Norma Legal Oficial del día 01 de Diciembre del año 2010 (01/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

430145

VISTA: La Resolucion 11 expedida por la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de fecha 29 de noviembre del ano en curso; asi como la resolucion administrativa 918-2010-P-CSJLI/PJ, de fecha 26 de noviembre del presente ano; y, CONSIDERANDO: Que en merito a la resolucion de la vista, emitido por la Oficina de Control de la Magistratura, resulta menester que la Presidencia de este Distrito Judicial, adopte las medidas necesarias; en consecuencia, resulta pertinente designar un magistrado que se haga cargo del mencionado organo jurisdiccional, en cuanto subsistan los efectos de la precitada resolucion del organo de control del Poder Judicial. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional, en aplicacion extensiva de lo establecido en los articulos 219° y 220° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables. Que, asimismo, resulta pertinente precisar que la novisima Ley de MORDAZA Judicial, en su articulo sesenta y cinco, define y clasifica la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es asi que el inciso tercero del citado articulo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que "[...no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al articulo doscientos treinta y nueve de la Ley Organica del Poder Judicial...]". Que, bajo este contexto, de conformidad con la MORDAZA MORDAZA referida, se desprende que en adelante se denominara como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que MORDAZA eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las caracteristicas de los MORDAZA denominados Jueces Titulares y Provisionales, aun se mantiene en la "Ley de MORDAZA Judicial". Que, no obstante ello, la MORDAZA MORDAZA acotada, establece ciertos requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarian en implementacion por parte de los entes encargados de ello; razon por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos organos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la finalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solucion de sus conflictos judicializados; MORDAZA si en el presente caso los magistrados designados son servidores de la Corte y cumplen con los requisitos exigidos por Ley. En consecuencia, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º del TUO de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumeraria del Trigesimo Tercer Juzgado Penal de MORDAZA, mientras dure los efectos de la referida resolucion. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto el articulo MORDAZA de la resolucion de la vista, expedida por la Presidencia de esta Corte Superior; en consecuencia disponer la permanencia de la senora magistrada MORDAZA MORDAZA Cuzma MORDAZA, como Juez Provisional del Setimo Juzgado de Familia de MORDAZA, a partir del dia 30 de noviembre del ano en curso; debiendo el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA retornar a su Juzgado de origen del cual es titular. Articulo Tercero.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA Santander MORDAZA, como Juez Supernumerario, a cargo

del Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA, a partir del 01 diciembre del ano en curso. Articulo Cuarto.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

572923-1

Designan Juez Supernumerario del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ate Vitarte
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA PRESIDENCIA Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 920-2010-P-CSJLI/PJ
MORDAZA, 26 de noviembre del 2010 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, habiendo tomado conocimiento que el doctor Adger MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Supernumerario del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ate Vitarte, se encuentra delicado de salud, esta Presidencia considera pertinente designar al magistrado que lo reemplazara, mientras dure el periodo de su licencia por motivo de salud. Que, resulta pertinente precisar que la novisima Ley de la MORDAZA Judicial, en su articulo sesenta y cinco, define y clasifica la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es asi que el inciso tercero del citado articulo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que "(...no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al articulo doscientos treinta y nueve de la Ley Organica del Poder Judicial...)". Que, bajo este contexto, de conformidad con la MORDAZA MORDAZA referida, se desprende que en adelante se denominara como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que MORDAZA eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las caracteristicas de los MORDAZA denominados Jueces Titulares y Provisionales, aun se mantiene en la "Ley de la MORDAZA Judicial". Que, no obstante ello, la MORDAZA MORDAZA acotada, establece requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarian en implementacion por parte de los entes encargados de ello; razon por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos organos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la finalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solucion de sus conflictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º

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