Norma Legal Oficial del día 07 de Abril del año 2010 (07/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2010

vinculada con procesos electorales, propuestos por la Asamblea Nacional de Rectores; Que asimismo el articulo 5º, inciso a), del mismo reglamento senala que por Resolucion de la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros se estableceran las disposiciones adicionales que MORDAZA necesarias para la realizacion del MORDAZA de eleccion asi como la constitucion, funciones y atribuciones del Comite Electoral, en el MORDAZA del presente reglamento; Que la Primera Disposicion Complementaria Transitoria y Final, senala que para la eleccion de los primeros representantes municipales ante el Consejo de Coordinacion Intergubernamental a que se refieren los literales c) y d) del numeral 4.3. del articulo 4º del presente Reglamento, se emitira, pudiendo contar para el efecto con el apoyo y asistencia tecnica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), la Resolucion de la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros que establezca las disposiciones adicionales necesarias para la realizacion del MORDAZA de eleccion, asi como la constitucion, funciones y atribuciones del Comite Electoral, en el MORDAZA del presente reglamento; asimismo senalo que dicha resolucion, desarrollara lo correspondiente a la convocatoria, definicion, cierre y publicacion de los padrones electorales, MORDAZA y subsanacion de listas de candidatos, publicacion provisional de listas de candidatos, MORDAZA y resolucion de tachas, MORDAZA y resolucion de apelaciones, publicacion final de listas de candidatos, jornada electoral, y publicacion de resultados, elaboracion del material electoral y del material de capacitacion, entre otros aspectos del MORDAZA de eleccion; Que, por Oficio Nº 206-2010-SE-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores comunica la designacion de los destacados profesionales en derecho y catedraticos: Sr. MORDAZA MORDAZA Falconi MORDAZA ­ Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Catolica del Peru, y Sr. Magdiel Igdalias MORDAZA MORDAZA ­ Facultad de Derecho de la Universidad MORDAZA MORDAZA, para que integren el Comite Electoral a efecto de la realizacion del MORDAZA electoral que defina la representacion de los Gobiernos Locales, en el MORDAZA del D.S. Nº 079-2009-PCM; Que mediante Oficio Nº 057-2010-PCM/SD, la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros ha solicitado el apoyo y asistencia tecnica de la ONPE, a efecto del planeamiento, organizacion y ejecucion del MORDAZA de eleccion de los primeros representantes municipales del Consejo de Coordinacion Intergubernamental mencionados, asi como a efecto de la definicion de las disposiciones adicionales necesarias para la realizacion de dicho MORDAZA a emitirse por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion; Que, contando con los aportes y opinion favorable de los Senores Magdiel Igdalias MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Falconi MORDAZA, y con el apoyo y asistencia tecnica de personal de la ONPE en atencion a lo solicitado por Oficios Nºs. 057-2010-PCM/SD y 253-2010-PCM/SD, se ha elaborado el "Reglamento de Elecciones de los representantes de los Gobiernos Locales ante el Consejo de Coordinacion Intergubernamental" objeto del articulo 1º de la presente resolucion; Que, en tal virtud, resulta pertinente aprobar el mencionado reglamento a efecto del desarrollo del MORDAZA de eleccion de los representantes de los Gobiernos Locales ante el Consejo de Coordinacion Intergubernamental a que se refieren los incisos c) y d) del numeral 4.3. del articulo 4º del Reglamento de Funcionamiento del Consejo de Coordinacion Intergubernamental, asi como constituir el Comite Electoral que estara a cargo del mismo; De conformidad con las Leyes Nº 27783 y 29158, el Decreto Supremo Nº 079-2009-PCM, y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 0632007-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reglamento de Elecciones Aprobar el "Reglamento de Elecciones de los representantes de los Gobiernos Locales ante el Consejo de Coordinacion Intergubernamental", cuyo texto forma parte de la presente resolucion.

Articulo 2º.- Constitucion del Comite Electoral Constituir el Comite Electoral del MORDAZA de eleccion de los primeros representantes de los Gobiernos Locales ante el Consejo de Coordinacion Intergubernamental a que se refieren los incisos c) y d) del numeral 4.3. del articulo 4º del Reglamento de Funcionamiento del Consejo de Coordinacion Intergubernamental, aprobado por D.S. Nº 079-2009-PCM, con las funciones y atribuciones consignadas en el reglamento objeto del articulo 1º de la presente resolucion, el mismo que queda integrado de la siguiente manera: 1. Presidente: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Secretario de Descentralizacion (e) 2. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Secretaria de Descentralizacion 3. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Secretaria de Descentralizacion 4. Magdiel Igdalias MORDAZA MORDAZA - Asamblea Nacional de Rectores 5. MORDAZA MORDAZA Falconi MORDAZA - Asamblea Nacional de Rectores Este Comite Electoral contara con el apoyo administrativo del Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Secretario Tecnico. Los mencionados representantes de la Asamblea Nacional de Rectores tambien participaran en la MORDAZA eleccion a realizarse el ano 2011. Articulo 3º- Vigencia El mencionado reglamento y la constitucion del Comite Electoral regiran a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Secretarial en el Diario Oficial El Peruano, dicho reglamento sera publicado en el MORDAZA de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm. gob.pe/sd) en la misma fecha. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario de Descentralizacion (e) 476867-1

AGRICULTURA
Aprueban Reglamento Sanitario Porcino del Sistema

DECRETO SUPREMO Nº 002-2010-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 1059, que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, establece que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria es el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, organismo publico adscrito al Ministerio de Agricultura; Que, en virtud del articulo 9º de la referida Ley, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria dicta las medidas fito y zoosanitarias para la prevencion, el control o la erradicacion de plagas y enfermedades; Que, el SENASA ha propuesto la aprobacion del Reglamento del Sistema Sanitario Porcino con el objeto de prevenir, controlar y erradicar las enfermedades de mayor importancia economica en la ganaderia porcina del pais; Que, de conformidad con el numeral 3 del articulo 11º de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, los decretos supremos son normas de caracter general que reglamentan normas con rango de ley o regulan la actividad sectorial funcional o multisectorial funcional a nivel nacional, por lo que es necesario aprobar el Reglamento propuesto por el SENASA; De conformidad con el Articulo 118º, inciso 8), de la Constitucion Politica del Peru;

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