Norma Legal Oficial del día 01 de Diciembre del año 2010 (01/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

430102

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de diciembre de 2010

juridica de derecho publico. Asimismo, a traves del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decreto la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorcion, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo MORDAZA concluyo el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, el literal a) del Articulo 14° de la Ley N° 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, estando a lo senalado en el inciso 3º del Articulo 26º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Resolucion Ministerial Nº 016-2010-MC de fecha 06 de octubre de 2010, a traves de la cual se autoriza al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales a expedir resoluciones correspondientes a los procedimientos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos que correspondia aprobar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, en tanto se aprueben los documentos de gestion del Ministerio de Cultura; Que, de acuerdo a los considerandos precedentes, corresponde emitir la Resolucion Viceministerial que formalice lo acordado por la Comision Alterna a la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley N° 29565 ­ Ley de creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; Resolucion Suprema N° 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema N° 012-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar patrimonio cultural de la Nacion al monumento arqueologico prehispanico cuya ubicacion se detalla en el siguiente cuadro:
Departamento Provincia MORDAZA Quispicanchi Datum PSAD56 MORDAZA 19 UTM Este UTM Norte Datum WGS84 MORDAZA 19 UTM Este UTM Norte

Articulo 5°.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro (e) de Patrimonio Cultural e Industrial Culturales

572148-5 RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 0141-2010-VMPCIC-MC
MORDAZA, 19 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 347-2010-INC/DRC-C/ DIC/SDC de fecha 28 de setiembre de 2010, la Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA solicita la declaratoria como patrimonio cultural de la Nacion del monumento arqueologico prehispanico Mauk'allaqta, para lo cual se han elaborado las respectivas fichas de declaratoria como patrimonio cultural de la Nacion, ficha oficial de inventario del patrimonio arqueologico inmueble; Que, mediante Acuerdo N° 159 de fecha 28 de setiembre de 2010 la Comision Alterna a la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare patrimonio cultural de la Nacion al monumento arqueologico prehispanico Mauk'allaqta, ubicado en el distrito de Pacareqtambo, provincia de Paruro, departamento de Cusco; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico. Asimismo, a traves del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decreto la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorcion, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo MORDAZA concluyo el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, el literal a) del Articulo 14° de la Ley N° 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, estando a lo senalado en el inciso 3º del Articulo 26º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Resolucion Ministerial Nº 016-2010-MC de fecha 06 de octubre de 2010, a traves de la cual se autoriza al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales a expedir resoluciones correspondientes a los procedimientos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos que correspondia aprobar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, en tanto se aprueben los documentos de gestion del Ministerio de Cultura; Estando a lo visado por el Director de Gestion, Director de Arqueologia y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley N° 29565 ­ Ley de creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusion de

Nombre de la MORDAZA Distrito arqueologica monumental Puykapukara

Marcapata 0280911.3124 8498950.4750 0280722.5350 8498577.4640

Articulo 2°.- Aprobar el expediente tecnico (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) del siguiente monumento arqueologico prehispanico de acuerdo a los planos, areas y perimetros que a continuacion se consignan:
Nombre de la MORDAZA arqueologica monumental Puykapukara N° de Plano en N° de Plano en Datum PSAD56 Datum WGS84 SDC DA-030B SDC DA-030A Area (m2) Area (ha) Perimetro (m)

206415.923 20.6416 2024.724

Articulo 3°.- Encargar a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de la condicion de patrimonio cultural de la Nacion del monumento arqueologico prehispanico mencionado en el Articulo 1° y de los planos senalados en el Articulo 2° de la presente resolucion. Articulo 4°.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueologico prehispanico declarado patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura.

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