Norma Legal Oficial del día 18 de Septiembre del año 2009 (18/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

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Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 399138-10

Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolucion se efectuaran con cargo al presupuesto de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aereos Viaticos TUUA : US$ : US$ : US$ 2 102,24 1 300,00 31,00

Autorizan viaje de funcionario de PROINVERSION a Belgica para asistir a Reunion Adicional para suscribir Acuerdo Comercial entre la Union Europea y Paises Andinos
RESOLUCION SUPREMA Nº 096-2009-EF MORDAZA, 17 de setiembre de 2009 Visto el Oficio Nº 892-2009-SG/PROINVERSION de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada PROINVERSION, sobre autorizacion de viaje. CONSIDERANDO: Que, del 21 al 25 de setiembre de 2009, se desarrollara en la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica, la Reunion Adicional para la suscripcion de un Acuerdo Comercial entre la Union Europea y Paises Andinos; Que, mediante Facsimil Circular Nº 319-2009MINCETUR/VMCE/DNINCI, el Director Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, solicita la participacion de funcionarios de PROINVERSION, cuya presencia sea requerida por los distintos grupos de negociacion; Que, durante esta Reunion se buscara la culminacion de las negociaciones desarrolladas durante las rondas previas, realizadas sobre el texto del Capitulo de Establecimiento, Comercio de Servicios y Comercio Electronico; Que, corresponde a la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, entre otras, participar en la negociacion de convenios internacionales de inversion, asi como formular y proponer una politica informativa destinada a difundir la realidad economica del MORDAZA, como un ambiente propicio para los inversionistas privados ante la comunidad economica internacional; Que, la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, considera conveniente que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Perret, Jefe de Tratamiento de Inversion y Cooperacion Internacional de la Direccion de Facilitacion y Promocion de Inversiones, participe en la citada Reunion; Que, en consecuencia y siendo de interes para el MORDAZA, es necesario autorizar el viaje del mencionado funcionario, debiendo dicha agencia de promocion asumir con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes, viaticos y Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29289 y en el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, por excepcion, el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Perret, Jefe de Tratamiento de Inversion y Cooperacion Internacional de la Direccion de Facilitacion y Promocion de Inversiones de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION a la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica, del 19 al 24 de setiembre de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario debera presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Articulo 4º.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 399138-9

ENERGIA Y MINAS
Modifican el item BG10 del MORDAZA del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 400-2009-MEM/DM MORDAZA, 14 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 041-2001-EM, se dispone que los titulares mineros que incumplan la ejecucion de su Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental - PAMA, podran presentar un Programa Especial de Manejo Ambiental ­ PEMA, sobre los proyectos o actividades que no pudieron ejecutarse como parte del PAMA, por razones de caso fortuito o fuerza mayor; Que, el articulo 3° del Decreto Supremo N° 0412001-EM, dispone que el PEMA debera ser presentado en dos ejemplares ante la Direccion General de Asuntos Ambientales, acompanado del documento emitido por la Direccion General de Mineria o el OSINERG, hoy OSINERGMIN, que acredite la autorizacion de la MORDAZA del respectivo PEMA; Que, mediante Decreto Supremo N° 061-2006-EM, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, en adelante el TUPA; Que, el Item BG10 del MORDAZA, establece los requisitos para la aprobacion o modificacion del Programa Especial de Manejo Ambiental ­ PEMA, que debe ser presentado por los titulares mineros a la Direccion General de Asuntos Ambientales Mineros para su respectiva evaluacion; Que, el Ministerio de Energia y Minas ha culminado a la fecha el MORDAZA de transferencia de funciones de supervision, fiscalizacion y sancion al OSINERGMIN en concordancia con la Ley N° 28964, por lo que dicha entidad actualmente supervisa y fiscaliza el cumplimiento de las normas legales y los compromisos asumidos por los titulares mineros en los estudios ambientales, dentro de los cuales se encuentra el Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental ­ PAMA y el Programa Especial de Manejo Ambiental ­ PEMA, aprobados por el Ministerio de Energia y Minas, asi como establece las sanciones correspondientes a los titulares mineros que no cumplan con los mismos;

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