Norma Legal Oficial del día 14 de Agosto del año 2010 (14/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658- Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado y el Decreto Supremo Nº 0302002-PCM que aprueba su Reglamento, declara al Estado peruano en MORDAZA de modernizacion con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano. Que, segun el Articulo 36° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, las normas y disposiciones del Gobierno Regional se adecuan al ordenamiento juridico nacional, no pueden invalidar ni dejar sin efecto normas de otro Gobierno Regional ni de los otros niveles de Gobierno. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 023-2008GRLL/CR de fecha 14 de MORDAZA de 2008 se aprueba la modificacion de la Estructura Organica del Gobierno Regional La MORDAZA y por consiguiente el Organigrama Estructural. Que, las Gerencias Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo, asi como de la Produccion, son organos de linea del Gobierno Regional La MORDAZA, cuyas funciones son consignadas en el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del mismo, asi como en su respectivos ROF vigentes a la fecha, estan de acuerdo a lo establecido en los Articulos 48°, 52° y 54° de la Ley Nº 27867. Que, la Gerencia Regional de la Produccion, segun el Articulo 155° del ROF del Gobierno Regional La MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 023-2008GRRLL/CR, establece que la misma depende tecnica y normativamente del Ministerio de la Produccion. Que, el Articulo 3° de la Ley N° 29271, dispone la transferencia al Ministerio de la Produccion de las competencias y funciones sobre Micro y Pequena Empresa (MYPE) previstas en la Ley N° 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y en el Articulo 6° de la Ley N° 28015, Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa. Que, mediante Ley N° 29381, se aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, asi como en su Primera Disposicion Complementaria Derogatoria se deroga la Ley N° 27771, Ley del Ministerio del Trabajo y Promocion del Empleo. Que, a nivel ministerial se han emitido los correspondientes dispositivos legales como son la Ley N° 29381, que deroga la Ley Nº 27771, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. De igual manera se emitio el Decreto Supremo N° 0182009-PRODUCE, que modifica el Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE, que aprobaba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Ministerio de la Produccion. Mediante dichos dispositvos se formaliza la transferencia y recepcion de las funciones y competencias en materia de MYPE y Cooperativas. Que, mediante Oficio N° 0026-2009-PRODUCE/ DVMYPE el Vice Ministro de MYPE Industria solicita al Gobierno Regional de La MORDAZA la adecuacion administrativa en el MORDAZA de la Ley N° 29271. Que, la Gerencia Regional de Asesoria Juridica ha emitido el respectivo Informe Legal N° 002-2010-GRLLGGR/GRAJ-MMA de fecha 05 de enero de 2010, en el cual entre otros, refiere que si en el MORDAZA de la Ley N° 29721 las funciones en materia MYPES deben pasar de la Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo a la Gerencia Regional de la Produccion, es necesario que se expida un acto normativo que asigne dichas funciones a la Gerencia Regional de la Produccion. Que, en ese orden de ideas es necesario que el Pleno del Consejo Regional de La MORDAZA proceda a la Adecuacion Administrativa Regional en cumplimiento de la Ley Nº 29271, para el adecuado cumplimiento de las competencias y funciones MYPE por la instancia competente en el ambito regional. En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus Modificatorias, y estando a lo acordado.

Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.APROBAR la Adecuacion Administrativa Regional en el MORDAZA de la Ley N° 29271, mediante la asignacion a la Gerencia Regional de la Produccion de las Funciones y Competencias en materia MYPE, basada en los dispositivos legales emitidos a nivel ministerial tales como la Ley N° 29381, que deroga la Ley N° 27771- Ley de Organizacion y funciones Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, y el Decreto Supremo N° 018-2009-PRODUCE, que modifica el Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Ministerio de la Produccion, mediante los cuales se formaliza la transferencia ­ recepcion de las funciones y competencias en materia de MYPE y Cooperativas. Articulo Segundo.- DISPONER a la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para que a traves de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, proceda a efectuar la respectiva actualizacion y MORDAZA del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Gobierno Regional en su cumplimiento de la Ley N° 29271, entre otros que considere pertinente, en un plazo MORDAZA de 30 dias habiles; bajo responsabilidad. Articulo Tercero.- DISPONER que las Gerencias Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo asi como de la Produccion, en un plazo de MORDAZA de 30 dias habiles, procedan a actualizar y presentar sus respectivos documentos de gestion, entre los que se encuentra el ROF y MORDAZA de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 29271, para el adecuado cumplimiento de las competencias y funciones que le son inherentes, bajo responsabilidad. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Gerencia Regional de Trabajo y Promocion del Empleo en un plazo MORDAZA de 15 dias calendario efectue la entrega de todo el acervo documentario, el personal, la logistica, los recursos presupuestales y otro que pudiera corresponder y estuviesen vinculados a la ejecucion de las funciones y competencias sobre MYPE a la Gerencia Regional de la Produccion; debiendo presentar a la culminacion del mismo el respectivo Informe de todos los actuados sobre el particular a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial para el Informe Final que corresponda a dicha adecuacion administrativa regional. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial para que a traves de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional brinde el apoyo tecnico a las Gerencias Regionales en referencias en la formulacion y MORDAZA de sus documentos de gestion en los plazos establecidos; caso contrario, presentara a la Gerencia General Regional el Informe correspondiente para las acciones administrativas que amerite el caso. Articulo Sexto.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional de La MORDAZA, gestionar la publicacion de la presente MORDAZA regional en el Diario Oficial El Peruano, en el diario de mayor circulacion de la Region, en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional La MORDAZA y en el MORDAZA electronico de las Gerencias Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo y de la Produccion, respectivamente. Articulo Septimo.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de La MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los ocho dias del mes de junio del dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MAURTUA Consejera Delegada Consejo Regional La MORDAZA

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