Norma Legal Oficial del día 09 de Agosto del año 2010 (09/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 9 de agosto de 2010

PODER EJECUTIVO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a UNIGAS GNV E.I.R.L. como taller de conversion a gas natural vehicular en local ubicado en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 1828-2010-MTC/15 MORDAZA, 30 de junio de 2010 VISTOS: Los Expedientes Nºs 2010-005041, 2010-006081 y 2010-009273, presentados por la empresa UNIGAS GNV E.I.R.L., mediante los cuales solicita autorizacion para operar como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modificada por las Resoluciones Directorales Nºs 7150-2006MTC/15, 4284-2008-MTC/15 y Decretos Supremos Nºs 016-2008-MTC y 022-2009-MTC, sobre "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversion a GNV", establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversion a Gas Natural es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe Nº 700-2010-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada mediante los Expedientes Nºs 2010-005041, 2010-006081 y 2010009273, cumplen con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa UNIGAS GNV E.I.R.L., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para la instalacion del kit de conversion correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 29370 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; el Reglamento Nacional de Vehiculos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 0012005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa UNIGAS GNV E.I.R.L., como Taller de Conversion a Gas

Natural Vehicular ­ GNV, para la instalacion del kit de conversion correspondiente, en el local ubicado en Avenida MORDAZA Unger Nº 335, urbanizacion Ingenieria, distrito San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La empresa UNIGAS GNV E.I.R.L debera presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan: ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 04 de febrero del 2011 04 de febrero del 2012 04 de febrero del 2013 04 de febrero del 2014 04 de febrero del 2015

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa UNIGAS GNV E.I.R.L., debera presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 26 de MORDAZA del 2011 26 de MORDAZA del 2012 26 de MORDAZA del 2013 26 de MORDAZA del 2014 26 de MORDAZA del 2015

En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancia - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5°.-La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. El costo por la publicacion de la presente la Resolucion sera asumida por la empresa recurrente. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA G. MEDRI MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 525559-1

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