Norma Legal Oficial del día 18 de Septiembre del año 2009 (18/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

402759

MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General del Material de la MORDAZA, para que asista en Visita Profesional a la Armada de MORDAZA, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA - MORDAZA, a partir del 30 de setiembre al 2 octubre de 2009, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional e Institucional; De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa, Ley N° 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Contralmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 02778555 y DNI. 43305761, Director General del Material de la MORDAZA, para que asista en Visita Profesional a la Armada de MORDAZA, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA - MORDAZA, a partir del 30 de setiembre al 2 octubre de 2009. Articulo 2°.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: MORDAZA - MORDAZA (CHILE) - MORDAZA US$. 771.15 x 1 persona Viaticos: US$. 200.00 x 3 dias x 1 persona Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$. 31.00 x 1 persona Articulo 3°.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4°.- El mencionado Oficial MORDAZA debera cumplir con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG de fecha 30 de junio de 2004. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 399138-13

Que, con Facsimil (DGS) Nº 896 de fecha 04 de septiembre de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia sin MORDAZA de guerra; Que, mediante el Acta Final de la XV Ronda de Conversaciones entre los Ejercitos de Peru y Colombia, realizadas en febrero de 2008, se acordo efectuar el intercambio de Oficiales. Dicha actividad ha sido considerada en el Plan de Intercambio de Oficiales entre ambos paises, habiendose coordinado que los Oficiales de la Republica de Colombia visiten el Peru, en el periodo comprendido del 20 al 26 de setiembre de 2009. Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano.En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable del Ejercito del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica del MORDAZA MORDAZA FREDY MORDAZA CASTEBLANCO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA JHON ANDERSON PALENCIA MORDAZA, del 20 al 26 de septiembre de 2009, para participar en un intercambio de Cadetes con la Escuela Militar del Ejercito del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 398887-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 894-2009-DE/SG MORDAZA, 17 de setiembre de 2009. CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DGS) Nº 895 de fecha 04 de setiembre de 2009, Nº 918 de fecha 11 de setiembre de 2009 y Nº 924 del 15 de setiembre de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, de la Republica Oriental del Uruguay, de la Republica del Ecuador, de la Republica de El MORDAZA, de la Republica MORDAZA, de la Republica de MORDAZA, de los Estados Unidos Mexicanos, de la Republica de Colombia y de la Republica Federativa de Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, en el mes de setiembre del 2008, en la Republica de Ecuador se llevo a cabo la XXIII Conferencia MORDAZA Interamericana, en la que se acordo convocar a la VIII Conferencia MORDAZA Especializada de Directores de

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Colombia, EE.UU., Uruguay, Ecuador, El MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Mexico y Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 893-2009-DE/SG MORDAZA, 17 de setiembre de 2009.

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