Norma Legal Oficial del día 04 de Agosto del año 2010 (04/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de agosto de 2010

por lo que no corresponde a MORDAZA Security S.A.C. el 100% de la experiencia, debiendo tomarse solo su parte proporcional de participacion, dependiendo del numero de empresas que conforman cada consorcio. Decision que adopto luego de haber recibido las formalizaciones de consorcio de los indicados contratos, remitidos por el Ministerio Publico a solicitud del Comite Especial. Posteriormente, el Comite Especial otorgo la buena pro al Consorcio integrado por las empresas Proteccion Patrimonial Integral S.A. y Proteccion Seguridad y Vigilancia Tecnica S.A., en adelante el Consorcio. El MORDAZA lugar en el orden de prelacion fue ocupado por el Consorcio conformado por las empresas MORDAZA Segurity S.A.C. y Forza Segur S.A.C. El puntaje total que obtuvo cada uno de los indicados postores se muestra en el siguiente cuadro:
Postor Consorcio Proteccion Patrimonial Integral S.A. ­ Proteccion Seguridad y Vigilancia Tecnica S.A. MORDAZA Seguty S.A.C. ­ Forza Segur S.A.C. Puntaje Tecnico Puntaje Bonificacion Puntaje Orden de Economico 20% Total Prelacion

100.00

96.82

19.81

118.86



88.00

100.00

18.32

109.92



4. Mediante escrito presentado el 1 de diciembre de 2006, subsanado el 5 del referido mes y ano, el Consorcio integrado por las empresas MORDAZA Segurity S.A.C. y Forza Segur S.A.C., en adelante el Consorcio MORDAZA, interpuso recurso de apelacion contra el otorgamiento de la buena pro. 5. Mediante Resolucion de Gerencia General Nº GLOG-140-2006, de fecha 14 de diciembre de 2006, publicada el 15 del mismo mes y ano en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), la Entidad declaro fundado el recurso de apelacion interpuesto por el Consorcio MORDAZA y, en consecuencia, ordeno que el Comite Especial realice una nueva evaluacion de su propuesta y otorgue la buena pro a quien corresponda. 6. El 10 de enero de 2007, el Comite Especial, en acto publico y en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolucion de Gerencia General Nº GLOG-140-2006, realizo una nueva evaluacion de los contratos presentados por el Consorcio Morgan. En dicho acto, el mencionado colegiado otorgo la buena pro al Consorcio MORDAZA al haber obtenido el mayor puntaje total. En MORDAZA lugar fue ocupado por el Consorcio. El puntaje total que obtuvo cada uno de los indicados postores se muestra en el siguiente cuadro:
Puntaje Tecnico 100.000 Puntaje Bonificacion Puntaje Orden de Economico 20% Total Prelacion 100.000 20.000 120.000 1º

Postor MORDAZA Seguty S.A.C. ­ Forza Segur S.A.C. Consorcio Proteccion Patrimonial Integral S.A. ­ Proteccion Seguridad y Vigilancia Tecnica S.A.

100.000

96.818

19.809

118.854



7. Mediante escrito presentado el 17 de enero de 2007, el Consorcio interpuso recurso de apelacion contra el otorgamiento de la buena pro a favor del Consorcio Morgan. 8. Mediante Resolucion de Gerencia General Nº GLOG-003-2007, de fecha 29 de enero de 2007, publicada en la misma fecha en el SEACE, la Entidad declaro improcedente el recurso de apelacion interpuesto por el Consorcio. 9. Mediante escrito presentado el 5 de febrero de 2007, subsanado el 7 del mismo mes y ano, el Consorcio interpuso recurso de revision contra la Resolucion de Gerencia General Nº GLOG-003-2007, solicitando que se revoque dicha resolucion, que se descalifique la

