Norma Legal Oficial del día 07 de Abril del año 2010 (07/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

416736
COORDENADAS WGS 84

NORMAS LEGALES
VERTICES DEL POLIGONO E COORDENADAS COORDENADAS UTM GEOGRAFICAS LONGITUD NORTE ESTE LATITUD SUR OESTE 8533829.423 357783.109 13º15'33.019'' 76º18'45.849'' 8533841.290 357794.976 13º15'32.635'' 76º18'45.452'' 8533842.704 357793.561 13º15'32.588'' 76º18'45.499'' 8533905.629 357856.486 13º15'30.551'' 76º18'43.397'' 8533898.699 357863.416 13º15'30.778'' 76º18'43.168'' 8533924.860 357889.577 13º15'29.931'' 76º18'42.295'' 8533931.790 357882.647 13º15'29.704'' 76º18'42.524'' 8534752.735 358702.703 13º15'3.127'' 76º18'15.136'' 8534740.653 358712.403 13º15'3.522'' 76º18'14.816'' 8533820.370 357792.162 13º15'33.315'' 76º18'45.549'' AREA = 19,226.82 m.² COORDENADAS WGS 84 VERTICES DEL POLIGONO F COORDENADAS GEOGRAFICAS LONGITUD NORTE ESTE LATITUD SUR OESTE 8533939.538 357724.545 13º15'29.425'' 76º18'47.775'' 8533889.133 357723.399 13º15'31.065'' 76º18'47.822'' 8533886.186 357726.334 13º15'31.162'' 76º18'47.725'' 8533936.442 357727.480 13º15'29.526'' 76º18'47.678'' AREA = 151.18 m.² COORDENADAS UTM

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2010

Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 477421-7

VERTICE D8 F G H I J K Y 14 15

Aprueban Addenda Nº 1 al Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Operacion del Tramo Vial: Ovalo Chancay / Dv. Variante Pasamayo - Huaral - Acos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0162-2010-MTC/02 MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, con fecha 20 de febrero de 2009, el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adelante el Concedente, suscribio el Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Operacion del Tramo Vial: Ovalo Chancay / Dv. Variante Pasamayo ­ Huaral ­ Acos, en adelante Contrato de Concesion, con el Consorcio Concesion Chancay - Acos S.A., en adelante el Concesionario; Que, las Partes han acordado suscribir la Addenda No. 1 al citado Contrato de Concesion, para cuyo efecto de conformidad en lo previsto en la Seccion XIX, Clausula 19.1 del Contrato de Concesion se solicito opinion al Regulador ­ OSITRAN; Que, con Oficio Circular Nº 071-09-SCD-OSITRAN, de fecha 13 de noviembre de 2009 el Organo Regulador remite el Acuerdo Nº 1215-332-09-CD-OSITRAN de fecha 11 de noviembre del 2009, mediante el cual el Consejo Directivo de OSITRAN, acordo aprobar la opinion tecnica contenida en el Informe Nº 02709-GRE-GS-GAL-OSITRAN, del 11 de noviembre de 2009, que estima conveniente modificar el Contrato de Concesion; Que, atendiendo a las recomendaciones realizadas por el Organismo Regulador OSITRAN en el Informe Nº 02709-GRE-GS-GAL-OSITRAN, del 11 de noviembre de 2009, por la Direccion General de Concesiones en Transportes del MTC, a traves del Informe N° 76-2010-MTC/25 y por la Oficina General de Asesoria Juridica del MTC, a traves del Informe Nº 801-2010-MTC/08, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en calidad de Concedente y la empresa Consorcio Concesion Chancay Acos S.A., en calidad de Concesionario, han convenido en celebrar la Addenda Nº 1 al referido Contrato de Concesion; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el texto de la Addenda No. 1 al Contrato de Concesion para la Construccion, Conservacion y Operacion del Tramo Vial: Ovalo Chancay / Dv. Variante Pasamayo ­ Huaral ­ Acos, el mismo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Addenda aprobada en el articulo anterior, asi como los documentos que resulten necesarios para su formalizacion. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 476901-1

VERTICE D3 D4 17 16

RESUMEN DE AREA ACUATICA SOLICITADA DESCRIPCION AREA (m2) POLIGONO A 103,446.82 POLIGONO B 5,206.93 POLIGONO C 7,580.33 POLIGONO D 3,478.79 POLIGONO E 19,226.82 POLIGONO F 151.18 AREA ACUATICA SOLICITADA 139,090.87

Articulo 2.- Plazo La autorizacion temporal de uso de area acuatica y franja riberena otorgada a la empresa PERU LNG S.R.L., tendra un plazo de dos (02) anos, renovables en aplicacion del articulo 30, literal a), del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo No. 003-2004-MTC, modificado por el Decreto Supremo No. 041-2007-MTC y el Decreto Supremo No. 027-2008-MTC, a solicitud del administrado, la cual debera presentarse con anterioridad al vencimiento del plazo establecido en la presente Resolucion. Articulo 3.- Obligaciones de la titular La empresa PERU LNG S.R.L., debera pagar a la Autoridad Portuaria Nacional el derecho de vigencia anual por el uso de area acuatica y franja riberena, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 30, literal a), del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo No. 0032004-MTC, modificado por el Decreto Supremo No. 041-2007-MTC y por el Decreto Supremo No. 027-2008-MTC, asi como cumplir con la legislacion nacional vigente, regulaciones internacionales y demas disposiciones que establezca la Autoridad Portuaria Nacional y autoridades competentes para la proteccion del medio ambiente en el area acuatica y/o franja riberena cuya autorizacion temporal de uso ha sido aprobada mediante la presente Resolucion. Articulo 4.- Autorizaciones administrativas El derecho de uso de area acuatica se aprueba sin perjuicio de las autorizaciones que deba obtener la empresa PERU LNG S.R.L., por parte de otros organismos publicos de acuerdo con las actividades a realizar y de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. Articulo 5.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

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