridad comunal. Que, asimismo, el Poder Judicial se ha propuesto implantar la Justicia de Paz en el distrito MORDAZA de MORDAZA Norte, considerando que tiene zonas en las que se cobijan familias de migrantes provincianos de escasos recursos, plurales culturalmente, que generan un altisimo indice de conflictividad por falta de mecanismos idoneos de control social y de presencia estatal, conociendose a esta nueva expresion de la Justicia de Paz como "Justicia de Paz Urbana". Que, la implantacion de la "Justicia de Paz " requiere la concurrencia de elementos adicionales a los que caracteriza a la Justicia de Paz tradicional, en vista que se asentara en zonas donde los pobladores son producto del mestizaje cultural y la heterogeneidad de nuestro tejido social, los conflictos sociales y vecinales tienen mayor intensidad y envergadura y los operadores no podran recurrir simplemente a tradiciones o costumbres para resolverlos; Que, el Juez de Paz MORDAZA debe tener un perfil adecuado a las necesidades de su entorno, acorde con la naturaleza de los conflictos que debe resolver y estar preparado para responder eficientemente a la demanda de justicia basica de la poblacion; Que, un factor determinante para lograr lo anterior es brindar a estos operadores una capacitacion MORDAZA y permanente que permita fortalecer sus conocimientos, habilidades y actitudes en el MORDAZA del Plan Nacional de Capacitacion y Formacion Continua de Jueces de Paz 2008-2011 aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; Que, en esa inteligencia, esta Presidencia considera que debe crearse una institucion al interior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte dedicada a realizar las labores de capacitacion de Jueces de Paz Urbanos, asi como de los jueces de paz propiamente dichos;

Que, la "Escuela de Justicia de Paz de MORDAZA Norte" sera fundamentalmente un espacio para la formacion holistica y permanente de operadores de la Justicia de Paz en areas relativas a las materias de su competencia, asi como para el fortalecimiento de sus habilidades y actitudes, estando vinculada estrechamente a las necesidades y proyectos estrategicos del Poder Judicial y de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte. Que, la "Escuela de Justicia de Paz de MORDAZA Norte" no modificara la arquitectura organizacional de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, pues desarrollara una de las funciones esenciales y formara parte de la Oficina Distrital de Justicia de Paz -ODAJUP- cuyo titular asumira la responsabilidad de su conduccion. Que, sus funciones se detallan en la parte resolutiva y su organizacion interna y funcionamiento se precisaran en los documentos de gestion que se formularan y aprobaran luego del acto de creacion; Que, la "Escuela de Justicia de Paz de MORDAZA Norte" tendra como sede principal el Auditorio o Sala de Reuniones de la sede de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, pero, dada su especial naturaleza, podra desarrollar sus actividades en cualquiera de las zonas en las que los Jueces de Paz ejercen jurisdiccion; Que, el funcionamiento de la "Escuela de Justicia de Paz de MORDAZA Norte" no irrogara afectacion alguna al presupuesto asignado al Distrito Judicial de MORDAZA Norte, en vista que sus actividades se financiaran con aportes materiales voluntarios de entidades o personas del sector publico o privado interesados en el fortalecimiento de la Justicia de Paz en esta circunscripcion con quienes se suscribira un convenio para tal efecto; Que, la "Escuela de Justicia de Paz de MORDAZA Norte" iniciara su funcionamiento el primer viernes del mes de octubre del 2009 y su duracion sera indefinida Que, esta presidencia, en uso de las atribuciones contenidas en el articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial y el Reglamento de Organizacion y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear a partir de la fecha la "Escuela de Justicia de Paz de MORDAZA Norte" en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte como una institucion dedicada especialmente a realizar las labores de capacitacion permanente de Jueces de Paz de esta circunscripcion, acorde a lo senalado en el decimo considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Las funciones de "Escuela de Justicia de Paz de MORDAZA Norte" seran las siguientes: a) Elaborar el diagnostico de las necesidades de capacitacion y formacion de los Jueces de Paz Urbanos y Rurales del Distrito Judicial de MORDAZA Norte; b) Proponer la malla curricular y los programas anual y mensual de capacitacion; c) Seleccionar las metodologias y tecnicas pedagogicas a utilizarse; d) Designar a los facilitadores segun su perfil y las materias a abarcar en el evento de capacitacion; e) Proporcionar la infraestructura, recursos materiales y la logistica que se requieran. f) Organizar los eventos de capacitacion g) Otras que le MORDAZA encargadas por esta Presidencia. Articulo Tercero.- La organizacion interna y funcionamiento "Escuela de Justicia de Paz de MORDAZA Norte" se precisaran en los documentos de gestion que se formularan y aprobaran luego de su creacion. Articulo Cuarto.- La "Escuela de Justicia de Paz de MORDAZA Norte" iniciara su funcionamiento el primer viernes del mes de octubre del 2009 y su duracion sera indefinida. Articulo Quinto.- Encargar la responsabilidad de su conduccion a la Oficina Distrital de Justicia de Paz -ODAJUP-, asi como la realizacion de todas las acciones que MORDAZA necesarias para su adecuado funcionamiento. Articulo Sexto.- Disponer que los organos jurisdiccionales y administrativos que integran esta Corte Superior de Justicia brinden las facilidades y el apoyo necesario para alcanzar los objetivos trazados.

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