Norma Legal Oficial del día 01 de Diciembre del año 2010 (01/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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Organizadora del Pleno Distrital de Familia de la Corte de Lima. Articulo Segundo: Pongase la presente resolucion a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia de Personal y Escalafon, Oficina de Control de la Magistratura, oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Oficina de Administracion Distrital, para los fines consiguientes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

LA CAPACITACION EN MATERIA AMBIENTAL DE JUECES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA", organizado en el MORDAZA de acuerdo institucional firmado por el Ministerio de Ambiente y la Corte de Lima. Articulo Segundo.- Pongase la presente resolucion a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia de Personal y Escalafon, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Oficina de Administracion Distrital, para los fines consiguientes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

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Oficializan evento academico organizado en el MORDAZA del acuerdo institucional entre el Ministerio de Ambiente y la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 923-2010-P-CSJL/PJ
MORDAZA, 30 de noviembre del 2010 VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero: Que, la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, trasunta su importancia, en el volumen de trabajo que la situa como el mas importante Distrito Judicial de la Republica, amen a tener su sede institucional en la capital del Peru. Segundo: Que, tal volumen y complejidad de trabajo requiere de sus miembros el que para lograr optimizacion en su labor en beneficio de los usuarios de los servicios de justicia, demuestran esfuerzo, dedicacion, iniciativa, MORDAZA, responsabilidad, transparencia, idoneidad, para ubicarse a la altura de tan trascendental funcion. Tercero: Que, dentro de los lineamientos que la Presidencia esta en obligacion de tomar en consideracion se encuentran aquellas decisiones tendientes a optimizar el servicio de justicia que ofrece a los justiciables de este Distrito Judicial, siendo que la formacion academica de los Magistrados pertenecientes a la Corte, es preocupacion de MORDAZA importancia, por lo que la Presidencia en atencion a sus atribuciones suscribe un acuerdo interinstitucional entre la Corte De MORDAZA y el Ministerio de Ambiente, con fecha 19 de octubre del ano en curso, a fin de afianzar lazos de cooperacion, entre lo que resalta la interrelacion en temas de caracter academico a fin de poder cumplir con actividades que redunden en elevar el bagaje juridico de los senores Magistrados. Cuarto: Que, la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Superior Titular y Magistrada de enlace de la Corte de MORDAZA con el Ministerio de Ambiente, se encuentra realizando una denodada labor a fin de afianzar los vinculos entre MORDAZA instituciones, labor que debe resaltarse, siendo que se programa para el dia tres de diciembre de los corrientes un " Primer Modulo para la Capacitacion en Materia Ambiental de Jueces de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA " a llevarse a cabo en la Sala Zarumilla del Circulo Militar del Peru. Quinto: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; Que, en atencion a lo expuesto con antelacion y en uso de las facultades conferidas en los incisos en el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Articulo Primero.- OFICIALIZAR EL EVENTO ACADEMICO LLAMADO " PRIMER MODULO PARA

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ORGANOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Aprueban Circular referente a los aportes de las empresas de seguros al Fondo de Compensacion del SOAT y Transfrerencia de los beneficios no cobrados del SOAT
MORDAZA, 26 de noviembre de 2010 CIRCULAR Nº S- 647-2010 ------------------------------------------Ref.: Aportes de empresas de seguros al Fondo de Compensacion del SOAT y Transferencia de los beneficios no cobrados del SOAT -------------------------------------------Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 13 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, esta Superintendencia ha considerado necesario uniformizar la informacion que las empresas de seguros deberan presentar ante el Fondo de Compensacion del Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA al momento de efectuar los aportes al Fondo o de realizar la transferencia del monto de los beneficios no cobrados del Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA por falta de beneficiarios de la victima fallecida, cuya publicacion se dispone en virtud de lo senalado en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, en los terminos que se indican a continuacion: 1. Alcance La presente Circular es aplicable a las empresas de seguros senaladas en el literal D del articulo 16º de la Ley General, en adelante empresas, que comercialicen Seguros Contra Accidentes de MORDAZA (SOAT). 2. Obligacion de las empresas de seguros Las empresas sobre la base de lo establecido en el articulo 14° del Reglamento del Fondo de Compensacion del Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA

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