propuesta del Consorcio MORDAZA y que la buena pro le sea adjudicada a su favor. 10. El 8 de febrero de 2007, el Tribunal admitio a tramite el recurso de revision interpuesto por el Consorcio y emplazo a la Entidad para que remita los antecedentes administrativos relativos al MORDAZA de seleccion. 11. Mediante decreto de fecha 13 de febrero de 2007, atendiendo a los escritos presentados el 12 de febrero del ano en curso, el Tribunal admitio el apersonamiento del Consorcio MORDAZA en calidad de tercero administrado. 12. Mediante escrito presentado el 15 de febrero de 2007, la Entidad remitio los antecedentes del MORDAZA de seleccion. 13. El 14 de marzo de 2007, se realizo la audiencia publica, acto en el cual los representantes del Consorcio, el Consorcio MORDAZA y la Entidad realizaron sus respectivos informes. 14. Mediante decreto de fecha 15 de marzo de 2007, el Tribunal declaro el expediente MORDAZA para resolver con la documentacion obrante en autos. 15. Con fecha 20 de marzo del 2007, la Sala Unica del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, emitio la Resolucion Nº 270-2007-TC-SU, mediante la cual declaro infundado el recurso de revision interpuesto por el Consorcio. Asimismo, descalifico del MORDAZA de seleccion al Consorcio conformado por las empresas MORDAZA Segurity S.A.C. y Forza Segur S.A.C. y, por su efecto, revoco el otorgamiento de la buena pro a su favor, adjudicandola al Consorcio. 16. Con fecha 11 de MORDAZA de 2007, la Entidad y el Consorcio suscribieron el Contrato Nº OFP-7910204NF, derivado del Concurso Publico Nº 0004-2006-OFP/ PETROPERU, estableciendo en la Clausula MORDAZA de dicho contrato que una de las obligaciones del Consorcio, era efectuar el pago a su personal de los sueldos, jornales y beneficios sociales, vacaciones, gratificaciones, indemnizaciones por accidentes de trabajo, ONP o AFP, compensacion por Tiempo de Servicios (CTS), aportaciones de ley, seguros, tributos y demas obligaciones, que correspondan segun la legislacion vigente, en forma oportuna. 17. Mediante Carta GAUI-CA-SI-013-20081 del 17 de noviembre de 2008, la Gerencia de Auditoria Interna de la Entidad, solicito al Banco Continental, que conforme la veracidad de los pagos realizados por la empresa Proteccion Patrimonial Integral S.A., integrante del Consorcio, en la MORDAZA Nº 4 de su Oficina de MORDAZA MORDAZA, por concepto de aportes previsionales efectuados a la AFP Integra, correspondientes a los meses de Diciembre de 2007 y de Enero, Febrero, Marzo, MORDAZA y Agosto de 2008, para lo cual adjunto las planillas y pagos cuya veracidad debia ser confirmada. En respuesta a dicho requerimiento, mediante carta de fecha 26 de noviembre de 20082, el Banco Continental informo a la Entidad lo siguiente: "En atencion a su carta Nº GAUIA-CA-SI-013 de fecha 17 de noviembre de 2008 y segun la revision realizada por nuestra oficina, les informamos que las planillas Nº 34217898, 34317673, 35562075, 34217888, 34317663 de la AFP Integra del empleador Proteccion Patrimonial Integral S.A., no han sido recibidos por nosotros, ademas de no ser conforme el sello impostado en las fotocopias que nos adjuntan, con los utilizados por nuestra Institucion" 18. Asimismo, mediante Carta GAUI-001-20093 del 05 de enero de 2009, la Gerencia de Auditoria Interna de la Entidad, solicito al Banco Continental, que confirme la veracidad de los pagos realizados por la empresa Proteccion Patrimonial Integral S.A. en sus Oficinas de MORDAZA MORDAZA, San MORDAZA y Orrantia, por concepto de aportes previsionales efectuados a las AFP Integra, Prima, Horizonte y Profuturo, correspondiente a los meses

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Documento obrante a fojas 179 del expediente. Documento obrante a fojas 180 del expediente. Documento obrante a fojas 204 del expediente

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