Norma Legal Oficial del día 13 de Abril del año 2010 (13/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 13 de MORDAZA de 2010

de Adquisiciones solicita la exoneracion del MORDAZA de Seleccion de adquisicion de formatos para diplomas, de Grado y Titulo, ello en virtud que la Jefe de la Unidad de MORDAZA y Titulos, solicita mediante oficio Nº 074-2010J-YGyT UNHEVAL, de fecha 03 de marzo la adquisicion de los formatos con suma urgencia; precisando el Jefe de la Unidad de Adquisiciones que la exoneracion es en virtud a lo establecido en el articulo 20º inciso e) de la Ley de contrataciones y Adquisiciones del Estado. Segundo: Que, en el presente caso debe tenerse en consideracion que de conformidad al articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado: "Estan exoneradas de los procesos de seleccion la contratacion que se realicen: e) Cuando exista proveedor unico de bienes o servicios que no admiten sustitutos, o cuando por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; y,."; el mismo que debe ser concordado con lo dispuesto en el articulo 131º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado que establece: "En los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Tambien se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos de propiedad intelectual se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor"; situacion que se da en el presente caso por cuanto los formatos se adquieren ante la Asamblea Nacional de Rectores, ente autorizado para emitir dichos documentos de caracter oficial. Tercero: Que, asimismo de conformidad al articulo 21º de la Ley de Contrataciones del Estado: "Las contrataciones derivadas de exoneracion de procesos de seleccion se realizaran de manera directa, previa aprobacion mediante Resolucion del Titular de la Entidad... MORDAZA de dichas resoluciones o acuerdos y los informes que los sustenten deben remitirse a Contraloria General de la Republica y publicarse en el sistema Electronico de Contratacion del Estado (SEACE) dentro de los diez dias habiles de su aprobacion, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad...", la misma que debe ser concordada con lo dispuesto en el articulo 133º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece: "La resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion requiere obligatoriamente de uno (1) o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion. En el caso de las empresas publicas, la aprobacion de las exoneraciones le corresponde al Directorio" y con lo dispuesto en el articulo 134º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece:" Las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones y los informes que los sustentan, salvo la causal prevista en el inciso d) del articulo 20º de la Ley, seran publicadas a traves del SEACE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda. En el mismo plazo, la referida informacion debera ser comunicada a la Contraloria General de la Republica, con MORDAZA a los Organos de Control Institucional de las Entidades que cuenten con dicho Organo; por lo que en el presente caso se disponga que la remision de documentos sea cumplida por la oficina de Secretaria General y la publicacion por el SEACE por la oficina de Logistica. Cuarto: Que, de conformidad al articulo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado que establece: " La Entidad efectuara las contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, las cuales solo deben contener lo indicado en los literales b), c), e), h) e i) del articulo 26º de la Ley. La propuesta podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. La exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; por lo que los actos preparatorios y contratos que se celebren como consecuencia de aquella, deben cumplir con los respectivos requisitos, condiciones,

formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente. La contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, sera realizada por el organo encargado de las contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto. El cumplimiento de los requisitos previstos para las exoneraciones, en la Ley y el presente Reglamento, es responsabilidad del Titular del la Entidad y de los funcionarios que intervengan en la decision y ejecucion"; por lo que en el presente caso debe de encomendarse dicha funcion a la Direccion de Administracion, debiendo tener en cuenta que el proveedor cumpla con las condiciones exigidas en los literales b), c), e), h) e i) del articulo 26º de la Ley. En consecuencia, OPINA: 1. QUE, SE EXONERE EL MORDAZA DE ADQUISICION DE FORMATOS DE MORDAZA Y TITULOS HASTA POR EL MONTO TOTAL DE S/.31,500.00 NUEVOS SOLES, SEGUN ESPECIFICACION REALIZADA EN EL OFICIO Nº 0762010-UA/AL-UNHEVAL. 2. QUE, SE ENCOMIENDE A LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION ADOPTE LAS ACCIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA CONTRATACION DE LAS EMPRESAS, DEBIENDO TENER EN CUENTA LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 135º DEL REGLAMENTO DE CONTRATACION DEL ESTADO. 3. QUE, SE DISPONGA LA PUBLICACION DE LA RESOLUCION EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y EL SEACE DENTRO DE LOS 10 DIAS HABILES DE SU EMISION, SE REALICE A TRAVES DE LA DIRECCION DE ADMINISTRACION. 4. QUE, SE DISPONGA QUE SECRETARIA GENERAL REMITA A LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA LA RESOLUCION DE EXONERACION Y DE LOS INFORMES QUE LA SUSTENTAN DENTRO DEL PLAZO DE 10 DIAS HABILES SIGUIENTES A LA FECHA DE APROBACION, CON TODOS SUS ANEXOS, CON MORDAZA A LOS ORGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL DE LAS ENTIDADES QUE CUENTEN CON DICHO ORGANO; Que el Rector encargado remite el caso a Secretaria General con el Proveido Nº 1492-2010-UNHEVAL-R, para que se emita la Resolucion correspondiente; Estando a las atribuciones conferidas al Rector encargado, por la Ley Universitaria Nº 23733 y por el Estatuto de la UNHEVAL; SE RESUELVE: 4. EXONERAR el MORDAZA de Adquisicion de Formatos de MORDAZA y Titulos hasta por el monto total de S/.31,500.00 (Treinta y un mil quinientos y 00/100 nuevos soles) por lo expuesto en los considerandos de la presente resolucion. 5. ENCOMENDAR a la Direccion General de Administracion de la UNHEVAL, adopte las acciones complementarias para la contratacion de las empresas, debiendo tener en cuenta lo dispuesto en el articulo 135º del Reglamento de Contratacion del Estado. 6. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y el SEACE dentro de los 10 dias habiles de su emision, y se realice a traves de la Direccion General de Administracion. 7. DISPONER que Secretaria General remita a Contraloria General de la Respublica la Resolucion de Exoneracion y de los informes que la sustentan, dentro del plazo de 10 dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion, con todos sus anexos, con MORDAZA a la Oficina del Organo de Control Institucional de la UNHEVAL. 8. DISPONER que los Vicerrectorados Academico y Administrativo y demas organos internos adopten las acciones complementarias. 9. DAR A CONOCER esta Resolucion a los organos correspondientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 479869-1

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