Norma Legal Oficial del día 18 de Septiembre del año 2009 (18/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de setiembre de 2009

Articulo 1º.- Autorizar el viaje de MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General Forestal y de Fauna MORDAZA (e) y de MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, especialista de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura, a la MORDAZA de Bruselas, Belgica, del 19 al 26 de septiembre del 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran asumidos integramente por el Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA Silva: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC TOTAL US$ 3 268.27 US$ 1 820.00 US$ 31.00 US$ 5 119.27

Que, se ha visto por conveniente efectuar las designaciones correspondientes; De conformidad con lo dispuesto el Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como miembros del Consejo Directivo del Programa de Compensaciones para la Competitividad, en representacion del Ministerio de Agricultura, a los siguientes funcionarios: · MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien lo Presidira · MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro. · MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro Registrese y comuniquese. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 399084-1

MORDAZA MORDAZA del Pozo: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC TOTAL US$ 3 268.27 US$ 1 820.00 US$ 31.00 US$ 5 119.27

Articulo 3º.- Dentro de los (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, los representantes de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura, cuyo viaje se autoriza por la presente Resolucion Suprema, deberan presentar al titular del sector, un informe detallado sobre las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 399138-11

Establecen requisitos sanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de "Harina de Carne y Huesos" de la especie bovina y ovina, de origen y procedencia MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 050-2009-AG-SENASA-DSA La MORDAZA, 11 de setiembre de 2009 VISTOS: El Informe Nº 647-2009-AG-SENASA-SCA-DSA el cual recomienda se publiquen los requisitos sanitarios para la importacion de "Harina de Carne y Hueso" de las especies bovina y ovina, siendo su origen y procedencia Chile; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059 Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, expresa que el ingreso al MORDAZA, como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca en el ambito de su competencia el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA; Que, asi tambien el articulo 9° de la referida MORDAZA establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA dictara las medidas fito y zoosanitarias para la prevencion, el control o la erradicacion de plagas y enfermedades. Dichas medidas seran de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier titulo, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas que se trate; Que, el articulo 12° del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que los requisitos fito y zoosanitarios se publican en el Diario Oficial El Peruano; Que, el articulo 28° del Decreto Supremo N° 0082005-AG ­ Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria establece que la Direccion de Sanidad Animal tiene entre sus funciones el establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervision zoosanitaria tanto al comercio nacional como internacional de productos y subproductos pecuarios; Que, el Articulo 21º de la Decision 515 de la Comunidad MORDAZA refiere que "un MORDAZA Miembro que realice importaciones desde terceros paises se aseguraran que las medidas sanitarias y fitosanitarias que se exijan a tales

Designan miembros del Consejo Directivo del Programa de Compensaciones para la Competitividad, en representacion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0677-2009-AG MORDAZA, 14 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Legislativo Nº 1077 se crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, como una Unidad Ejecutora del Pliego 013: Ministerio de Agricultura, la que actuara bajo los lineamientos del Consejo Directivo; Que, segun el articulo 8º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1077, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2009-AG, el citado Consejo Directivo esta conformado por seis (06) miembros, tres (03) de los cuales deben ser designados por el Ministro de Agricultura, uno de los cuales lo preside;

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