Norma Legal Oficial del día 13 de Abril del año 2010 (13/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 13 de MORDAZA de 2010

Que, en el Acta de la MORDAZA Reunion del Grupo de Trabajo Bilateral de Defensa entre el Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, suscrita el 19 de junio de 2009, se acordo crear un mecanismo bilateral denominado Ronda de Conversaciones entre los Estados Mayores Conjuntos, la misma que sera conformada por representantes del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Peru, un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, un Representante del Ministerio de Defensa y representantes del Estado Mayor Conjunto de los Estados Unidos de America; Que, es conveniente para los intereses del Estado Peruano, participar en las Rondas de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, asegurando su permanencia y continuidad con la finalidad de reafirmar las buenas relaciones existentes entre ambos paises y fortalecer la cooperacion en asuntos de seguridad y defensa, asi como el fomento de la confianza mutua y el desarrollo de una MORDAZA de seguridad integral, que propicie una estrecha amistad y creciente cooperacion entre MORDAZA naciones; Que, la actividad que se autoriza con la presente Resolucion, se encuentra prevista en el Anexo 01 , Rubro 5 : Medidas de Confianza Mutua, Items 15 y 47 del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa para los meses de marzo a diciembre de 2010, aprobado con Resolucion Suprema Nº 130 -2010 DE/SG de 01 de MORDAZA de 2010; Que, en tal sentido, es necesario autorizar el viaje al exterior en comision de servicio de una delegacion de Oficiales del Ministerio de Defensa y del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas para que participen en el mencionado evento internacional; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 -Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley Nº 29075 -Ley que establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica basica del Ministerio de Defensa, Ley N° 29465 -Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, Decreto Supremo Nº 047-2002PCM del 05 junio 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar del 14 al 17 de MORDAZA de 2010, el viaje en Comision de Servicio a los Oficiales Generales y Superiores que se indican a continuacion, que en representacion del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, integraran la Delegacion Peruana, que participara en la "I Ronda de Conversaciones de Comandos Conjuntos entre Peru y los Estados Unidos de America", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de America: - General de Ejercito MORDAZA MORDAZA MORDAZA - General de Brigada MORDAZA MORDAZA MORDAZA - General de Brigada MORDAZA MORDAZA DOIMI - Mayor General FAP MORDAZA MORDAZA MISAD - MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA ROSSI - Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLON - MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Administracion General y Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA - Lima): US$ 730.85 x 7 personas Viaticos: US$ 220.00 x 7 personas x 4 dias Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto (TUUA) US$ 31.00 x 7 personas

Articulo 3º.- Los conceptos que proporcionalmente correspondan al viaje del MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, seran asumidos con cargo a los recursos del Ministerio de Defensa - Administracion General. Articulo 4º.- El personal autorizado, debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6° y articulo 10° del Decreto Supremo N° 047-2002 PCM de fecha 05 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6°.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refieren los Articulos 1° y 3º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 479874-6

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Brasil, MORDAZA y los Estados Unidos de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 345-2010-DE/SG MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DGS) Nº F-316, 348 y 349 de fechas 26 de marzo y 06 de MORDAZA de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, Republica MORDAZA y de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, el Peru es el MORDAZA anfitrion del ejercicio multinacional denominado "Southern Exchange 2010", ejercicio que permite fortalecer las condiciones de confianza mutua e integracion, mejorando la doctrina operacional combinada, desarrollando procedimiento y tacticas para optimizar la interoperabilidad entre las naciones participantes; Que, en el mes de MORDAZA se realizara la conferencia de planeamiento media del mencionado ejercicio multinacional; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion

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