Norma Legal Oficial del día 07 de Abril del año 2010 (07/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2010

PROYECTO

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b) Cantidad total que se preve que el complejo industrial produzca, elabore o consuma durante el ano calendario siguiente, incluidos los periodos previstos para la produccion, elaboracion o consumo; c) Concentracion; y d) Las finalidades para las que se va a producir, elaborar o consumir la sustancia quimica: i) Elaboracion y consumo in situ, con especificacion de los tipos de producto; ii) Venta o transferencia en el territorio nacional identificando al adquiriente, y de ser posible los tipos de producto final; iii) Exportacion directa, con especificacion de los Estados involucrados; y iv) Otras finalidades y sus especificaciones. Articulo 19º.- Informacion relacionada a las sustancias quimicas toxicas de la Lista 3 y sus Precursores Las personas naturales o juridicas que realizan actividades con sustancias quimicas toxicas y sus precursores enumerados en las Lista 3 de la Ley, deberan presentar obligatoriamente con caracter de declaracion jurada, Reportes conteniendo la siguiente informacion: 1) Las transferencias realizadas en el ano calendario anterior, se presentaran en el mes de enero de cada ano, indicando lo siguiente: a) Su nombre o razon social de la empresa y Nº de RUC; b) Su ubicacion exacta, incluida la direccion, telefono y correo electronico; c) Nombre quimico, formula estructural y numero de Registro del Chemical Abstracts Service (CAS), si lo tuviere asignado; d) Cantidad de ingreso y salida del MORDAZA, especificando el nombre del MORDAZA de origen o de destino, el nombre de la empresa proveedora o destinataria, y la finalidad; e) Concentracion; f) Cantidad adquirida o transferida dentro del MORDAZA, especificando el nombre del proveedor o adquiriente nacional y la finalidad; g) Fecha de llegada al MORDAZA en caso de ingreso; y h) Fecha de ingreso o salida del MORDAZA, o de la transferencia dentro del pais. 2) La produccion realizada en el ano calendario anterior, se presentara en el mes de enero de cada ano, indicando lo siguiente: a) El nombre del complejo industrial y del propietario, empresa o sociedad que lo explote; b) Su ubicacion exacta, incluida la direccion; y c) El numero de plantas del complejo industrial declaradas que producen sustancias quimicas de la lista 2. Respecto de cada planta situada en el complejo, la informacion siguiente: a) El nombre de la planta y del propietario, empresa o sociedad que la explote; b) Su ubicacion exacta en el complejo industrial, incluido el numero concreto del edificio o estructura, si lo hubiere; y c) Sus actividades principales. Respecto de cada sustancia quimica de la Lista 3: a) El nombre quimico, nombre comun o comercial utilizado en la instalacion, formula estructural y numero de registro del Chemical Abstracts Service, si lo tuviere asignado; b) La cantidad producida de la sustancia quimica en el ano calendario anterior; c) Concentracion; y, d) Las finalidades para las que se ha producido la sustancia quimica.

3) Actividades proyectadas y la produccion prevista en la instalacion durante el ano siguiente, se presenta en el mes de setiembre de cada ano, detallando la siguiente informacion: Los usuarios deberan presentar obligatoriamente, durante el mes de setiembre de cada ano, la informacion sobre la produccion prevista en la instalacion durante el ano siguiente, detallando la informacion que a continuacion se indica: a) El nombre del complejo industrial y el del propietario, empresa o sociedad que lo explote; b) Su ubicacion exacta, incluida la direccion; y c) El numero de plantas del complejo industrial declaradas que producen sustancias quimicas de la lista 2. Respecto de cada planta situada en el complejo, la informacion siguiente: a) El nombre de la planta y el del propietario, empresa o sociedad que la explote; b) Su ubicacion exacta en el complejo industrial, incluido el numero concreto del edificio o estructura, si lo hubiere; y, c) Sus actividades principales. Respecto de cada sustancia quimica de la Lista 3: a) El nombre quimico, nombre comun o comercial utilizado en la instalacion, formula estructural y numero de registro del Chemical Abstracts Service, si lo tuviere asignado; b) La cantidad que se prevea producir en el ano calendario siguiente; c) Concentracion; y d) Las finalidades para las que se va a producir la sustancia quimica. Articulo 20º.- Informacion relacionada a las sustancias quimicas organicas definidas Las personas naturales o juridicas que producen por sintesis sustancias quimicas organicas definidas no enumeradas en las listas de la Ley deben presentar obligatoriamente con caracter de declaracion jurada, durante el mes de enero de cada ano, la siguiente informacion: a) El nombre del complejo industrial y el del propietario, empresa o sociedad que lo explote; b) La ubicacion exacta del complejo industrial, con su direccion; c) Sus actividades principales; y d) El numero de plantas que producen las sustancias quimicas organicas definidas no enumeradas en las listas de la Ley, especificando el numero de Plantas PSF. Respecto a las sustancias quimicas organicas definidas no enumeradas en las Listas de la Ley a) El nombre quimico, nombre comun o comercial utilizado por la instalacion, formula estructural y numero de registro del Chemical Abstracts Service, si lo tuviere asignado; b) La cantidad producida de sustancias quimicas organicas definidas no enumeradas en las Listas de la Ley, en el ano calendario anterior; c) En caso de Plantas PSF, tambien informacion sobre la cantidad total de produccion de las sustancias quimicas PSF producida por cada planta PSF en el ano calendario anterior; y c) Concentracion. CAPITULO V Control del Ingreso y Salida del Territorio Nacional Articulo 21º.- Regimenes Aduaneros Estan sujetas a control las sustancias quimicas toxicas y sus precursores enumerados en las Listas 1, 2 y 3 de la Ley que ingresen, transiten, salgan o permanezcan fisicamente del territorio nacional, cualquiera sea el regimen aduanero al que se sujeten, comprendiendo:

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