Norma Legal Oficial del día 22 de Agosto del año 2010 (22/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

424251

Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 1632010-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a favor de Consorcio Transmantaro S.A. la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en las Lineas de Transmision de 220 kV S.E. MORDAZA ­ S.E. La Planicie ­ S.E. Carabayllo, de 220 kV S.E. Carabayllo ­ S.E. Zapallal y de 500 kV S.E. MORDAZA ­ S.E. Carabayllo, ubicada en los distritos de Carabayllo, San MORDAZA, Lurigancho, Ate, Cieneguilla, MORDAZA, Lurin, Punta MORDAZA, Punta Negra, San MORDAZA y MORDAZA, provincias de MORDAZA, Canete y Huarochiri, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3° de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Las caracteristicas principales de los bienes indispensables para operar la concesion son los siguientes:
Salida / Llegada de la linea transmision Tension N° de Longitud (kV) Ternas (km) Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m) 64 64 25

VISTO: El Expediente N° 14180309, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentada por Minera Bateas S.A.C., Inscrita en la Partida N° 11749707 del Registro de Personas Juridicas, MORDAZA Registral N° IX Sede MORDAZA, Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica comprende la Linea de Transmision en 15 kV S.E. Caylloma - S.E. MORDAZA de Fuerza Bateas (Huayllacho), ubicada en el distrito de Caylloma, provincia de Caylloma, departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente; Que, mediante Resolucion Directoral N° 231-2005MEM/DGM, de fecha 27 MORDAZA de 2005, se tuvo como titular a Minera Bateas S.A.C. de la aprobacion del Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA) de la Unidad de Produccion "Caylloma", donde se encuentra incluida la Linea de Transmision en 15 kV S.E. Caylloma - S.E. MORDAZA de Fuerza (Huayllacho), aprobada mediante Resolucion Directoral N° 309-2002-EM/DGM, de fecha 08 de noviembre de 2002; Que, la peticion esta amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 0392010-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a favor de Minera Bateas S.A.C. la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision en 15 kV S.E. Caylloma - S.E. MORDAZA de Fuerza Bateas (Huayllacho), ubicada en el distrito de Caylloma, provincia de Caylloma, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3° de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Las caracteristicas principales de los bienes indispensables para operar la concesion son los siguientes:
Salida / Llegada de la linea transmision Tension N°de Longitud (kV) Ternas (km) Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m) 6

SE MORDAZA - SE Carabayllo SE MORDAZA - SE La Planicie SE Carabayllo* SE Carabayllo - SE Zapallal

500 220 220

01 02 02

89 90 11

* Construida para un nivel de tension de 500 kV Articulo 3°.- Aprobar el Contrato de Concesion N° 355-2010 a suscribirse con Consorcio Transmantaro S.A., el que consta de 19 clausulas y 04 anexos. Articulo 4°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5°.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica que origine el Contrato de Concesion N° 355-2010 referido en el articulo 3° de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6°.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme al articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 7°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 534046-9

SE Caylloma-SE MORDAZA de Fuerza Bateas (Huayllacho)

15

01

8,19

Otorgan a favor de Minera Bateas S.A.C. concesion definitiva para desarrollar actividad de transmision de energia electrica en el distrito de Caylloma, departamento de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA N° 052-2010-EM MORDAZA, 21 de agosto de 2010

Articulo 3°.- Aprobar el Contrato de Concesion N° 351-2010 a suscribirse con Minera Bateas S.A.C., el que consta de 17 clausulas y 03 anexos. Articulo 4°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5°.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica que origine el Contrato de Concesion N° 351-2010 referido en el articulo 3° de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6°.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario

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