Norma Legal Oficial del día 05 de Agosto del año 2010 (05/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de agosto de 2010

1. Un representante de la Gerencia de Transporte MORDAZA, quien lo presidira. 2. Un representante de la Gerencia de Desarrollo Urbano. 3. Un representante de la Gerencia de Servicios a la Ciudad. 4. Un representante del Instituto Metropolitano de Planificacion. 5. Un representante del Fondo de Inversiones Metropolitanas - INVERMET. 6. Un representante de PROLIMA. 7. Un representante del Instituto Metropolitano PROTRANSPORTE de MORDAZA - PROTRANSPORTE. 8. Un representante de Empresa Municipal Administradora del Peaje - EMAPE S.A. Articulo 13º.- De las Funciones del Comite El Comite Evaluador de Estudios de Impacto Vial sera el responsable de revisar, evaluar, emitir Actas y Dictamenes respecto a los Estudios de Impacto Vial de Categoria o nivel III y sus medidas de mitigacion necesarias para evitar los impactos viales negativos. Sus acuerdos seran aprobados por mayoria simple y formalizados a traves de una resolucion emitida por la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte de la Gerencia de Transporte Urbano. En caso de empate, el Presidente tendra MORDAZA dirimente Articulo 14º.- De los Miembros del Comite y sus Obligaciones Los miembros del Comite Evaluador tendran la calidad de miembros titulares o miembros alternos y deberan tener capacidad de decision, su designacion se realizara mediante Resolucion del titular o responsable del organo correspondiente, dentro de los tres dias siguientes de emitida la presente Ordenanza. Los miembros del Comite, una vez designados, deberan asistir obligatoriamente a todas las sesiones que programe la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte, asi como aprobar y suscribir en forma conjunta todas las Actas y Dictamenes de las Sesiones a las que asistan, sustentando tecnicamente los eventuales votos discordantes. Articulo 15º.- De la Participacion de los Miembros La participacion de los miembros designados para el Comite Evaluador, se realizara teniendo en cuenta lo siguiente: 1. La Gerencia de Transporte MORDAZA, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y el Instituto Metropolitano de Planificacion, participaran como miembros permanentes del Comite Evaluador. 2. El Fondo Metropolitano de Inversiones - INVERMET, la Empresa Municipal Administradora de Peaje - EMAPE, y PROTRANSPORTE participaran en el Comite Evaluador cuando los proyectos de inversion colinden con vias metropolitanas bajo la administracion del ente que representan. 3. El Programa Municipal para la Recuperacion del Centro Historico de MORDAZA - PROLIMA participara cuando los proyectos de inversion se ubiquen en el Centro Historico de Lima. 4. La Gerencia de Servicios a la MORDAZA participara cuando los proyectos se ubiquen en el Cercado de Lima. CAPITULO VI DEL REGIMEN SANCIONADOR Articulo 16º.- De las Infracciones Las infracciones seran sancionadas por la Gerencia de Fiscalizacion y Control, iniciandose el procedimiento respectivo con el informe tecnico de verificacion emitido de manera conjunta entre la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte y la Subgerencia de Ingenieria de MORDAZA, ante los supuestos siguientes: 1. Ejecutar los proyectos senalados en la presente Ordenanza sin contar con el Estudio de Impacto Vial Aprobado por la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte. 2. Incumplimiento en la implementacion total de las medidas de mitigacion aprobadas por la Gerencia de Transporte MORDAZA como parte del Estudio de Impacto Vial del Proyecto 3. Implementacion parcial de las medidas de mitigacion aprobadas por la Gerencia de Transporte MORDAZA como parte del Estudio de Impacto Vial del Proyecto.

4. No presentar los resultados del Estudio de Monitoreo en los plazos indicados en la Resolucion que aprueba los Estudios de Impacto Vial, despues del inicio de la operacion del proyecto. Estas infracciones seran agregadas a la Linea 08: Urbanismo, del Anexo I de la Ordenanza Nº 984, conforme al siguiente detalle: 8.4 OTRAS INFRACCIONES
Codigo Infraccion MORDAZA Previo Monto de la Medida Multa Complementaria 1% del valor de Clausura y/o obra o proyecto paralizacion de la obra 0.5% del valor de Clausura y/o obra o proyecto paralizacion de la obra 0.5% del valor de Clausura obra o proyecto paralizacion la obra 0.1% del valor de obra o proyecto y/o de

08-0401 Ejecutar proyecto sin contar con el Estudio de Impacto Vial aprobado 08-0402 Incumplir la implementacion de todas las medidas de mitigacion aprobadas en el Estudio de Impacto Vial 08-0403 Implementacion parcial de las medidas de mitigacion aprobadas en el Estudio de Impacto Vial 08-0404 No presentar los estudios de monitoreo en los plazos legales

Articulo 17º.- De la Multa Ante los incumplimientos e infracciones senalados en la presente Ordenanza, procede la aplicacion de las Multa hasta por el uno (01%) del valor de la obra o proyecto, segun sea el caso. Articulo 18º.- Aplicacion Supletoria del Regimen Municipal de Aplicacion de Sanciones Administrativas Derivadas de la Funcion Fiscalizadora En todo lo no previsto en la presente Ordenanza seran de aplicacion las Ordenanzas Nos. 984 y 1014, que Aprueban el MORDAZA Regimen Municipal de Aplicacion de Sanciones Administrativas Derivadas de la Funcion Fiscalizadora, o normas que las sustituyan. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Disponer que todas las solicitudes referidas a la Aprobacion de Estudios de Impacto Vial, que se encuentren pendientes de atencion ante la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte de la Gerencia de Transporte MORDAZA, MORDAZA adecuadas al procedimiento de evaluacion establecido en la presente Ordenanza. Segunda.- Modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Ordenanza Nº 1334; segun lo dispuesto en el Anexo 01 de la presente Ordenanza. Tercera.- Apruebense los derechos por los tramites realizados ante la Gerencia de Transporte MORDAZA, los que se fijan en Porcentajes de la UIT:
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO 1. Aprobacion de Estudio de Impacto Vial a) Nivel I b) Nivel II c) Nivel III DERECHO DE PAGO S/. % UIT 232.00 259.00 624.00 6.54 7.29 17.58

Cuarta.- Facultese a la Gerencia de Transporte MORDAZA y a la Gerencia de Fiscalizacion y Control a reglamentar las disposiciones que MORDAZA necesarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza, dentro del MORDAZA de sus competencias. Quinta.- Deroguese o dejese sin efecto todas las normas que se contrapongan a la presente Ordenanza. Sexta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2010. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA

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